RESOLUCIÓN 27 2001 SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES

Síntesis:

AUTORIZA AL CONSEJO NACIONAL CRISTIANO EVANGÉLICO A REALIZAR UN ACTO EN ARTERIAS DEL MACROCENTRO.

Publicación:

14/09/2001

Sanción:

10/09/2001

Organismo:

SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES


Visto el Expediente 47.526/2001, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación el Consejo Nacional Cristiano Evangélico solicita autorización para realizar un acto, sobre la Av. 9 de Julio desde Corrientes hasta Belgrano, Cerrito desde Rivadavia hasta Corrientes, Carlos Pellegrini desde Rivadavia hasta Belgrano, Lima desde Rivadavia hasta Belgrano y todas las arterias transversales desde Corrientes hasta Belgrano, el día 15 de septiembre de 2001, en el horario comprendido entre las 10 y las 20;

Que el objeto del mencionado acto es la concentración del Pueblo Evangélico para orar por nuestra patria, sus autoridades y por todo el pueblo argentino;

Que la Subsecretaria de Tránsito y Transporte autorizó al Consejo Nacional Evangélico al cierre del tránsito en las arterias requeridas mediante Resolución N° 388/SSTyT/01;

Que el uso de la Plazoleta, ubicada en la Av. 9 de Julio desde la calle Sarmiento hasta la Av. Belgrano fue autorizado por la Subsecretaría de Medio Ambiente y Espacio Publico, por Resolución N° 38/SSMAyEP/01;

Que la realización de la actividad involucra la instalación de una plataforma y sistema de sonido en el centro de la calzada de la Av. 9 de julio a la altura de la calle Sarmiento el viernes 14 de agosto de 2001 a partir de las 21hs.;

Que se calcula la participación de más de 200.000 personas;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES

POLITICAS E INSTITUCIONALES

RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase al Consejo Nacional Cristiano Evangélico la realización de un acto, sobre, Av. 9 de Julio desde Corriente hasta Belgrano, Cerrito desde Rivadavia hasta Corrientes, Carlos Pellegrini desde Rivadavia hasta Belgrano, Lima desde Rivadavia hasta Belgrano y todas las arterias transversales desde Corrientes hasta Belgrano, el día 15 de septiembre de 2001, en el horario comprendido entre las 10 y las 20 hs.

Artículo 2° - Los solicitantes se harán responsables de la integridad física de los participantes y público asistente, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que surjan del evento, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en el Art. 60 de la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95.

Artículo 3° - Los organizadores contratarán la limpieza que resulte necesario ejecutar, de acuerdo a la Ordenanza N° 51.277 y su modificatoria Ordenanza N° 51.586. En caso de incumplimiento los trabajos de limpieza serán llevados a cabo por la Administración a cargo del Consejo Nacional Cristiano Evangélico.

Artículo 4° - La realización del evento que se autoriza queda sujeta a la previa acreditación de los recaudos previstos en los Art. 2° y 3° de la presente norma.

Artículo 5° - Prohíbese la instalación de puestos que involucren la venta de cualquier clase de objeto y/o servicio, que ostenten carácter comercial.

Artículo 6° - La Dirección General de Tránsito y Transporte tomará las medidas que le competen en lo que hace al corte de tránsito y estacionamiento y firmará el acta de compromiso de rigor en lo que hace a las obligaciones del uso del espacio concedido.

Artículo 7° -Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio Público Fiscal y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, de Espacios Verdes, de Verificaciones y Habilitaciones y Asuntos Políticos e Institucionales.

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