DECRETO 211 2010 sin ascendencia
Síntesis:
SE APRUEBA LA PLANTA TRANSITORIA PAA EL AÑO 2010 DE DOCENTES NO FORMALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DESIGNACIONES - APRUEBA RÉGIMEN LABORAL - LICENCIAS - VACACIONES
Publicación:
17/03/2010
Sanción:
10/03/2010
Organismo:
sin ascendencia
VISTO: La Ley N° 2.506, los Decretos Nros. 2.075/2007, 1.800/2005, 352/2006, 2.314/2006, 166/2008,172/2009 y el Expediente N° 1.284.199/09, y
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nros. 1800/2005, 352/2006, 2314/06, 166/2008 y 172/2009, se aprobaron las Plantas Transitorias de Docentes No Formales, de la Dirección General de Promoción Cultural, dependiente del Ministerio de Cultura;
Que dicho Ministerio solicita la renovación de la Planta Transitoria para el transcurso del año 2010, teniendo en cuenta que los docentes continuarán afectados al dictado de cursos y talleres en los centros culturales en funcionamiento bajo la órbita de las dependencias mencionadas;
Que, asimismo, solicita que todo aumento que fuera otorgado durante el Ejercicio del año 2010, a los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encuadrados dentro del Decreto N° 948/2005 y de la Resolución N° 959/MHGC/2007, sea percibido por la Planta Transitoria cuya renovación se tramita por el presente.
Que por lo expuesto, corresponde aprobar la Planta que nos ocupa para el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2010.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase para el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2010, la Planta Transitoria de Docentes No Formales, de la Dirección General de Promoción Cultural del Ministerio de Cultura, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto en el modo y condiciones que se señala, correspondiéndole todo aumento que fuera otorgado durante el Ejercicio del ano 2010, a los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encuadrados dentro del Decreto N° 948/2005 y de la Resolución 959/MHGC/2007.
Artículo 2°.- Facúltase al señor Ministro de Cultura, a designar y cesar al personal de la Planta Transitoria aprobada por el artículo anterior.
Artículo 3°.- El Ministerio de Cultura debe remitir a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, copia autenticada de las Resoluciones de designación y/o cese del personal comprendido en el mismo, para su verificación y posterior remisión a la ex - Dirección Liquidación de Haberes, de la citada Subsecretaría.
Artículo 4°.- El personal designado en la Planta Transitoria Docente, tendrá catorce (14) días corridos de licencia ordinaria, plazo que será reducido en la proporción de los meses trabajados durante el período indicado en el artículo 1° y gozará de los deberes y derechos establecidos en los artículos 6° y 18°, inc.b) de la Ordenanza N° 36.432 y el artículo 70°, inc. a), c), ch), d), e), m), q) y r), de la Ordenanza N° 40.593, de aplicación al área de enseñanza específica por Ordenanza N° 50.600.
Artículo 5°.- Establécese que las licencias establecidas en el artículo anterior, no pueden superar la duración de la transitoriedad, la cual se extingue indefectiblemente, al vencimiento del plazo fijado (o el 31 de diciembre de 2010).
Artículo 6°.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.