RESOLUCIÓN 407 2010 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - SE DELEGA EN LA SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DE NUEVOS PLANES DE ESTUDIO - ESCUELAS NORMALES SUPERIORES E INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR QUE DICTEN LAS CARRERAS DE FORMACIÓN DOCENTE DE EDUCACIÓN PRIMARIA - INICIAL - DICTADO DE NORMAS COMPLEMENTARIAS - ASIGNACIÓN DE HORAS CÁTEDRA - RÉGIMEN DE CORRELATIVIDADES - COHORTES - PLANES DE TRANSICIÓN - TRAYECTOS - ALUMNOS - ALUMNAS - CARGA HORARIA

Publicación:

11/03/2010

Sanción:

25/02/2010

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


RESOLUCIÓN N° 407 - MEGC/10

VISTO: La Carpeta N° 40.989-MEGC-2010, y

CONSIDERANDO:

Que es decisión de este Ministerio de Educación implementar los nuevos Planes de Estudio aprobados por las Resoluciones N° 6635/MEGC/2009; N° 6626/MEGC/2009, que habrán de aplicarse en las Escuelas Normales Superiores e Institutos de Educación Superior que dicten las Carreras de Formación Docente de Educación Primaria y de Educación Inicial;

Que la implementación de estos nuevos Planes de Estudio requiere un rediseño que conlleva necesarias reasignaciones de horas cátedra para el personal docente que presta servicios en cada institución;

Que la definición de las estrategias particulares, así como el logro de los acuerdos individuales necesarios para la ejecución de los cambios propuestos, corresponde al nivel institucional, atendiendo a los criterios que disponga para ello el Ministerio de Educación, conjuntamente con la Dirección de Formación Docente.

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Delégase en la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica el proceso de implementación de los nuevos Planes de Estudio que habrán de aplicarse en las Escuelas Normales Superiores e Institutos de Educación Superior para los Profesorados de Educación Primaria y de Educación Inicial así como la facultad de dictar las normas necesarias para la ejecución de los mismos.

Artículo 2°.- Dispónese que la reasignación de horas cátedra del personal docente titular o interino que presta servicios en las instituciones comprendidas por la presente Resolución, deberá efectuarse con la conformidad expresa de cada interesado, respetando los derechos y garantías consagrados en las normas vigentes, sin menoscabo de su actual situación de revista, categoría remuneración y demás condiciones de trabajo, conforme los siguientes criterios:

a) Deberá mantenerse la carga horaria actual y el turno en el cual se desempeña, autorizándose el incremento de aquellas horas cátedra cuando así correspondiere hasta un máximo de 6 (seis) horas cátedra por institución.

b) En caso de disminución de la carga horaria o suspensión de la asignatura, el docente que no pueda ser reubicado deberá ser afectado a proyectos especiales dentro de cada institución hasta tanto pueda ser reubicado en algún espacio curricular afín con su especialidad.

c) En todos los casos de incrementos de horas cuando la designación implique acrecentar sobre la base de horas titulares se realizará con carácter titular.

Artículo 3°.- Apruébense los Anexos I, II, III y IV como parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y de Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Formación Docente), de Personal Docente y no Docente y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 407-MEGC-10 dispone medidas para la reasignación horas cátedra para el personal docente que presta servicios en las instituciones comprendidas en la Res. 6626-MEGC-09
REGLAMENTA
Res. 407-MEGC-10 dispone medidas para la reasignación horas cátedra para el personal docente que presta servicios en las instituciones comprendidas en la Res.6635-MEGC-09
MODIFICADA POR
Art. 3 de la Res. 1305-MEGC-13, rectifica en las partes pertinentes, los Anexos I II y IV de la Resolución 407-MEGC-10.