RESOLUCIÓN 53 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE LA FECHA DE IMPLEMENTACIÓN DEL MÓDULO DE COMUNICACIONES OFICIALES DEL SADE COMO ÚNICO MEDIO DE COMUNICACIÓN INTERNA DEL GCBA - NOTAS - MEMORANDOS - MEMOS - APRUEBA EL MECANISMO PARA LAS ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE USUARIOS DEL MÓDULO COMUNICACIONES OFICIALES DEL SADE
Publicación:
21/04/2010
Sanción:
16/04/2010
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: Los Decretos N° 1181/08, 589/09 y 287/10, la Resolución N° 96/SECLyT/09, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1181/08 reglamentario de la Ley N 2751 de adhesión a la Ley Nacional de Firma Digital Nª 25.506, tuvo como objeto regular el empleo de la firma digital y de la firma electrónica;
Que dicha reglamentación se enmarcó en el compromiso de esta gestión con el proceso de Modernización del Estado lo que involucra necesariamente la incorporación progresiva de las herramientas tecnológicas adecuadas;
Que, en este sentido, el Decreto 589/09 aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- y puso en marcha un servicio de plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión;
Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), mediante la Resolución N° 96-SECLYT-2009 modificó el reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas;
Que dicho Reglamento define los tipos de documentación administrativa que utiliza la administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente entre expedientes y actuaciones administrativas;
Que, a su vez, dentro de las actuaciones administrativas se reconocen como subespecies, entre otras, a las notas y los memorandos;
Que las notas constituyen los instrumentos de comunicación de uso externo de una repartición referente a cualquier asunto de gestión o servicio;
Que los memorandos son los instrumentos de comunicación de uso interno de una repartición referente a cualquier asunto de gestión o servicio;
Que es notorio que el avance en el empleo de medios informáticos y telemáticos para la sustanciación de las actuaciones y los expedientes administrativos permitirá un mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;
Que, en esta línea y continuando con el compromiso de modernización administrativa asumido y a fin de avanzar en la incorporación de herramientas tecnológicas para agilizar y facilitar la creación, comunicación y tramitación de notas y memorandos se dictó el Decreto N 267/10;
Que por dicha norma se instruyó a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar el módulo Comunicaciones Oficiales, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;
Que a fin de proteger los datos de la clave de los usuarios del sistema e impedir su divulgación, por el artículo 2° de dicho decreto se expresó que las notas y memorandos confeccionadas a través del módulo COMUNICACIONES OFICIALES, serán firmadas con tecnología de firma digital, la cual tiene validez jurídica en los términos de la Ley de Firma Digital;
Que asimismo se estableció por el artículo 3° que los usuarios del sistema serán responsables del resguardo y control de su clave de usuario, debiendo mantener y salvaguardar la confidencialidad de los datos y la información y de impedir su divulgación;
Que al ser preciso sistematizar ordenadamente los organismos que incorporarán la tecnología mencionada, se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a fijar las fechas en que cada organismo utilizará el módulo COMUNICACIONES OFICIALES, para la creación, comunicación y archivo de las notas y memorandos;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Art. 1°.- Establécese que a partir del día 19 de Abril del corriente año, deberán utilizar el módulo Comunicaciones Oficiales del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como único medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos, los siguientes organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
.- Ministerio de Desarrollo Económico
.- Ministerio de Desarrollo Urbano
.- Agencia de Sistemas de Información
.- Agencia de Protección Ambiental
.- Secretaría de Medios
.- Secretaría de Comunicación
.- Secretaría Legal y Técnica.
Art. 2°.- Apruébase el procedimiento para las altas, bajas y modificaciones de usuarios del módulo Comunicaciones Oficiales del SADE que como Anexo I se acompaña y forma parte de la presente resolución.
Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.