DECRETO 663 2009

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE PLIEGOS DE CONDICIONES PARA OBRAS MENORES - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA OBRAS MAYORES - PROFESIONAL CONTRATISTA - CONTRATACIONES DEL ESTADO - LEY DE OBRA PÚBLICA

Publicación:

04/08/2009

Sanción:

29/07/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley N° 70, los Decretos Nros. 8.828/78, 2.186/04, 325/08 y 1.254/08 y el Expediente N° 36.923/09, y

CONSIDERANDO:

Que la cláusula transitoria tercera de la Ley N° 70 establece que ?hasta tanto no se sancione una Ley que regule el sistema de contrataciones del Estado y que organice la administración de sus bienes, continuará rigiendo la normativa vigente a la fecha de sanción de esta Ley?;

Que en virtud de la normativa citada precedentemente, en la Ciudad está vigente el Régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064;

Que por el Decreto N° 8.828/78 se aprobó el Pliego de Condiciones para Obras Menores;

Que a su turno, mediante el Decreto N° 2.186/04 se establecieron niveles de decisión según los montos, para el llamado, anulación, aprobación y adjudicación de las Obras Públicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 325/08 se modificó el cuadro de competencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, fijado por el citado Decreto N° 2.186/04, elevando los montos allí establecidos;

Que finalmente, mediante el Decreto N° 1.254/08 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras Mayores cuyo presupuesto oficial sea mayor a pesos quinientos mil ($ 500.000,00);

Que se advierte sin embargo la necesidad de modificar ciertos aspectos de esta última norma, en tanto resultarían excluidos de la posibilidad de ser representantes técnicos los profesionales técnicos con incumbencia en la materia;

Que consecuentemente ello, resulta necesario y oportuno modificar el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Mayores aprobado como Anexo I del Decreto N° 1254/08;

Que la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 1.1.2 en la definición de ?Representante Técnico? del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Mayores que como Anexo I forma parte integrante del Decreto N° 1.254/08, el que quedará redactado de la siguiente manera:
?1.1.2 Representante Técnico: Profesional Universitario o técnico con incumbencia acorde con las características de las obras, que representa al Contratista ante el Comitente a todos los efectos técnicos, actuando además como Director de las obras.?

Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 1.6.22 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Mayores que como Anexo I forma parte integrante del Decreto N° 1254/08 el que quedará redactado de la siguiente manera:
?1.6.22. El Contratista mantendrá permanentemente en obra como representante un profesional o técnico con incumbencia de la categoría que se indique en el Pliego de Condiciones Particulares facultado por él para representarlo y previamente aceptado por el Gobierno. En ausencia del Contratista o del profesional responsable, el representante en obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de las Ordenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del representante en obra obliga al Contratista ante el Gobierno?.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y el por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y para su conocimiento y demás efectos, gírese al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3229

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 663-09, modifica el art. 1.1.2 y el art. 1.6.22 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Mayores aprobado por Decreto 1254-08.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 552-11 aprueba Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Tècnicas Generales y Particulares para Licitaciòn Pùblica Obra Rehabilitaciòn y Mantenimeinto de Aceras de la CABA en el marco del Decreto 663-09 art 2° Obras Mayores.</p>