ACORDADA 19 2010 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - CREA EL  ÁREA DE DIGITALIZACIÓN Y GESTIÓN ELECTRÓNICA DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - FIRMA DIGITAL Y DE LA FIRMA ELECTRÓNICA - DIGITALIZACIÓN DE EXPEDIENTES - CERTIFICADOS DIGITALES - EXPEDIENTES - JUDICIALES - ADMINISTRATIVOS - PAPEL - CONSTITUYE - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - AUTORIDAD DE REGISTRO - FUNCIONARIOS DESIGNADOS - SUSCRIPCIÓN DE CERTIFICADOS

Publicación:

09/08/2010

Sanción:

10/05/2010

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad de Buenos Aires, a los diez días del mes de mayo de 2010, se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidenta, la señora jueza Ana María Conde, y los señores jueces Luis Francisco Lozano; Alicia E. C. Ruiz y José O. Casás, y;

VISTO: la ley nacional n° 25.506, la ley n° 2751 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los decretos nros.1079/2005 y 1181 /2008 del GCBA, la Acordada n° 5/10, y

CONSIDERANDO:

La Ley Nacional n° 25.506 reconoce el empleo de la firma digital y de la firma electrónica, constituyendo esto un avance significativo para la progresiva reducción en el uso del papel en la administración pública, como así también un incremento en la eficiencia, eficacia y efectividad en la gestión de los organismos y jurisdicciones que la conforman. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la sanción de la ley n° 2751 adhirió a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 25506 (B:O: 14/12/01) de Firma Digital conforme lo establece su artículo 50°.

El Tribunal ha fijado como objetivo avanzar sostenidamente en el desarrollo de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar los procesos judiciales y administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control. Al respecto, se están generando soluciones integradas que apuntan a contar con un expediente digital que mejore notablemente los niveles de eficacia y eficiencia de los procedimientos, que contribuya a la modernización del Poder Judicial y sin que ello implique una merma en la seguridad jurídica.

Con el propósito de organizar y fijar las actividades que requiere la implementación y ejecución del proceso de digitalización de expedientes, es necesario crear un área al efecto y asignarle las misiones y funciones respectivas.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Art. 114 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos aires, los jueces del Tribunal Superior de Justicia,

ACUERDAN:

1. Crear el Área de Digitalización y Gestión Electrónica dependiente de la Dirección de Informática y Tecnología, que tendrá a su cargo la realización de actividades y tareas derivadas del proceso de digitalización de expedientes, debiendo efectuar además los trámites necesarios para la obtención de los certificados digitales que le sean requeridos.

2. Implementar el proceso de digitalización de los expedientes judiciales y administrativos, el que comenzará a operar en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1° de mayo del corriente año, conforme a las siguientes pautas:

2.1 La digitalización de expedientes será llevada a cabo en formato de imagen de alta calidad (TIFF 200 x200 ppm).

2.2 Los expedientes en papel, estén estos en trámite y/o en situación de archivo en el Tribunal, serán digitalizados.

2.3 Los expedientes en papel, una vez sorteados y previamente a su remisión a la Secretaría de trámite, serán girados al Área de Digitalización y Gestión Electrónica para su intervención.

2.4 Disponer que el papel decreto utilizado para el dictado de resoluciones y acordadas sea de un gramaje no superior a 120 g, a fin de permitir su correcta digitalización.

2.5 La Dirección de Informática y Tecnología deberá generar, dentro de un plazo no mayor a 30 días contados desde la fecha de la presente acordada, la aplicación necesaria para acceder por vía de consulta a los expedientes digitalizados dentro de los sistemas de gestión SiGEA. y SiGEJ.

3. Establecer que, en esta primera etapa, el proceso de digitalización y de aplicación de la firma electrónica y digital en los diferentes trámites internos del Tribunal Superior de Justicia, deberá sujetarse a los siguientes lineamientos:

3.1 El Área de Digitalización y Gestión Electrónica oficiará de nexo ante la autoridad certificante, siendo ésta la que suministra la “Sala Cofre” y el algoritmo que permite la emisión de la certificación.

3.2 Constituir al Tribunal Superior de Justicia como Autoridad de Registro.

3.3 Disponer que la suscripción de los certificados de registro y toda otra formalidad que al efecto de las comunicaciones electrónicas sean requeridos por la autoridad certificante, sean efectuadas por los funcionarios designados mediante la Acordada n° 6 de 12 de marzo de 2010.

4. Mandar se registre; se notifique y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Firmado: Ana María Conde (Presidenta), Luis F. Lozano (Vicepresidente), Alicia E. C. Ruiz (Jueza) y José O. Casás (Juez).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Acordada 11-TSJ-18 establece plazos de guarda para los expedientes administrativos del Tribunal en soporte papel, en el marco del proceso iniciado por Acordada 19-TSJ-10.</p>
INTEGRA
<p>Punto 1 de la Acordada 19-TSJ-10, crea el Área de Digitalización y Gestión Electrónica dependiente de la Dirección de Informática y Tecnología.</p>
INTEGRADA POR
<p>Ley 4736:  Eficacia Jurídica - Establece el régimen normativo de los documentos electrónicos y la firma digital, complementa el ámbito de aplicación de la Acordada 19-10, implementa el proceso de digitalización de los expedientes judiciales y administrativos del Tribunal Superior de Justicia. </p>
MODIFICA
Acordada 19-TSJ-10 crea el Área de Digitalización y Gestión Electrónica dependiente de la Dirección de Informática y Tecnología, quedando modificada la estructura aprobada por Acordada 1-98