RESOLUCIÓN 44 2009 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

NORMA DEROGADA - PUBLICACIÓN COMPLETA   - SE PRORROGA POR EL TÉRMINO DE NOVENTA 90 DÍAS EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN 08-SSTRANS-09 - CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS - TRANSPORTE PÚBLICO - AV PUEYRREDÓN ENTRE AV CÓRDOBA Y CALLE AZCUÉNAGA - TRAMO - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN ASIMÉTRICO - DOBLE MANO - SE INVIERTE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - INVERSIÓN - MODIFICACIÓN DE RECORRIDO - LÍNEAS DE COLECTIVOS - 41 - 61 - 92 - 93 - 95 - 118 - PARADA DE TAXIS - PROHIBICIÓN - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS

Publicación:

26/05/2009

Sanción:

21/05/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: La Ley N° 2148, el Decreto N° 2075/07, el Decreto N° 498/GCBA/08, la Resolución N° 08/SSTRANS/09, la Resolución N° 30/SSTRANS/09, el Expediente N° 10852/09, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 08/SSTRANS/08 se asignó, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, doble sentido de circulación asimétrico al tramo de arteria comprendido por la Avenida Pueyrredón, entre la Avenida Córdoba y Azcuénaga;

Que asimismo, la norma citada invirtió, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, el sentido de circulación del tramo de arteria comprendido por la calle Azcuénaga, desde Avenida Pueyrredón hasta la calle Juncal, en sentido norte a sur;

Que el artículo 3° de la referida Resolución, modificó los recorridos de las líneas números 41, 61, 92, 93, 95 y 118, del Transporte Público de Pasajeros por Automotor;

Que la Resolución N° 08/SSTRANS/09 se motivó en la necesidad de mejorar la fluidez vehicular y en atender a la demanda de los usuarios del transporte público, orientada además a la reducción de los tiempos de viaje;

Que en función de las alternativas existentes se consideró conveniente dictar un reordenamiento experimental a fin de ajustar la normativa a las condiciones de desplazamiento vehicular, con el propósito de evaluar los resultados y adoptar las modificaciones necesarias;

Que mediante la Resolución N° 30/SSTRANS/09 se implementó, con carácter transitorio, la segunda etapa del reordenamiento experimental del tránsito sobre los tramos de arterias comprendidos por la Avenida Jujuy entre la Avenida Belgrano y laAvenida Rivadavia y por la Avenida Pueyrredón entre la Avenida Rivadavia y la Avenida Córdoba;

Que con el objeto de perfeccionar la planificación de la ciudad y consecuentemente mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, resulta primordial efectuar el estudio de los resultados que arroja la implementación de las medidas adoptadas por la Resolución N° 08/SSTRANS/09, los cuales deben ser analizados conjuntamente con los efectos obtenidos luego de la implementación de la segunda etapa de reordenamiento experimental del tránsito dispuesta por la Resolución N° 30/SSTRANS/09;

Que para lograr este propósito, resulta palmariamente exiguo el plazo de vigencia de noventa (90) días corridos establecido por la Resolución N° 08/SSTRANS/09;

Que el Código de Tránsito y Transporte aprobado por la Ley 2.148 faculta a la autoridad de aplicación a prorrogar por única vez y por el término de noventa (90) días corridos, las medidas que se adopten de manera experimental, de conformidad con las limitaciones dispuestas en el punto 1.2.3 de dicho plexo normativo;

Que mediante el Decreto N° 498/GCBA/08, se designó a la Subsecretaría de Transporte como autoridad de aplicación del referido Código de Tránsito y Transporte.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, conferidas por el Decreto N° 2075/GCBA/07 y el Decreto N° 498/GCBA/08,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrógase por el término de noventa (90) días corridos el plazo de vigencia de la Resolución N° 08/SSTRANS/09, el cual comenzará a correr desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a las Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transporte, quien procederá a comunicar esta Resolución a la Dirección General de Tránsito, a la Dirección General de Seguridad Vial, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Policía Federal Argentina, a las Empresas de Transporte Colectivo de Pasajeros números 41, 61, 92, 93, 95 y 118 y Agrupaciones de Taxímetros. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 44-SSTRANS-09 prorroga la vigencia de la Res. 8-SSTRANS-09
DEROGADA POR
<p>Art. 14 de la Ley 4171 deja sin efecto la Resolución 44-SSTRANS-09.</p>