DECRETO 214 2009

Síntesis:

APRUEBA REGLAMENTACIÓN LEY 916 Y SU MODIFICATORIA LEY 2600 - INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - REGULA ADMINISTRA Y EXPLOTA JUEGOS DE AZAR DESTREZA Y APUESTAS MUTUAS - DEROGA DECRETO 1592-02

Publicación:

03/04/2009

Sanción:

20/03/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 538, 916 y 2.600, el Decreto N° 1.592/02 y el Expediente N°

74.784/2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula, administra y explota los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, conforme lo establece el artículo 50 de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Constitución local establece que los ingresos producidos por la explotación de los referidos juegos son recursos de la Ciudad, según lo contempla su artículo 9°,apartado 10;

Que la Ley N° 538 regula el ejercicio de las actividades lúdicas en la Ciudad de Buenos

Que por Ley N° 916 se creó el Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como ente descentralizado;

Que dicho Instituto tiene como función la organización, administración, reglamentación, explotación, recaudación y control de todos los juegos de apuestas y de azar, siendo la autoridad de aplicación de la Ley N° 538;

Que además se dotó a dicho ente descentralizado de autonomía técnica yadministrativa y autarquía financiera;

Que oportunamente el Poder Ejecutivo procedió a reglamentar la Ley N° 916 por medio del Decreto N° 1.592/02;

Que posteriormente, por Ley N° 2.600 se modificó el texto de algunos artículos de la Ley N° 916 y se otorgó una nueva composición al Directorio del Organismo;

Que con el objeto de asegurar el buen desempeño de ese Organismo descentralizado,resulta conveniente proceder a efectuar la reglamentación de los artículos pertinentes de su Ley de creación y de la posterior modificatoria, derogando para ello el Decreto N° 1.592/02, a fin de contar con una reglamentación unificada y ordenada que contemple la situación normativa actual del mismo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debidaintervención, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 1.218.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Articulo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 916 y su modificatoria Ley N°2.600, por la cual se creó el Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el Anexo que a todos los efectos forma parteintegrante del presente.

Artículo 2 °.- Derógase el Decreto N° 1.592/02.

Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demásefectos, remítase a la Unidad de gestión de Recursos Humanos, a la Dirección Generalde la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y al Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3148

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 214-09, aprueba la reglamentación de la Ley 916<strong> (DEROGADA) </strong>y su modificatoria Ley 2600.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 del Decreto 214-09, deroga el Decreto 1592-02.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 21-IJYA-05, establece que el procedimiento de compras y contrataciones para el Instituto de Juegos de Apuestas, se regirá por el reglamento anexo a la mencionada norma.</p>