RESOLUCIÓN 182 2001 SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE MEDIACIÓN COMUNITARIA

Publicación:

26/09/2001

Sanción:

19/09/2001

Organismo:

SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


Visto el Expediente N° 46/2001 y el Decreto N° 666/GCBA/97 (B.O. N° 226), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 666/GCBA/97 (B.O. N° 226) se creó el Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos;

Que dentro de los objetivos fijados para la Subsecretaría de Descentralización se encuentra el de impulsar el proceso de descentralización de funciones del órgano ejecutivo y así como proponer las normas regulatorias que garanticen la correcta prestación de los servicios;

Que es menester adoptar medidas conjuntas entre la Coordinación General del Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos y la Subsecretaría de Descentralización tendientes a brindar en los Centros de Gestión y Participación un mejor servicio a la comunidad;

Que por otra parte, es conveniente que los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación y la Coordinación General del Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, adopten medidas concretas que tengan como único fin la optimización del Servicio de Mediación Comunitaria, lo que redundaría en beneficio de la ciudadanía y de la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en tal sentido, es necesario contar con un marco regulatorio que asigne funciones y responsabilidades a cada una de las áreas;

Por ello,

EL SECRETARIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL SUBSECRETARIO DE DESCENTRALIZACION

RESUELVEN:

Artículo 1° Apruébanse los procedimientos relacionados con la implementación del Programa de Mediación Comunitaria que como Anexo I, forman parte integrante de la presente norma.

Artículo 2° Establécese de los procedimientos previstos en el Anexo I de la presente Resolución, serán permanentemente evaluados y sujetos a ajustes y modificaciones para lograr la eficiencia del servicio en forma conjunta por la Subsecretaría de Descentralización, las Direcciones Generales Descentralización Administrativa, Centros de Gestión y Participación (1 a 16) y la Coordinación General del Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

Artículo 3° Regístrese por la Secretaría de Justicia y Seguridad, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Descentralización, a las Direcciones Generales Descentralización Administrativa, Normatización y Coordinación de Gestión Administrativa, Centros de Gestión y Participación (1 a 16) y al Programa de Mediación Comunitario y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos. Cumplido, archívese.

1. El Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos:

1.1 Seleccionará y capacitará a los mediadores comunitarios que realizarán sus trabajos en los Centros de Gestión y Participación (1 a 16).

1.2 Destacará en cada Centro de Gestión y Participación un empleado administrativo para recibir las consultas y solicitudes de Mediación Comunitaria en el horario que disponga el Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

1.3 Proveerá todos los insumos necesarios para el desarrollo de la tarea de Mediación Comunitaria en los Centros de Gestión y Participación (1 a 16).

1.4 Los mediadores comunitarios y los empleados administrativos mencionados en punto 1.2 dependerán directamente del Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

1.5 Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos supervisará, evaluará y emitirá los instructivos para el desarrollo de las tareas del mediador y del empleado administrativo que se encuentren en su dependencia.

2. La Subsecretaría de Descentralización:

2.1 Conjuntamente con las Direcciones Generales Descentralización Administrativa y Centros de Gestión y Participación (1 a 16) propiciarán la reformulación para optimizar los espacios físicos destinados al Programa de Mediación Comunitaria para el desarrollo de sus actividades.

2.2 Difundirá el Programa de Mediación Comunitaria, en toda la folletería donde se informan los servicios que se brindan en cada uno de los Centros de Gestión y Participación.

2.3 Los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación (1 a 16) brindarán el apoyo necesario para el cumplimiento de los objetivos propuestos.


ANEXOS

ANEXO I

1. El Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos:

1.1 Seleccionará y capacitará a los mediadores comunitarios que realizarán sus trabajos en los Centros de Gestión y Participación (1 a 16).

1.2 Destacará en cada Centro de Gestión y Participación un empleado administrativo para recibir las consultas y solicitudes de Mediación Comunitaria en el horario que disponga el Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

1.3 Proveerá todos los insumos necesarios para el desarrollo de la tarea de Mediación Comunitaria en los Centros de Gestión y Participación (1 a 16).

1.4 Los mediadores comunitarios y los empleados administrativos mencionados en punto 1.2 dependerán directamente del Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

1.5 Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos supervisará, evaluará y emitirá los instructivos para el desarrollo de las tareas del mediador y del empleado administrativo que se encuentren en su dependencia.

2. La Subsecretaría de Descentralización:

2.1 Conjuntamente con las Direcciones Generales Descentralización Administrativa y Centros de Gestión y Participación (1 a 16) propiciarán la reformulación para optimizar los espacios físicos destinados al Programa de Mediación Comunitaria para el desarrollo de sus actividades.

2.2 Difundirá el Programa de Mediación Comunitaria, en toda la folletería donde se informan los servicios que se brindan en cada uno de los Centros de Gestión y Participación.

2.3 Los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación (1 a 16) brindarán el apoyo necesario para el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 182-01 aprueba los procedimientos del Programa de Mediación Comunitaria implementado por el Dto 666-97
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Disposición 42-DGJRYM-18 aprueba el Registro de Mediadores Comunitarios, en el marco del Programa de Mediación Comunitaria y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos reglamentado por Resolución 182-SJYS....-01</p>