RESOLUCIÓN 680 2009 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEROGADA - MODIFICA ATÍCULOS 6 Y 18 RESOLUCIÓN N° 509-MCGC-09 - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES - CONTRIBUCIÓN PROYECTO CULTURAL - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL

Publicación:

08/04/1209

Sanción:

19/03/2009

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley N° 2.264, el Decreto N° 886/GCABA/07, la Resolución N° 509/MCGC/09 y la Nota N° 1.959-DGTALMC-2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de proveer y administrar las instalaciones, personal y equipamiento para el funcionamiento del régimen;

Que el Decreto N° 886/GCABA/07 establece la correspondiente reglamentación y en el artículo 28 de su Anexo faculta al Ministerio de Cultura, a dictar los actos administrativos reglamentarios, complementarios e interpretativos que resulten necesarios para el adecuado y eficaz funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural;

Que el artículo 6° de la Ley N° 2264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 9° de la Ley define las atribucione s del mencionado Consejo, entre las que se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y su reglamentación;

Que los artículos 12 a 21 de la Ley N° 2264 estable cen las normas relativas a las personas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiarios y las personas físicas o jurídicas que pueden constituirse en benefactores o patrocinadores, en el marco del Régimen de Promoción Cultural, estableciendo sus respectivas posibilidades;

Que la Resolución N° 4054/MCGC/08 creó en el ámbito del Ministerio de Cultura una Coordinación Administrativa a fin de posibilitar el desarrollo del Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Resolución N° 509/MCGC/09 estableció la normativa complementaria que permitió poner en funcionamiento dicho régimen;

Que resulta oportuno ajustar los criterios a los que se refiere dicha resolución para viabilizar la mejor aplicación de la norma;

Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 y el Decreto 886/GCABA/07,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 6° de la Resolución N° 509/MCGC/2009, el que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 6°.- Las presentaciones de solicitudes deben efectuarse en el plazo y en la forma que la normativa complementaria así lo indique, las personas físicas pueden solicitar el beneficio hasta la suma de pesos cien mil ($ 100.000), excepto en el caso de proyectos destinados a la restauración de bienes de valor patrimonial.”

Artículo 2°.- Modifícase el Artículo 18 de la Resolución N° 509/MCGC/2009, el que´queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 18.- Establécese que en caso que la contribución al proyecto cultural se realice a través de un aporte no dinerario, el benefactor/patrocinador o el beneficiario´debe presentar en la Coordinación Administrativa, un inventario conforme lo establece el Art. 26 de la Ley N° 2.264. Únicamente en caso d e tratarse de bienes o servicios que posean un valor de mercado cierto, éstos pueden ser cotizados por la Coordinación Administrativa a valor de costo.

Artículo 3°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Coordinación Administrativa del Régimen de Promoción Cultural quien deberá publicarla presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicarla

al Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Resolución N° 680-MCGC-09 modifica los artículos 6° y 18 de la Resolución N° 509-MCGC-09
DEROGADA POR
<p>Art. 26 de la Resolución 648-MCGC-10, deroga la Resolución 680-MCGC-09. </p>