RESOLUCIÓN 3544 2010 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

SE CONSIDERAN ABONADAS EN TÉRMINO POSICIONES CORRESPONDIENTES AL PLAN DE FACILIDADES DE PAGO

Publicación:

30/08/2010

Sanción:

25/08/2010

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO:

Los términos de las Resoluciones N° 250/AGIP/08 (BOCBA N° 2933) y N° 09/AGIP/10 (BOCBA N° 3337) y,

CONSIDERANDO:

Que inconvenientes técnicos han impedido el normal desarrollo del proceso de emisión de las boletas de pago con fecha 25/08/2010 correspondiente al régimen de plan de facilidades de pago regulado por la Resolución N° 250/AGIP/08 y su modificatoria;

Que como consecuencia de ello se ha dificultado el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes que intentan cancelar dichos pagos;

Que es propósito de esta Administración mantener una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Considéranse abonadas en término las posiciones correspondientes al Plan de Facilidades de Pago establecido por la Resolución N° 250/AGIP/08 y su modificatoria N° 09/AGIP/2010, cuyo vencimiento hubiera operado el día 25 de Agosto de 2010, hasta el día 15 de Setiembre de 2010.-

Artículo 2°.- Si la fecha fijada en el Artículo 1° resultara día no laborable para la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o entidades bancarias, el vencimiento se producirá el primer día hábil siguiente.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Leguizamon

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
considera abono en término Plan de Facilidades de Pago establecido por la Resolución N° 250/AGIP/08
INTEGRA
considera abono en término plan de facilidades de Pago establecido por la Resolución N° 250/AGIP/08 y su modificatoria N° 09/AGIP/2010