DECRETO 262 2010
Síntesis:
CREA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTENIDOS - SECRETARÍA GENERAL Y ESTABLECE SUS RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DESIGNA DIRECTOR GENERAL- EZEQUIEL COLOMBO
Publicación:
09/04/2010
Sanción:
30/03/2010
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2.506, los Decretos N° 2.075/07 y N° 915/09 y modificatorios, el Expediente N° 205.119/10, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506 se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 10 a la Secretaría General con dependencia de la Jefatura de Gobierno;
Que el artículo 27 de la citada norma establece las competencias de la Secretaría General entre las que se encuentran: Asistir al Jefe de Gobierno en el seguimiento, coordinación y comunicación de las actividades que aseguren la efectiva realización del plan general de acción de gobierno;
Que por Decreto N° 2.075/07 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose bajo la orbita de la Secretaría General, la Dirección General de Relaciones Institucionales, la Dirección General de Cultos y la Dirección General de Relaciones Internacionales y Protocolo;
Que a los efectos de dar un adecuado cumplimiento a las responsabilidades que tiene a su cargo la Secretaría General, y teniendo en cuenta que existe la necesidad de coordinar y participar con las distintas dependencias del Poder Ejecutivo, el armado de planes de comunicación, y la coordinación de los contenidos de las mismas; resulta conveniente la creación de una Dirección General de Contenidos en la órbita de la Secretaría General con el fin de entender en todos los aspectos vinculados a las campañas de difusión del plan general de acción de gobierno;
Que en este sentido, la Secretaría General propicia la designación del señor Ezequiel Colombo, DNI N° 22.313.006, como Director General de la Dirección General de Contenidos;
Que por Decreto N° 915/2009 y modificatorio, se facultó, entre otros, al titular de la Secretaria de Comunicación Social, para celebrar, dentro de su disponibilidad presupuestaria contrataciones, para la difusión de actos de gobierno y servicios a la comunidad que impliquen el fortalecimiento de la presencia institucional de gobierno en los medios de comunicación;
Que en tal sentido, y teniendo en cuenta las responsabilidades que tiene a su cargo la Secretaría General, a través de la Dirección General que se propicia crear, en cuanto al diseño e implementación de acciones de difusión del plan general de acción de gobierno en el ámbito del Poder Ejecutivo, resulta necesario facultar al señor Secretario General a realizar contrataciones para tal fin, por un monto máximo de hasta PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL (.500.000.-), anuales por cada contrato, procediendo a incorporar dicha facultad en los términos del Artículo 5°. Del Decreto N° 915/2009;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase la Dirección General de Contenidos dependiente de la Secretaría General, quedando en tal sentido modificado el Decreto N° 2.075/07 y modificatorios, asignándole las Responsabilidades Primarias que se detallan en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Desígnase al señor Ezequiel Colombo DNI N° 22.313.006, como Director General de la Dirección General de Contenidos dependiente de la Secretaría General.
Artículo 3°.- Incorpórase como cuarto párrafo del artículo 5° del Decreto N° 915/09 y modificatorio el siguiente texto: Facúltase al Secretario General, para celebrar, dentro de su disponibilidad presupuestaria, contrataciones bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, por un monto máximo de hasta pesos un millón quinientos mil (.500.000.-) anuales por cada contrato.
Articulo 4°.- El Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Articulo 5°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Articulo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Publica y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría General. Cumplido, archívese.