RESOLUCIÓN 2326 2009 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - INCORPORA INCISO AL ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN N° 1521-DGR-2008 CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR OTRAS RESOLUCIONES - APLICATIVO SISTEMA FEDERAL DE RECAUDACIÓN CONVENIO MULTILATERAL-SIFERE - GRANDES CONTRIBUYENTES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Publicación:

06/07/2009

Sanción:

26/06/2009

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO: lo establecido por la Resolución General de la Comisión Arbitral N° 09 / 2005(BO del 21/12/2005), la Resolución N° 220 / AGIP / 2008 (BOCBA N° 2.915), laResolución N° 1521 / DGR / 2008 (BOCBA N° 2.930) y sus modificatoriasResoluciones N° 2513 / DGR / 2008 (BOCBA N° 2.968), N° 2706 / DGR / 2008(BOCBA N° 2.983) y N° 3824 / DGR / 2008 (BOCBA N° 3.058), y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 220 / AGIP / 2008 establece los niveles de medición de Riesgo Fiscal que serán de aplicación para los contribuyentes y / o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que el Artículo 3° de la mencionada Resolución fija los parámetros objetivos a ser evaluados a fin de proceder a la determinación del nivel de Riesgo Fiscal de loscontribuyentes y / o responsables;

Que el Artículo 5° de la Resolución citada faculta a la Dirección General de Rentas a definir periódicamente las acciones y / u omisiones susceptibles de ser encuadradas en cada uno de los niveles de Riesgo Fiscal, de conformidad con los parámetros establecidos;

Que, en ejercicio de esta facultad, la Dirección General de Rentas ha dictado las Resoluciones N° 1521 / DGR / 2008, N° 2513 / DGR / 2008, N° 2706 / DGR / 2008 y N° 3824 / DGR / 2008, precisando las circunstancias y situaciones que determinan lainclusión de los contribuyentes y / o responsables en la categoría de Alto Riesgo Fiscal;

Que la Resolución General de la Comisión Arbitral N° 09 / 2005 ha aprobado elaplicativo ?Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral - SIFERE?,estableciendo la obligatoriedad de su utilización para la presentación de Declaraciones Juradas y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por parte de los contribuyentes que tributan por el régimen de Convenio Multilateral.

Que la omisión por parte de los obligados de consignar su pertenencia al Sistema de Recaudación y Control de Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral (SICOM) al momento de la confección de susDeclaraciones Juradas implica un incumplimiento de sus obligaciones tributarias decarácter formal, determinando su incorporación a la categoría ?incumplidos? en losinformes remitidos por la mencionada unidad operativa.

Que el ingreso de las Declaraciones Juradas erróneamente confeccionadas en elSistema Integral de Administración de la Cobranza (SIAC) obstaculiza el normaldesenvolvimiento de las funciones fiscalizadoras de esta Dirección, requiriendo laimplementación de mecanismos adicionales de control con el consecuente einnecesario dispendio de recursos administrativos.

Por ello, en virtud de lo establecido en el Artículo 5° de la Resolución N° 220 / AGIP /2008,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórase al Artículo 1° de la Resolución N° 1521 / DGR / 2008, con las modificaciones introducidas por las Resoluciones N° 2513 / DGR / 2008, N° 2706 /DGR / 2008 y N° 3824 / DGR / 2008; el siguiente inciso: ?k) Los contribuyentes y / o responsables que omitan consignar su pertenencia al Sistema de Recaudación yControl de Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - ConvenioMultilateral (SICOM) al momento de confeccionar sus Declaraciones Juradas medianteel aplicativo ?Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral - SIFERE?.?

Artículo 2°.- La presente resolución regirá a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Subdirecciones Generales y demás áreasdependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos.Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 16 de la Resolución 744-AGIP-11 deroga Resolución 2326-DGR-09.</p>
MODIFICA
La Res. N° 2326-DGR-09 incorpora inciso al art. 1° de la Re. N° 1521-DGR-08