RESOLUCIÓN 65 2010 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

ACTUALIZA PORCENTAJES DE REGULARIZACIONES MÍNIMAS - JUICIOS A CARGO DE MANDATARIOS - FIJA PORCENTAJES - ESTABLECE NUEVA FECHA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DE MANDATARIOS

Publicación:

22/02/2010

Sanción:

17/02/2010

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: Los términos de la Ley 2.603 (BOCBA N° 2.846) y la Resolución N° 301-AGIP/2008 (BOCBA N° 2.982), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el Visto, se establecieron los estándares de eficiencia requeridos para los señores Mandatarios, respecto a la regularización de la deuda pública asignada por esta Administración Gubernamental;

Que la Ley de creación de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos faculta al suscripto para la elección y remoción de los mandatarios judiciales;

Que en atención al desenvolvimiento se las ejecuciones fiscales del primer semestre del año 2009 y el nivel de regularizaciones promedio acaecidas durante dicho período, resulta necesario ajustar los estándares de evaluación de los señores Mandatarios;

Que por último, y conforme al cúmulo de ejecuciones fiscales ponderadas para la evaluación aquí tratada, resulta necesario dar de baja para dicho cálculo aquellas que fueron asignadas para el período febrero/junio de 2008 y establecer un sistema automático de castigo de deuda, a efectos de no computar ejecuciones fiscales con más de tres (3) semestres desde su asignación;

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Articulo 1°.- Actualizar los porcentajes de regularizaciones mínimas exigidas por esta Administración Gubernamental, de las carteras de juicios en cabeza de los señores Mandatarios.

Articulo 2°.- Fijar en quince (15) el porcentaje individual de causas regularizadas y en catorce (14) el porcentaje individual de montos regularizados, como stándares mínimos de eficiencia para los señores Mandatarios, con los alcances pautados en la Resolución N° 301-AGIP/2008.

Articulo 3°.- Determinar que las ejecuciones fiscales ponderadas serán, de aquí en adelante, las otorgadas en el semestre en el que se lleva a cabo la evaluación y las transferidas en los tres semestres inmediatamente anteriores.

Articulo 4°.- Establecer como próxima fecha de evaluación del desempeño de los señores Mandatarios, el día 05 de Julio de 2010, en el cual serán evaluados todos los agentes que hayan desempeñado funciones efectivas durante al menos un año desde su designación.

Articulo 5°.- Determinar que el nuevo estándar tendrá vigencia para la evaluación que será llevada acabo el día 05 de Julio de 2010.

Articulo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pase a la Dirección General de Rentas para su conocimiento, notificación a los señores Mandatarios y demás efectos. Oportunamente archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Res 65-AGIP-10 actualiza porcentajes de regularizaciones mínimas fija porcentajes y establece nueva fecha de evaluación de desempeño de mandatarios establecidas por Res 301-AGIP-08
MODIFICADA POR
Res. 421-AGIP-11 actualiza porcentajes exigidos a los mandatarios judiciales, modifica Res. 65-AGIP-10