RESOLUCIÓN 232 2009 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

ESTABLECE QUE LOS FUNCIONARIOS DE LA PROCURACIÓN GENERAL QUE TIENEN CONTINUIDAD EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL APROBADA POR DECRETO 804-GCBA-09 NO DEBERÁN CUMPLIR CON LAS PAUTAS DE PROCEDIMIENTO DE AUDITORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE DICHO CAMBIO - ESTABLECE EL CAMBIO DE SIGLA Y EL INICIO DE NUEVA NUMERACIÓN EN LA DOCUMENTACIÓN QUE SE EMITA CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CORTE EN LA ESTRUCTURA - LA DOCUMENTACIÓN QUE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA REQUIERA SERÁ PROVISTA POR LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Publicación:

14/10/2009

Sanción:

01/10/2009

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


VISTO: El art. 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la ley 1218, el decreto 804-GCBA-09 y la circular 9 de la Sindicatura General, del 13/11/2002, y

CONSIDERANDO:

Que el art. 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires prescribe que la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires tiene el control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de gestión, así como el dictamen sobre los estados contables y financieros de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la administración central y descentralizada, cualquier fuera su modalidad de organización, así como el dictamen sobre la cuenta de inversión;

Que por circular 9 SGGCBA-02 la Sindicatura General estableció pautas de procedimiento de auditoría al momento de producirse cambios de funcionarios;

Que por decreto 804-GCBA-09 se modificó la estructura orgánico-funcional y las responsabilidades primarias, objetivos y acciones de cada unidad de conducción de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el art. 8 del decreto mencionado en el considerando anterior dispone la reasignación de funciones a las Procuraciones Generales Adjuntas, las Direcciones Generales y Direcciones Generales Adjuntas del decreto 298-GCBA-06 en la estructura orgánico-funcional aprobada por decreto 804-GCBA-09, sin que ello determine ni el cese ni el nombramiento de funcionario alguno;

Que, por lo expuesto en el considerando anterior y al no efectivizarse cambios de responsables por administración, tenencia, conservación, uso o consumo de dinero, valores y otros bienes, corresponde eximir parcialmente del cumplimiento de los procedimientos establecidos en la ley 70 y en la circular 9 SGGCBA-02, vinculados al cambio de funcionarios;

Que, no obstante, los funcionarios involucrados deberán dar estricto e integral cumplimiento con todo lo que determina la legislación vigente al momento de producirse modificaciones operativas, quedando comprendidas en la rendición de su gestión lo actuado en el marco del decreto 298-GCBA-06 y 804-GCBA-09, de lo cual deberá dejarse expresa constancia en cada legajo personal;

Por ello, de conformidad con las facultades otorgadas por la ley 1218.

EL PROCURADOR GENERAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Los funcionarios que revistaban como Procuradores Generales Adjuntos, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos conforme el decreto 298-GCBA-06 y que tienen continuidad en la estructura orgánico-funcional aprobada por decreto 804-GCBA-09, no deberán cumplir con las pautas de procedimiento de auditoría determinadas para la oportunidad de cambios de funcionarios, que se establecen en los puntos 12 a 16 del anexo a la circular 9 SGGCBA-02.-

Artículo 2°.- Los funcionarios involucrados en el art. 1° de la presente resolución deberán cumplir con todas las pautas establecidas por la legislación pertinente al operarse su cese, involucrando en su rendición la gestión cumplida en los cargos desempeñados en la estructura orgánico-funcional bajo los términos del decreto 298-GCBA-09 como en su continuadora, aprobada por el decreto 804-GCBA-09.-

Artículo 3°.- El cumplimiento de lo establecido en el punto 3 del anexo a la circular 9 SGGCBA-02 implica el cambio de sigla y el inicio de nueva numeración en la documentación que se emita con posterioridad a la fecha de corte.-

Artículo 4°.- La documentación que la Unidad de Auditoría Interna considere necesaria para la realización de los restantes procedimientos de auditoría establecidos en la ley 70 y en la circular 9 SGGCBA-02 será provista por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal a su pedido.

Artículo 5°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal procederá a dejar debida constancia de la presente resolución en el legajo personal de cada uno de los funcionarios alcanzados por ésta y efectuar el seguimiento de lo establecido en el artículo 2°.-

Artículo 6°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial. Notifíquese a los señores Procuradores Adjuntos de Asuntos Patrimoniales y Fiscales, de Asuntos Institucionales y Empleo Público, a los señores Directores Generales de Asuntos Institucionales, de Asuntos Patrimoniales, de Empleo Público, de Relaciones Contractuales y Técnica Administrativa y Legal. Comuníquese a la Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 232-09 reglamenta el punto 3 del Anexo de la Circular 9-02 - Cambio de sigla e inicio de nueva numeración en la documentación emitida a partir de la fecha de corte - Establece que la documentación requerida para la realización de las Auditorías Internas contempladas en la Circular será provista por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal
EXCEPTUA
<p>Articulo N° 1 de la Res. 232-09 exceptúa del cumplimiento de los puntos 12 a 16 de las pautas de Auditoría establecidas en la Circular N° 9-02 para los Funcionarios que continúan prestando servicios en la Procuración General, según la Estructura Orgánico Funcional aprobada por Dto. 804-09</p>
REGLAMENTA
Res. 232-09 estable pautas y excepciones respecto de los procedimientos de auditoría interna para la implementación del cambio de Estructura operado por Dto. 804-09 - Cambio de sigla y numeración de documentación emitida - Excepción y Pautas para funcionarios que continúan revistando servicios - Responsabilidades de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal