DECRETO 214 2009
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTACIÓN LEY 916 Y SU MODIFICATORIA LEY 2600 - INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - REGULA ADMINISTRA Y EXPLOTA JUEGOS DE AZAR DESTREZA Y APUESTAS MUTUAS - DEROGA DECRETO 1592-02
Publicación:
03/04/2009
Sanción:
20/03/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 538, 916 y 2.600, el Decreto N° 1.592/02 y el Expediente N°
74.784/2008, y
CONSIDERANDO:
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula, administra y explota los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, conforme lo establece el artículo 50 de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Constitución local establece que los ingresos producidos por la explotación de los referidos juegos son recursos de la Ciudad, según lo contempla su artículo 9°,apartado 10;
Que la Ley N° 538 regula el ejercicio de las actividades lúdicas en la Ciudad de Buenos
Que por Ley N° 916 se creó el Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como ente descentralizado;
Que dicho Instituto tiene como función la organización, administración, reglamentación, explotación, recaudación y control de todos los juegos de apuestas y de azar, siendo la autoridad de aplicación de la Ley N° 538;
Que además se dotó a dicho ente descentralizado de autonomía técnica yadministrativa y autarquía financiera;
Que oportunamente el Poder Ejecutivo procedió a reglamentar la Ley N° 916 por medio del Decreto N° 1.592/02;
Que posteriormente, por Ley N° 2.600 se modificó el texto de algunos artículos de la Ley N° 916 y se otorgó una nueva composición al Directorio del Organismo;
Que con el objeto de asegurar el buen desempeño de ese Organismo descentralizado,resulta conveniente proceder a efectuar la reglamentación de los artículos pertinentes de su Ley de creación y de la posterior modificatoria, derogando para ello el Decreto N° 1.592/02, a fin de contar con una reglamentación unificada y ordenada que contemple la situación normativa actual del mismo;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debidaintervención, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 1.218.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Articulo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 916 y su modificatoria Ley N°2.600, por la cual se creó el Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el Anexo que a todos los efectos forma parteintegrante del presente.
Artículo 2 °.- Derógase el Decreto N° 1.592/02.
Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demásefectos, remítase a la Unidad de gestión de Recursos Humanos, a la Dirección Generalde la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y al Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3148