RESOLUCIÓN 639 2009 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

ESTABLECE CONTROL DE PRESENTISMO PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA PERSONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL QUE PRESTA SERVICIOS EN - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA - UNIDAD DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA POLICÍA METROPOLITANA - COMITÉ DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD PARA EVENTOS DEPORTIVOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - DESIGNA PARA CONTROL DE SU CUMPLIMIENTO A - MATÍAS MOLINERO - GUILLERMO RODRIGUEZ - IGNACIO PALAZUELOS - LEONARDO SPATARO RESPONSABLES DE LOS ORGANISMOS CITADOS

Publicación:

22/07/2009

Sanción:

19/06/2009

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 710/97 y el Decreto N° 1.389/08, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 471 se implementan las normas y procedimientos en materia de relaciones laborales para el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 710/97 y sus modificatorios, se establece el régimen de control de presentismo, puntualidad y permanencia de los agentes del Gobierno de la Ciudad;

Que en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad revisten agentes que por las funciones asignadas, no prestan sus servicios en la citada Dirección General;

Que a fin de cumplir con las directivas de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos resulta necesario establecer las áreas afectadas al registro de asistencia y control de presentismo, puntualidad y permanencia para el personal que se encuentra en tales condiciones, así como también designar a los responsables de las mismas;

Que las áreas afectadas serán el Comité de Prevención y Seguridad para Eventos Deportivos, la Unidad de Proyectos Especiales, la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana y la Subsecretaría de Seguridad Urbana;

Que corresponde delegar en esas áreas la obligación del control de presentismo, puntualidad y permanencia del personal que revista presupuestariamente en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal;

Que ese contexto, resulta necesario disponer para dichas áreas la obligación de remitir mensualmente copia de la información producida a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1.389/08; salvo la Unidad de Proyectos Especiales que deberá observar el procedimiento establecido para las áreas bajo dependencia de la Dirección General;

Que respecto de la información necesaria para comunicar los descuentos de haberes que correspondan aplicar al personal, se estima adecuado que, con excepción de la Unidad de Proyectos Especiales, la Subsecretaría de Seguridad Urbana, la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana y el Comité de Prevención y Seguridad para Eventos Deportivos de la Ciudad de Buenos Aires, remitan la misma directamente a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, con copia al Departamento de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que la Subsecretaría de Seguridad Urbana, la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana, el Comité de Prevención y Seguridad para Eventos Deportivos de la Ciudad de Buenos Aires y la Unidad de Proyectos Especiales deberán efectuar el control del presentismo, puntualidad y permanencia del personal de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal que presta servicios en esas áreas y que se detallan en los Anexos I, II, III y IV que forman parte integrante de la presente Resolución, sin perjuicio de los que pudieran incorporase en el futuro.

Artículo 2°.- Desígnase como responsables del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° al Subsecretario de Seguridad Urbana, Dr. Matías Molinero; al Director General de la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana, señor Guillermo Rodríguez; al Director Ejecutivo de Comité de Prevención y Seguridad para Eventos Deportivos de la Ciudad de Buenos Aires, señor Ignacio Palazuelos, y al señor Leonardo Spataro por la Unidad de Proyectos Especiales.

Artículo 3°.- Los designados por el Artículo 2° tendrán la obligación de remitir a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal copia de la información producida en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1.389/08 y al Departamento de Recursos Humanos de la citada Dirección General copia de la información relativa a los descuentos de haberes, remitidas a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, con excepción de la Unidad de Proyectos Especiales que deberá observar el procedimiento vigente para las áreas con dependencia de la Dirección General.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana, al Comité de Prevención y

Seguridad para Eventos Deportivos de la Ciudad de Buenos Aires, a la Unidad de

Proyectos Especiales y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Montenegro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3220

Tipo de relación

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