DISPOSICIÓN 85 2009 DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE CONTADURIA

Síntesis:

PRORROGA PLAZOS - NORMAS REGULADORAS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD - EJERCICIO FISCAL - CIERRE DE CUENTAS -DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA

Publicación:

23/06/2009

Sanción:

18/06/2009

Organismo:

DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE CONTADURIA


VISTO: lo previsto en las disposiciones de la Ley N° 70 de Gestión Administración Financiera y Control del Sector Público, las Resoluciones N° 2316-SHyF/00 y N° 4304- MHGC/08 y las Disposiciones N° A 176-DGC/08, N° A 185-DGC/08, N° A 10-DGC/09, N° A 13-DGC/09 y N° A 17-DGC/09, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 113 de la Ley N° 70, que determina que la Dirección General de Contaduría es el órgano rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del sector público;

Que por el inciso j) del referido Artículo dicha Dirección General tiene entre sus competencias la de llevar la contabilidad general de la Administración Central consolidando datos de los servicios jurisdiccionales, realizando las operaciones de ajuste y cierre necesario y producir anualmente resultados contables financieros para su remisión a la Legislatura;

Que mediante Disposición N° A 176-DGC/08, se establecieron los parámetros para el cierre de las cuentas correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de cada año a fin de proceder a confeccionar la pertinente Cuenta de Inversión;

Que dicha norma se dictó con la intención de que sea aplicable a los sucesivos cierres de ejercicios venideros;

Que ante la proximidad del cierre del Ejercicio económico-financiero, resultó necesario prorrogar los plazos para la información y/o registro en los términos y condiciones de la Resolución N° 2316-SHyF/00 respecto del ejercicio 2008;

Que mediante Disposición N° A 185-DGC/08 se prorrogaron exclusivamente para el ejercicio 2008 diversos vencimientos establecidos en la Norma de Cierre (Disposición N° A 176-DGC/08);

Que por Resolución N° 4304-MHGC/08 se autorizó a las distintas Unidades Ejecutoras a regularizar cada año en el Sistema Integrado de Administración financiera (SIGAF),más allá del 31 de diciembre, durante el lapso de elaboración de la Cuenta General delEjercicio y hasta que la Contaduría General lo disponga, los registros de aquellos gastos a los que resulte de aplicación lo normado en el artículo 1° de la Resolución N° 2316-SHyF/00 en las etapas de su competencia;

Que mediante Disposición N° A 10-DGC/09 se prorrogó la vigencia de los permisos de registro en la etapa de Compromiso Preventivo para el ejercicio 2008 en el Sistema Integrado de Administración Financiera hasta el 31 de enero de 2009;

Que mediante Disposición N° A 13-DGC/09 se prorrogó el plazo previsto en el artículo 1° y 2° de la Disposición N° A 10-DGC/09 hasta el 09 de febrero de 2009;

Que asimismo, mediante Disposición N° A 13-DGC/09 se prorrogó el plazo previsto en el artículo 1° de la Disposición N° A 185-DGC/08 hasta el 09 de febrero de 2009;

Que ante diversos pedidos de las distintas jurisdicciones, resultó necesario extender la emisión de los actos administrativos de la Resolución N° 2316-SHyF/00, prorrogándose algunos de los plazos previstos en las Disposiciones N° A 176-DGC/08, N° A 185-DGC/08 y N° A 10-DGC/09 hasta el día 14 de abril de 2009; por lo que se dictó la Disposición N° A 17-DGC/09;

Que no obstante las prórrogas concedidas, y toda vez que ciertas reparticiones han cumplido en debida forma pero, aunque de manera exigua y habiendo planteado sus fundamentos, se han excedido de los plazos previstos en los citados actos administrativos, resulta menester tener por prorrogados los plazos estipulados del 14 de abril de 2009 al 17 de abril del mismo ejercicio.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y su Decreto Reglamentario N° 1000-GCBA/99,

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO

DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

DISPONE

Artículo 1°.- Téngase por prorrogado el plazo previsto en el artículo 1° de la Disposición N° A 10-DGC/09 hasta el 17 de abril de 2009.

Artículo 2°.- Téngase por prorrogado el plazo previsto en el artículo 1° de la Disposición N° A 185-DGC/08 hasta el 17 de abril de 2009.

Artículo 3°.- Téngase por prorrogado el plazo previsto en el artículo 8° de la Disposición N° A 176-DGC/08 en cuanto a la emisión de los Partes de Recepción Definitiva hasta el 17 de abril de 2009.

Artículo 4°.- Téngase por prorrogado el plazo previsto en el artículo 3° de la Disposición N° A 185-DGC/08 hasta el 17 de abril de 2009.

Artículo 5°.- Téngase por prorrogado el plazo previsto en el artículo 4° de la Disposición N° A 185-DGC/08 hasta el 17 de abril de 2009.

Artículo 6°.- Téngase por prorrogado el plazo previsto en el artículo 5° de la Disposición N° A 185-DGC/08 hasta el 17 de abril de 2009.

Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase copia a todos los Ministerios, los que darán debida intervención a las Áreas pertinentes, Agencias, Organismos Descentralizados, Entidades Autárquicas, Empresas y Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria, y a través del Departamento Administrativo a todas las Áreas enunciadas en el Anexo. Cumplido, archívese en el Área Técnico Normativo de la Dirección Técnica Legal y de Control de la Contaduría General

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Dispos. N° 85-DGCG-08 prorroga plazo del art. 8° Dispos. N° 176-DGC-08 hasta el 17 de abril de 2009
MODIFICA
La Dispos. N° 85-DGCG-09 prorroga plazo del art. 1° Dispos. N° A 10-DGC-09 hasta el 17 de abril de 2009
MODIFICA
La Dispos. N° 85-DGCG-09 prorroga plazo se los arts. 1° 3° 4° y 5° de la Dispos. N° 185-DGC-08 hasta el 17 de abril de 2009