RESOLUCIÓN 117 2010 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

  NORMA DEROGADA - PRORROGA PLAZO DE VIGENCIA PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN  68-SSTRANS-10 -  MODIFICA CON  CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL   EL SENTIDO CIRCULATORIO DE LA CALLE ANASAGASTI ENTRE GÜEMES Y AV. SANTA FE DE NORTE A SUR

Publicación:

31/08/2010

Sanción:

26/08/2010

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Ley N° 2148, la Ley N° 2930, el Decreto N° 2075/GCBA/07, el Decreto N° 498/GCBA/08, el Decreto N° 1015/GCBA/09, la Resolución N° 36/SSTRANS/10, la Resolución N° 45/SSTRANS/10, la Resolución N° 50/SSTRANS/10, la Resolución N° 68/SSTRANS/10, la Resolución N° 74/SSTRANS/10, la Resolución N° 99/SSTRANS/10 y el Expediente N° 353.034/10; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 1.2.2 de dicho Código, establece que la autoridad de aplicación del mismo puede disponer medidas de carácter transitorio o experimental que contemplen situaciones especiales;

Que a través del decreto N° 498/GCBA/08, se designó a la Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, como autoridad de aplicación del mencionado Código de Tránsito y Transporte;

Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 68/SSTRANS/10 se invirtió, con carácter transitorio y experimental, a partir del día 4 de junio de 2010, y por el término de noventa (90) días, el sentido circulatorio de la calle Anasagasti entre Güemes y Av. Santa Fe de Norte a Sur;

Que la medida dispuesta se dictó con el objetivo de mejorar la fluidez vehicular, el reordenamiento del tránsito, la seguridad vial y la prestación del servicio público de pasajeros, en consonancia con los lineamientos propuestos en el Plan Urbano Ambiental aprobado por la Ley N° 2930, en relación al propósito de jerarquizar la red vial y rediseñar las trayectorias del transporte público;

Que además, la medida experimental dictada complementó lo dispuesto por la Resolución N° 50/SSTRANS/10, la cual asignó, también con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos el doble sentido de circulación asimétrico de la Avenida Santa Fe, entre Jorge L. Borges y Tomás de Anchorena y el cambio de sentido de circulación de la calle Jorge L. Borges, entre la Avenida Santa Fe y Güemes;

Que con el fin de perfeccionar la planificación de la ciudad y consecuentemente mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, los resultados arrojados por la implementación de la Resolución N° 68/SSTRANS/10, deben ser analizados ciudadosa y detalladamente;

Que asimismo, dichos resultados deben cotejarse con la experiencia recogida a partir de la implementación de la Resolución N° 50/SSTRANS/10;

Que para este propósito, resulta exiguo el plazo de vigencia de noventa (90) días corridos dispuesto por el artículo 1° de la Resolución N° 68/SSTRANS/10;

Que el artículo 1.2.3. del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, faculta a la autoridad de aplicación a prorrogar por única vez y por el término de noventa (90) días corridos las medidas que se adopten de manera transitoria y experimental.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias, conferidas por el Decreto N° 2075/GCBA/07 modificado por el Decreto N° 1015/GCBA/09, y por el Decreto N° 498/GCBA/08,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorróguese por el término de noventa (90) días corridos el plazo de vigencia previsto en la Resolución N° 68/SSTRANS/10, el cual comenzará a correr desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a las Agrupaciones de Taxímetros, a la Dirección General de Tránsito, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 117-SSTRANS-10 noventa 90 días corridos el plazo de vigencia previsto en la Res.68-SSTRANS-10
DEROGADA POR
<p>Art. 13 de la Ley 4414, deja sin efecto la Resolución 117-SSTRANS-10.</p>