LEY 627 2001
Síntesis:
MODIFICA LEY 472 - CREA OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - OBSBA - INSTITUTO MUNICIPAL DE OBRA SOCIAL - IMOS
Publicación:
28/09/2001
Sanción:
30/08/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
21/09/2001
Estado:
No vigente
Artículo 1° Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 472, que quedará redactado de la siguiente manera: Créase la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.), que es continuadora al Instituto Municipal de Obra Social (I.M.O.S.) creado por la Ley N° 20.382. La Ob.S.B.A. tendrá carácter de Ente Público no Estatal, organizada como instituto de administración mixta con capacidad de derecho público y privado, contando con individualidad jurídica y autarquía administrativa y económico-finaciera.
La denominación adoptada se extenderá a todas las disposiciones de la Ley N° 472.
Artículo 2° Comuníquese, etc.-FELGUERAS - Alemany