RESOLUCIÓN 82 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE PLAZO PARA LA NUMERACIÓN DE PROVIDENCIAS E INFORMES A TRAVÉS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE
Publicación:
11/06/2010
Sanción:
08/06/2010
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:Los Decretos N° 935/2008 y 589/2009, y la Resolución N° 96/ SECLyT-09; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 935/2008 se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a actualizar y modificar el Reglamento para Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas aprobado por Decreto N° 2008/03,
Que en dicho marco por Resolución N° 96 SECLyT/2009 se modificó el mencionado reglamento;
Que por Decreto N° 589/2009, se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE como Sistema Integrado de Caratulación, Numeración, Seguimiento y Registración de movimientos todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que dicho decreto designó a la Secretaría Legal y Técnica como administradora del SADE con competencia para administrar en forma integral el Sistema; b) habilitar a los administradores locales; c) actualizar el nomenclador de actuaciones y de tratas; d) actualizar las tablas referenciales; e) asignar usuarios y permisos; f) auditar y controlar el funcionamiento, los usuarios y el ingreso de datos al sistema; g) capacitar y prestar asistencia a los administradores locales del sistema;
Que, asimismo y a los fines de la implementación y el funcionamiento del SADE, se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y funcionamiento del SADE y sus actuaciones;
Que el referido sistema constituye un avance en el desarrollo integral de tramitación de las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo dado que permite mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos y posibilita el almacenamiento de documentos electrónicos en un repositorio único sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;
Que el repositorio único de documentos electrónicos permite entre otras cosas, agilizar la búsqueda de documentos; compartir los documentos entre distintas aplicaciones cuando se requiera, evitando la duplicidad; disponer de un único punto de acceso a la documentación; controlar la localización y estado de cada documento; facilitar el archivo y catalogación de los mismos e incrementar la seguridad e integridad de los documentos electrónicos, posibilitando la incorporación de firma digital.
Que en este marco, resulta necesario establecer que las providencias e informes sean numeradas a través del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE.;
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese que a partir del 1 de julio del corriente, las Providencias y los Informes se numerarán a través del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE.
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas