DECRETO 1615 2001

Síntesis:

SE DECLARAN DE CARÁCTER PRIORITARIO Y URGENTE LAS OBRAS DE REFACCIÓN Y REMODELACIÓN DE LOS HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD Y ACCIÓN COMUNITARIA - CESAC. SE DELEGAN COMPETENCIAS A LA SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA Y EMERGENCIAS PARA LA LICITACIÓN. CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE PREADJUDICACIONES Y DE LA DE RECEPCIÓN DE OBRAS - CABLEADO ESTRUCTURADO - INSTALACIÓN ELÉCTRICA - PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES

Publicación:

26/10/2001

Sanción:

19/10/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 55.410/01, los Decretos N° 654/GCBA/01, N° 824/GCBA/01 y N° 922/GCBA/01, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 39 del Decreto N° 654/GCBA/01, modificado por su similar N° 824/GCBA/01 se ha suprimido la Dirección General Adjunta de Hábitat Físico para la Salud, dependiente de la Secretaría de Salud, transfiriéndose su patrimonio, presupuesto, personal y los departamentos de Proyectos y Dirección de Obras y Técnico que le dependían, a la Subsecretaría de Logística y Emergencias;

Que la Dirección General de Infraestructura y Renovación de Edificios informa sobre el estado de las instalaciones hospitalarias, las cuales presentan un grave riesgo para los pacientes y el personal, y sobre la perentoriedad de realizar obras en los hospitales que permitan el normal funcionamiento edilicio, en condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad acordes con la calidad de la prestación requerida para un servicio que, como el de salud, es de imprescindible necesidad para la población de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que por lo expuesto resulta imprescindible habilitar un procedimiento abreviado para las Licitaciones Públicas análogo al creado en los Decretos N° 2.257/GCBA/00 y N° 947/GCBA/01 que garantice, además de los principios de eficacia y celeridad de la administración, la necesaria transparencia y publicidad de los actos de gobierno y asegure el respeto, en los procedimientos, del principio de concurrencia en las contrataciones;

Que, a su vez es necesario crear las Comisiones Especiales de Preadjudicaciones y de Recepción de Obras las que actuarán en el marco de lo establecido en la Ley N° 13.064, dentro de sus respectivas competencias, en las contrataciones comprendidas en el artículo 1° del presente Decreto.

Que, por otra parte, y con el exclusivo objeto de agilizar los procedimientos de las licitaciones a realizarse, resulta apropiado dotar a la Subsecretaría de Logística y Emergencias de las competencias necesarias para aprobar pliegos, realizar el llamado, adjudicar y contratar en el marco de lo establecido en el artículo 1° del decreto;

Que resulta necesario eximir del cumplimiento de los montos máximos establecidos por el Art. 3° del Decreto N° 608/GCBA/98 y por el Decreto N° 2.218/GCBA/00 para el nivel de Subsecretaría en relación con las contrataciones a ser celebradas por la Subsecretaría de Logística y Emergencias con alcance estrictamente circunscrito a las obras incluidas en el presente Decreto;

Que, para agilizar los procedimientos es conveniente aprobar el Pliego de Condiciones Generales para las obras de los hospitales que se indican en el Anexo I, que será de aplicación, exclusivamente dentro de este régimen especial, en las obras que p or el presente se promueven;

Que todas las delegaciones de competencias enunciadas en los considerandos precedentes tienen un alcance estrictamente restringido a las obras incluidas en el presente Decreto, delegación de competencias que, por otra parte, está prevista en el artículo 101 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en los Arts. 2° y 3° de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que ha tomado la debida intervención, dentro del marco de su competencia, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y 3° del Decreto N° 1.510/CGBA/97 ratificado por Resolución N° 41/LCABA/98;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Declárense como de carácter prioritario y urgente las obras de refacción y remodelación de los hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que obran en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2° Delégase en la Subsecretaría de Logística y Emergencias el ejercicio de las competencias para aprobar los pliegos de condiciones particulares, llamar a licitación, adjudicar y contratar las obras de refacción de los edificios hospitalarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según se indica en el precedente Art. 1°.

Artículo 3° Apruébanse los Pliegos de Condiciones Generales que como Anexo II forman parte integrante del presente decreto, los que serán de aplicación obligatoria y exclusiva para las licitaciones que se promueven dentro de las comprendidas en el artículo 1° del mismo.

Artículo 4° Créanse las Comisiones Especiales de Preadjudicaciones y de Recepción de Obras, las que actuarán en el marco de lo establecido en la Ley N° 13.064 y dentro de sus respectivas competencias, en las obras de refacción y remodelación de los hospitales, comprendidas en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 5° La Comisión Especial de Preadjudicaciones estará integrada por el Director General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipos de la Secretaría de Educación, por el Director General de la Dirección General Técnica Administrativa de Logística y Emergencias y por el Director General de Cuardia de Auxilio y Emergencias. Dicha Comisión dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días, a partir de la fecha de apertura de las ofertas, para efectuar las preadjudicaciones correspondientes.

Artículo 6° La Comisión Especial de Recepción de Obras estará formada por un representante de la Dirección General de Infraestructura y Renovación de Edificios, por el Director General de Infraestructura, Mantenimiento y equipos de la Secretaría de Educación y por el Director General de Atención Primaria de la Salud.

Artículo 7° Las contrataciones enunciadas en el artículo 1° del presente decreto cuyo monto no exceda de $ 50.000(pesos cincuenta mil), serán publicadas en el Boletín Oficial por el término de 1(un) día. Aquellas cuyo monto exceda de los $ 50.000 (pesos cincuenta mil) y no superen los $ 1.500.000 (pesos un millón quinientos mil) deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet y en un diario de distribución masiva por el término de 2 (dos) días y con siete (7) días como plazo mínimo de anticipación a la fecha prevista para la apertura de las ofertas. Las contrataciones cuyo monto exceda de los $ 1.500.000 (pesos un millón quinientos mil) deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet y en un diario de distribución masiva por el término de dos (2) días y con quince (15) días como plazo mínimo de anticipación a la fecha prevista para la apertura de las ofertas.

Artículo 8° Exceptúase del cumplimiento de los montos máximos establecidos en el artículo 3° del Decreto N° 608/GCBA/98 y el Decreto N° 2.218/GCBA/00 para el nivel de Subsecretaría para las contrataciones celebradas por la Subsecretaría de Logística y Emergencias en el marco de lo establecido en los artículos 1° y 2° del presente decreto.

Artículo 9° Las erogaciones que deban efectuarse con motivo del presente, se imputarán a la partida presupuestaria respectiva del ejercicio en vigor y a aquella correspondiente al ejercicio 2002.

Artículo 10 El presente decreto será refrendado por los señores Secretario de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.

Artículo 11 Dése al Registro. Remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en virtud de lo establecido en el artículo 11 del Decreto N° 698/CGBA/96 y, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Logística y Emergencias, la que practicará las comunicaciones correspondientes. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I


OBRAS

1 - HOSPITAL DE QUEMADOS:

Cocina central: reparaciones generales.
Remodelación Local: residuos patológicos
Archivo Médico Administrativo: reparaciones varias
Cuidado generales de pediatría: reparaciones varias.
Banco de tejido: ampliación sector 3er piso
Internación de cirugía: remodelación en enfermería
Guardia: sanitarios y reparaciones varias.
Columnas en hall central
Arreglos varios

2 - HOSPITAL BORDA:
Automatización bombas torre tanque.
Tablero grupo electrógeno
Finalización comedor.
Cubierta Anatomía Patológica.
Cubierta Pabellón Central.
Terminación sanitarios Pabellón Central.
Arreglos varios

3 - HOSPITAL RIVADAVIA:
Nuevo tablero general y general y seccional Pab.15 y 12.
Reparación ascensores y montacargas.
Arreglos varios

4 - HOSPITAL MARÍA FERRER:
Reparación de techos.
Reparación puente de conexión.
Remodelación de acceso y reparación de frente
Arreglos varios

5 - INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA:
Reparaciones varias en patio interno de Pabellón Central
Arreglos varios

6 - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA QUINQUELA MARTÍN:
Reparación de techos y ejecución de membranas.
Arreglos varios

7 - HOSPITAL BONORINO UDAONDO:
Construcción para albergar grupo electrógeno
Reparación integral de puente de unión entre Pabellones
Ampliación de baños.
Arreglos varios

8 - HOSPITAL PEDRO DE ELIZALDE:
Impermeabilización de terrazas Pabellón Jockey Club
Traslado de Óxido de etileno
Remodelación calderas para depósito central
Provisión y colocación de puertas reglamentarias y ascensores.
Arreglos varios

9 - HOSPITAL RICARDO GUTIÉRREZ:
Construcción de galerías de conexión entre pabellones L y A.
Arreglos varios

10 - HOSPITAL ARGERICH:
Ejecución de depósito inflamables en farmacia.
Automatización del grupo electrógeno.
Arreglos varios

11 - HOSPITAL ÁLVAREZ:
Ejecución de depósitos centrales
Arreglos varios.

12 - HOSPITAL TOBAR GARCÍA:
Ejecución rampas para discapacitados y sanitarios.
Ejecución nueva red eléctrica.
Arreglos varios

13 - HOSPITAL MOYANO:
Remodelación Pab. Riglos 1 y 2 2° Piso.
Reparación techos pab. Pinel B.
Remodelación 1er. Piso y pintura general exterior.
Reparación de techos Esquirol y Santa Isabel.
Arreglos varios

14 - HOSPITAL PENNA:
Tablero general y de emergencia, colocación de capacitores.
Terminación de depósito general de farmacia
Arreglos varios.

15 - HOSPITAL MUÑIZ:
Limpieza y demolición sector posterior Pabellón Heine Medyn.
Remodelación local para programa TBC.
Arreglos varios
CESAC N° 1:
Remodelación.
CESAC N° 3:
Remodelación, ampliación y traslado.
CESAC N° 7 y N° 29:
Reparación de techos, colocación de membranas y ampliación.
CESAC N° 18:
Ampliación.

16 - Obras de Cableado Estructurado en todos los Hospitales de la Ciudad.

17 - Obras de Instalación Eléctrica en todos los Hospitales de la Ciudad.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
INTEGRADA POR
Dto 227-01 aprueba pliegos y llama a Llicitación Pública 12-01 - Dto 1615-01
INTEGRADA POR
Dto 229-01 aprueba pliegos y llama a Llicitación Pública 14-01 - Dto 1615-01
EXCEPTUA
Art. 8 del Dto. 1615-01 exceptúa del cumplimiento de los montos máximos establecidos en el Dto. 2218-00 para el nivel de Subsecretaría, para las contrataciones que celebre la SSLYE en el marco del Art. 1 y 2 del primero
EXCEPTUA
Art. 8 del Dto. 1615-01 exceptúa del cumplimiento de los montos máximos establecidos en el art. 3 del Dto. 608-98 para el nivel de Subsecretaría, para las contrataciones que celebre la SSLYE en el marco del Art. 1 y 2 del primero
REFERENCIA