DECRETO 1166 2009

Síntesis:

NORMA DEROGADA - MODIFICA EL DECRETO N° 1368-08 DISPONIÉNDOSE QUE EN CASO DE AUSENCIA O VACANCIA DEL SECRETARIO DE MEDIOS, SU REEMPLAZANTE SERÁ EL SECRETARIO GENERAL - ENCOMIENDA LA FIRMA DEL DESPACHO DEL SECRETARIO DE MEDIOS AL SECRETARIO GENERAL ENTRE EL 29 DE DICIEMBRE DE 2009 Y EL 15 DE ENERO DE 2010

Publicación:

06/01/2010

Sanción:

30/12/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


DECRETO N° 1.166/09

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2009.

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 2.506 y N° 3.251, los Decretos N° 1.368/08 y sus modificatorios Decretos N° 83/09 y N° 431/09, el Expediente N° 1.560.694/09, y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 101 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde a los Ministros despachar los asuntos de la competencia de sus respectivas carteras y refrendar y legalizar con su firma los actos del Jefe de Gobierno;

Que para los supuestos de ausencia transitoria o vacancia de los Ministros, la Ley de Ministerios N° 2.506 establece en su artículo 6°, que éstos serán reemplazados según la forma que determine el Poder Ejecutivo;

Que mediante el Decreto N° 1.368/08 se reglamentó el precitado artículo 6° de la Ley N° 2.506, estableciendo un régimen general de reemplazos de Ministros y Secretarios, no requiriéndose en la actualidad del dictado de un Decreto para cada reemplazo que sea menester formalizar;

Que a tales fines el artículo 3° del citado Decreto dispuso que la instrumentación de los reemplazos se efectúe a través de una Resolución del señor Jefe de Gabinete de Ministros;

Que razones de índole operativa hicieron necesaria la modificación parcial del Decreto N° 1368/08, en lo concerniente al régimen de reemplazos allí dispuesto para el caso de ausencia o vacancia del Ministro de Desarrollo Social y del Secretario General;

Que las referidas modificaciones fueron introducidas por los Decretos N° 83/09 y 431/09, respectivamente;

Que mediante el artículo 3° de la Ley N° 3.251 se modificó el artículo 10 Título V Secretarías del Poder Ejecutivo de la Ley N° 2.506, estableciéndose que las tareas de apoyo necesarias para la actividad del Jefe de Gobierno son atendidas por la Secretaría General, la Secretaría Legal y Técnica, la Secretaría de Comunicación Social y la Secretaría de Medios;

Que considerando que al momento del dictado del Decreto N° 1.368/08 y sus modificatorios no existía la precitada Secretaría de Medios, resulta necesario proceder a modificar parcialmente los términos del Decreto N° 1.368/08 en lo concerniente al reemplazo para el caso de ausencia o vacancia del titular de la mencionada Secretaría;

Que por otra parte, según surge de los presentes actuados el señor Secretario de Medios, ha comunicado su ausencia con motivo del goce de una licencia desde el día 29 de diciembre de 2009 hasta el día 15 de enero de 2010 inclusive;

Que atento la premura del caso, y a los efectos de lograr celeridad en el trámite administrativo corresponde delegar por el presente la firma del señor Secretario de Medios, Miguel Ángel Godoy, en el señor Secretario General, Marcos Peña, entre los días señalados precedentemente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícanse parcialmente los términos del Artículo 1° del Decreto N° 1368/08, disponiéndose que en caso de ausencia o vacancia del Secretario de Medios, su reemplazante será el Secretario General.

Artículo 2°.- Encomiéndase la firma del despacho del Secretario de Medios, señor Miguel Ángel Godoy, al Secretario General, señor Marcos Peña, entre los días 29 de diciembre de 2009 y 15 de enero de 2010 inclusive.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Medios y a la Secretaría General. Cumplído, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Decreto 34-16, en su art. 5 deroga el Decreto 1166-09.</p>
MODIFICA
Dto. 1166-09. Art. 1° modifica el Art. 1° del Dto. 1368-08 - Establece que en caso de vacancia en la Secretaría de Medios, el reemplazo corresponderá al Secretario General