DECRETO 1031 2001
Síntesis:
MODIFICA LAS DENOMINACIÓN DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Y DE LA SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA DE SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO Y SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESPECTIVAMENTE. MODIFICA Y SUSTITUYE ANEXOS DEL DECRETO N° 654-GCBA-01, B.O. N° 1191. SUPRIME SUBSECRETARIA Y ORGANISMO FUERA DE NIVEL. TRANSFIERANSE DIRECCIONES GENERALES Y ORGANISMO FUERA DE NIVEL. SUPRESIÓN-UNIDAD ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
03/08/2001
Sanción:
01/08/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Artículo 104, incisos 4) y 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Decretos Nros. 1.580/GCBA/2000; 654/GCBA/2001; 657/GCBA/2001; 824/GCBA/2001; 891/GCBA/2001 y 1.001/GCBA/2001, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 654/GCBA/2001 y sus modificatorios, se aprobó la nueva estructura organizativa de este Poder Ejecutivo, contemplándose, entre otros órganos, a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable;
Que la labor desarrollada por la citada Secretaría se encuentra íntimamente relacionada, a la vez de la preservación del medio ambiente, con el mantenimiento de los espacios públicos, por lo que resulta necesario, modificar su denominación y objetivos;
Que, en tal orden de ideas, corresponde suprimir la Unidad Espacio Público y transferir a la Subsecretaría de Medio Ambiente, que modifica su denominación por la de Medio Ambiente y Espacio Público, la Dirección General de Gestión del Espacio Público, a los efectos de concentrar en una misma área todas las actividades vinculadas con un mismo quehacer, lo que redundará en una más eficiente gestión de gobierno;
Que, asimismo, corresponde suprimir la Subsecretaría de Desarrollo Sustentable de la mencionada Secretaría y su Dirección General de Planes, Proyectos y Programas;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104, Inc. 4) y 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1° Modifícanse las denominaciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y de la Subsecretaría de Medio Ambiente, por la de Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público y la de Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Público, respectivamente.
Artículo 2° Modifícase el Anexo II/6 del Decreto N° 654/GCBA/2001 en lo que respecta a los objetivos de la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público y de la Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Público, de conformidad con lo previsto en el Anexo A que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3° Modifícase el Anexo II/7 del Decreto N° 654/GCBA/2001 en lo que respecta a los objetivos de la Secretaría de Planeamiento Urbano y de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo B que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 4° Suprímese la Subsecretaría de Desarrollo Sustentable y la Dirección General de Planes, Proyectos y Programas, y transfiérese su personal, patrimonio y presupuesto a la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público.
Artículo 5° Suprímese el Organismo Fuera de Nivel Unidad Espacio Público del Area Jefe de Gobierno y transfiérense sus responsabilidades primarias, presupuesto, personal y patrimonio a la Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Público de la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público.
Artículo 6° Transfiérese la Dirección General de Gestión del Espacio Público dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Planeamiento Urbano, con sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto, a la Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Público de la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público.
Artículo 7° Transfiérense las Direcciones Generales de Política y Evaluación Ambiental y de Higiene Urbana de la Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Público a la dependencia directa de la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público, con sus responsabilidades primarias, personal, presupuesto y patrimonio.
Artículo 8° Déjase establecido que el Organismo Fuera de Nivel Area Programas Especiales de Prevención continuará en la órbita de la Dirección General de Política y Evaluación Ambiental.
Artículo 9° Transfiérese el Organismo Fuera de Nivel Programa de Padrinazgos de la órbita de la Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Público a la órbita de la Dirección General de Espacios Verdes, con todo su patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 10 Sustitúyese el Anexo I/6 del Decreto N° 654/GCBA/2001 correspondiente Organigrama de la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público, de conformidad con el Anexo C, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 11 La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 12 El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 13 Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías de Planeamiento Urbano y de Medio Ambiente y Espacio Público y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Organización y Métodos y de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. IBARRA - García Espil - Pesce - Fernández
NOTA: El presente Decreto se publica sin Anexos, los mismos podrán ser consultados en el Departamento Registro de la Subsecretaría Legal y Técnica.