DECRETO 947 2001

Síntesis:

DECLARA DE CARÁCTER PRIORITARIO Y AUTORIZA EL LLAMADO AL CONCURSO NACIONAL DE ANTEPROYECTOS PARA CONTRATAR LAS OBRAS DE REFACCIÓN Y REMODELACIÓN DEL EDIFICIO DEL EX MERCADO DEL PESCADO, UBICADO EN LAS CALLES VILLARINO, ALGARROBO, SAN RICARDO Y SANTA MARÍA DEL BUEN AIRE - DECLARA EL CARÁCTER PRIORITARIO DE LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE SERVICIOS VINCULADOS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO

Publicación:

26/07/2001

Sanción:

20/07/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 32.717/ 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones, la Secretaría de Desarrollo Económico solicita se le dé tratamiento prioritario a las obras, adquisiciones, contrataciones de servicios y tareas vinculadas a la inauguración de la nueva sede del Centro Metropolitano de Diseño y la aprobación de un régimen de excepción de aplicación a dichas contrataciones;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia políticas tendientes a la multiplicación de las oportunidades de empleo y a la promoción del equilibrio social, a través del impulso, entre otros medios, del desarrollo y del incremento de la competitividad de la economía local por medio de la incorporación del diseño industrial y la innovación tecnológica en el sistema de producción de bienes y servicios de la Ciudad;

Que en tal sentido lleva adelante políticas activas que promueven a las pequeñas y medianas empresas y valoran los recursos naturales, así como la revitalización del Sur de la Ciudad;

Que el Centro Metropolitano de Diseño fue creado por la ex Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo mediante Resolución N° 124/99 (B. O. N° 813), con el propósito de estimular la producción a través de la creación de un valor agregado que permita a las empresas competir en mejores condiciones, incorporando a su vez, mano de obra especializada con alto grado de capacitación;

Que se pretende lograr un proceso sinérgico, en el que la sede del Centro Metropolitano de Diseño opere como un catalizador en el conjunto y que, mediante una serie de acciones concertadas con otros actores públicos y privados, contribuya a la recalificación del sector urbano;

Que este proyecto pretende lograr un espacio común para el diseño, un referente en el que participen pequeñas y medianas empresas, las grandes cadenas comerciales, la universidad, las agencias tecnológicas y el gobierno;

Que el Centro Metropolitano de Diseño cuenta actualmente con un equipo de treinta y cinco profesionales y funciona en oficinas compartidas con otros organismos, lo que impide una vinculación funcional y operativa, así como la implementación de una política de expansión de sus actividades;

Que a los efectos de inaugurar la sede del Centro Metropolitano de Diseño, se ha postulado la asignación de un espacio para el diseño con escala urbana de 13.000 m2 en el ex Mercado del Pescado, sito en el barrio de Barracas, en la manzana comprendida por las calles Villarino, Algarrobo, San Ricardo y Santa María del Buen Aire, a cuyo fin se ha instrumentado un convenio con la Sociedad Central de Arquitectos con el objeto de llamar a un Concurso Nacional de Anteproyectos;

Que se hace necesario comenzar el mencionado Concurso para poder luego elaborar la correspondiente documentación técnica del proyecto que permitirá la realización de una licitación pública;

Que se ha realizado, en el transcurso de este año, un relevamiento planialtimétrico y fotográfico del edificio y una investigación histórica que permitió precisar el año de su construcción y sus características de realización;

Que este proceso requiere, en esta etapa, la realización de una verificación de las estructuras existentes, un ensayo de materiales y un estudio de suelos, para producir la información necesaria para el diseño de las bases del mencionado concurso;

Que este primer conjunto de acciones, hasta la adjudicación de la licitación pública para la remodelación del ex Mercado del Pescado, demandará un tiempo de ejecución no menor a doscientos diez (210) días, en tanto se calcula que la obra mayor de remodelación del cuerpo principal del edificio tendrá un plazo de ejecución no inferior a los ciento ochenta (180) días;

Que el Centro Metropolitano de Diseño deberá contener, en su programa arquitectónico, espacios para exposiciones, una escuela de excelencia para diseñadores graduados, oficinas administrativas, servicios para diseñadores, así como un área destinada a una incubadora de pequeñas empresas;

Que para el cumplimiento de su cometido, el Centro Metropolitano de Diseño deberá contar con equipamiento de telefonía, comunicaciones, sistemas informáticos, equipos de reprografía, insumos, mobiliario y servicios, los cuales podrán ser adquiridos o contratados mediante el régimen de excepción que se propicia en el presente;

Que con tal sentido la secuencia de acciones descripta y la prioridad asignada al proyecto, requieren un ajustado cronograma de actividades;

Que dada la escala del edificio perteneciente al ex Mercado del Pescado, de más de 8.500 metros cuadrados inhabilitados en su totalidad para su uso, así como la magnitud del presupuesto necesario para su puesta en valor, corresponde reciclar el galpón industrial, de aproximadamente 500 metros cuadrados, ubicado en una de las ochavas del predio, que albergará, en esta primera etapa, un proyecto piloto de incubadoras y el área de apoyo técnico-administrativo del organismo, aumentando esta última superficie a 800 metros cuadrados;

Que la puesta en valor de dicho galpón como producto de esta primera remodelación proyectada y las actividades que se desarrollarán allí, conformarán una maqueta en escala real de lo que se propicia como funcionamiento a futuro del resto del predio, lo cual será debidamente ponderado una vez concluida la totalidad de la obra prevista para el Concurso Nacional de Anteproyectos;

Que la incubadora de empresas de diseño tiene como ventaja comparativa el agrupar el diseño con tecnología de punta en un espacio arquitectónico compartido con otras empresas en el que dispondrán, durante un tiempo, del asesoramiento técnico, gerencial, capacitación y consultoría, financiamiento preferencial, contactos comerciales, acceso a equipos, alquileres flexibles y condiciones de logística tales como la posibilidad de compartir con otras firmas los servicios de agua, energía, comunicación, informática, mantenimiento, limpieza y vigilancia, posibilitando que las empresas incubadas puedan acceder a los servicios necesarios para su operación a costos inferiores a los de mercado;

Que para garantizar el control de los plazos en el proceso de las contrataciones previstas y una adecuada secuencia técnica en la que unas acciones son necesariamente continuación de otras, sin poderse invertir el orden ni atrasar ninguna de ellas, resulta conveniente, en el presente caso, habilitar un procedimiento contractual abreviado que asegure, además de los principios de eficacia y celeridad de la Administración, la necesaria transparencia y publicidad de los actos de gobierno y el respeto, en los procedimientos, del principio de concurrencia en las contrataciones;

Que con tal finalidad, resulta necesario crear las Comisiones Especiales de Preadjudicaciones y de Recepción de Obras en las que participen los órganos con competencias en las contrataciones que se promueven;

Que por otra parte y con el exclusivo objeto de agilizar los procedimientos de las licitaciones a realizarse, resulta apropiado dotar al Señor Secretario de Desarrollo Económico de la facultad de disponer acerca de la oportunidad y mérito de las distintas contrataciones relacionadas con la puesta en funcionamiento de la nueva sede del Centro Metropolitano de Diseño;

Que también se estima procedente facultar a dicho funcionario y a la Señora Subsecretaria de Logística y Emergencias, en forma indistinta, de las competencias necesarias para aprobar los pliegos, realizar el llamado, adjudicar y contratar en el marco de lo establecido en el presente Decreto;

Que es necesario autorizar al Señor Secretario de Desarrollo Económico a llamar al Concurso Nacional de Anteproyectos para el reciclaje del edificio del ex Mercado del Pescado, designar a los representantes del Señor Jefe de Gobierno en el jurado del mismo, aprobar las bases del concurso, adjudicar en correspondencia con la decisión del jurado y finalmente contratar a los autores de la propuesta ganadora para la realización del proyecto definitivo;

Que resulta a su vez conducente eximir del cumplimiento de los montos máximos establecidos en los apartados II y III del artículo 3 del Decreto N° 8.828/GCBA/78, modificado por los Decretos Nros. 608/GCBA/98 y 2.218/GCBA/2000 para el nivel de Secretaría y Subsecretaría, en relación con las contrataciones a ser celebradas en el marco del presente;

Que encuadrado en la prioridad invocada, se hace necesario exceptuar a dichas contrataciones de lo establecido en el artículo 2 del Decreto N° 1.823/GCBA/97, modificado por Decreto N° 6/GCBA/98, como asimismo, del cumplimiento del Decreto N° 1.826/GCBA/97 y de la Resolución N° 1.672/SHyF/98, que reglamenta la aplicación del mismo;

Que los expedientes que amparen las distintas contrataciones serán remitidos con posterioridad a la firma de la contrata a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Económico para la verificación y control de los procesos licitatorios realizados;

Que ha tomado la debida intervención, dentro del marco de su competencia, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 3 del Decreto N° 1.510/GCBA/97, ratificado por Resolución N° 41/LCABA/98;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Decláranse como de carácter prioritario las obras de refacción y remodelación del edificio del ex Mercado del Pescado, ubicado en el barrio de Barracas, en la manzana comprendida por las calles Villarino, Algarrobo, San Ricardo y Santa María del Buen Aire, así como las adquisiciones y las contrataciones de servicios vinculadas directamente con la puesta en funcionamiento del Centro Metropolitano de Diseño cuya inauguración deberá realizarse antes del día 1ro. de agosto del año 2002.

Artículo 2° - Delégase en el Señor Secretario de Desarrollo Económico la facultad de disponer acerca de la oportunidad y mérito de las distintas contrataciones relacionadas con la puesta en funcionamiento de la nueva sede del Centro Metropolitano de Diseño.

Artículo 3° - Delégase en el citado funcionario y en la Señora Subsecretaria de Logística y Emergencias, en forma indistinta y según lo establezca el Señor Secretario de Desarrollo Económico en uso de las facultades conferidas en el Art. 2, el ejercicio de las competencias para aprobar los pliegos, llamar, adjudicar y contratar las obras públicas, los estudios de suelos y estructuras, los trabajos de refacción previos, las adquisiciones y las contrataciones de servicios comprendidos en el artículo 1ro. del presente Decreto.

Artículo 4° - Autorízase al Señor Secretario de Desarrollo Económico a efectuar el llamado al Concurso Nacional de Anteproyectos para el reciclaje del edificio del Ex Mercado del Pescado, designar a los representantes del Señor Jefe de Gobierno en el jurado del mismo, aprobar las bases del concurso, adjudicar de acuerdo con la decisión del jurado y contratar a los autores de la propuesta ganadora para la realización del proyecto definitivo para el reciclaje del edificio del ex Mercado del Pescado.

Artículo 5° - Créase la Comisión Especial de Preadjudicaciones, la que tendrá a su cargo la preadjudicación de las contrataciones a realizarse en el marco de lo establecido por el presente Decreto y estará integrada por el Señor Director General Técnico Administrativo y Legal de la Secretaría de Desarrollo Económico, por un representante de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y por el Señor Director General de la Guardia de Auxilio y Emergencias de la Subsecretaría de Logística y Emergencias. Dicha comisión dispondrá de un plazo máximo de (5) cinco días a partir de la fecha de apertura de las ofertas para efectuar las preadjudicaciones correspondientes.

Artículo 6° - Créase la Comisión Especial de Recepción de Obras que tendrá a su cargo la recepción provisional y definitiva, en los términos de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, de las obras a realizarse en el marco de lo establecido en el artículo 1ro. del presente Decreto, la que estará integrada por un representante de las Secretarías de Desarrollo Económico y de Hacienda y Finanzas y de la Subsecretaría de Logística y Emergencias.

Artículo 7° - La publicidad de las contrataciones enunciadas en el artículo 1° del presente Decreto, se regirá según lo siguiente:

a) Aquellas cuyo monto no exceda de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), sólo serán publicadas en el Boletín Oficial por el término de (1) un día.

b) Las que impliquen una erogación comprendida entre los $ 50.000 (pesos cincuenta mil) y los $ 1.500.000 (pesos un millón quinientos mil), deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet y en un diario de distribución masiva por el término de (2) dos días y con (7) siete días como plazo mínimo de anticipación a la fecha prevista para la apertura de las ofertas.

c) Aquellas cuyo monto exceda los $ 1.500.000 (pesos un millón quinientos mil), deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet y en un diario de distribución masiva por el término de (2) dos días y con (15) quince días como plazo mínimo de anticipación a la fecha prevista para la apertura de las ofertas.

Artículo 8° - Exceptúase del cumplimiento de los montos máximos establecidos en los apartados II y III del Art. 3 del Decreto N° 8.828/GCBA/78, modificado por los Decretos Nros. 608/GCBA/98 y 2.218/GCBA/2000, para el nivel de Secretaría y Subsecretaría y en relación con las contrataciones celebradas por el Señor Secretario de Desarrollo Económico o por la Señora Subsecretaria de Logística y Emergencias, en su caso, en el marco de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 9° - Exceptúase de lo establecido en el Art. 2 del Decreto N° 1.823/GCBA/97, modificado por Decreto N° 6/GCBA/98, como asimismo, del cumplimiento del Decreto N° 1.826/GCBA/97 y de la Resolución N° 1.672/SHyF/98, que reglamenta la aplicación del mismo, a las contrataciones enunciadas en el Art. 1° del presente Decreto. Los expedientes que amparen las mismas serán remitidos, con posterioridad a la firma de la contrata, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Económico para la verificación y control de los procesos licitatorios realizados.

Artículo 10 - Las erogaciones que deban efectuarse como consecuencia del presente Decreto serán imputadas a las partidas correspondientes de los ejercicios presupuestarios 2001 y 2002.

Artículo 11 - El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Desarrollo Económico y de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete.

Artículo 12 - Dése al Registro; remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en virtud de lo establecido en el Art. 11 del Decreto N° 698/GCBA/96, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Logística y Emergencias y a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Desarrollo Económico.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res. 129-SSLyE-01 integra al Dto. 947-01 - Llama a Licitación Pública 6-2001 encuadrada en el marco de las prioridades de adquisición del Centro Metropolitano de Diseño
INTEGRADA POR
Res. 130-SSLyE-01 integra al Dto. 947-01 - Llama a Licitación Pública 3-2001 encuadrada en el marco de las prioridades de adquisición del Centro Metropolitano de Diseño
INTEGRADA POR
Res. 131-SSLyE-01 integra al Dto. 947-01 - Llama a Licitación Pública 4-2001 encuadrada en el marco de las prioridades de adquisición del Centro Metropolitano de Diseño
INTEGRADA POR
Res. 132-SSLyE-01 integra al Dto. 947-01 - Llama a Licitación Pública 2-2001 encuadrada en el marco de las prioridades de adquisición del Centro Metropolitano de Diseño
INTEGRADA POR
Res. 133-SSLyE-01 integra al Dto. 947-01 - Llama a Licitación Pública 2-2001 encuadrada en el marco de las prioridades de adquisición del Centro Metropolitano de Diseño
REFERENCIADA POR
REFERENCIA
Dto. 947-01 declara prioritarias, obras del Ex Mercado del Pescado y del CMD, y establece régimen de excepción , según lo previsto en Art. 9 de la Ley 13064