RESOLUCIÓN 53 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE LA FECHA DE IMPLEMENTACIÓN DEL MÓDULO DE COMUNICACIONES OFICIALES DEL SADE COMO ÚNICO MEDIO DE COMUNICACIÓN INTERNA DEL GCBA - NOTAS - MEMORANDOS - MEMOS - APRUEBA EL MECANISMO PARA LAS ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE USUARIOS DEL MÓDULO COMUNICACIONES OFICIALES DEL SADE

Publicación:

21/04/2010

Sanción:

16/04/2010

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO: Los Decretos N° 1181/08, 589/09 y 287/10, la Resolución N° 96/SECLyT/09, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1181/08 reglamentario de la Ley N 2751 de adhesión a la Ley Nacional de Firma Digital Nª 25.506, tuvo como objeto regular el empleo de la firma digital y de la firma electrónica;

Que dicha reglamentación se enmarcó en el compromiso de esta gestión con el proceso de Modernización del Estado lo que involucra necesariamente la incorporación progresiva de las herramientas tecnológicas adecuadas;

Que, en este sentido, el Decreto 589/09 aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos ­SADE- y puso en marcha un servicio de plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión;

Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), mediante la Resolución N° 96-SECLYT-2009 modificó el reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas;

Que dicho Reglamento define los tipos de documentación administrativa que utiliza la administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente entre expedientes y actuaciones administrativas;

Que, a su vez, dentro de las actuaciones administrativas se reconocen como subespecies, entre otras, a las notas y los memorandos;

Que las notas constituyen los instrumentos de comunicación de uso externo de una repartición referente a cualquier asunto de gestión o servicio;

Que los memorandos son los instrumentos de comunicación de uso interno de una repartición referente a cualquier asunto de gestión o servicio;

Que es notorio que el avance en el empleo de medios informáticos y telemáticos para la sustanciación de las actuaciones y los expedientes administrativos permitirá un mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;

Que, en esta línea y continuando con el compromiso de modernización administrativa asumido y a fin de avanzar en la incorporación de herramientas tecnológicas para agilizar y facilitar la creación, comunicación y tramitación de notas y memorandos se dictó el Decreto N 267/10;

Que por dicha norma se instruyó a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar el módulo Comunicaciones Oficiales, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;

Que a fin de proteger los datos de la clave de los usuarios del sistema e impedir su divulgación, por el artículo 2° de dicho decreto se expresó que las notas y memorandos confeccionadas a través del módulo “COMUNICACIONES OFICIALES“, serán firmadas con tecnología de firma digital, la cual tiene validez jurídica en los términos de la Ley de Firma Digital;

Que asimismo se estableció por el artículo 3° que los usuarios del sistema serán responsables del resguardo y control de su clave de usuario, debiendo mantener y salvaguardar la confidencialidad de los datos y la información y de impedir su divulgación;

Que al ser preciso sistematizar ordenadamente los organismos que incorporarán la tecnología mencionada, se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a fijar las fechas en que cada organismo utilizará el módulo “COMUNICACIONES OFICIALES“, para la creación, comunicación y archivo de las notas y memorandos;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO

RESUELVE

Art. 1°.- Establécese que a partir del día 19 de Abril del corriente año, deberán utilizar el módulo Comunicaciones Oficiales del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como único medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos, los siguientes organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

.- Ministerio de Desarrollo Económico

.- Ministerio de Desarrollo Urbano

.- Agencia de Sistemas de Información

.- Agencia de Protección Ambiental

.- Secretaría de Medios

.- Secretaría de Comunicación

.- Secretaría Legal y Técnica.

Art. 2°.- Apruébase el procedimiento para las altas, bajas y modificaciones de usuarios del módulo Comunicaciones Oficiales del SADE que como Anexo I se acompaña y forma parte de la presente resolución.

Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.  


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la Separata del Boletín Oficial N° 3404

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTADA POR
La Dispos 699-DGADMH-10 implementa el Sistema de Comunicaciones Oficiales en el marco de la Res 53-SECLYT-10
REGLAMENTA
Res. 53-10 establece la fecha de implementación y las pautas de alta y baja de usuarios del Módulo de Comunicaciones Oficiales del SADE, cuyo uso obligatorio fuera establecido por Dto. 287-10