RESOLUCIÓN 613 2010 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

PROGRAMA DE FORMACIÓN E INCLUSIÓN PARA EL TRABAJO - FIT -  SUSTITUYE TEXTO DEL ANEXO I  DE LA RESOLUCIÓN  1136-MDSGC-08 -   DELEGA FUNCIONES EN LA SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO Y  EN  LA DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA SOCIAL - IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS E INSTRUMENTOS FORMALES

Publicación:

08/09/2010

Sanción:

30/06/2010

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Estado:

No vigente


VISTO:

El Decreto N° 578/08, la Resolución N° 1.136/MDSGC/08, la Disposición N° 85/DGECS/08, la Disposición N° 96/DGECS/08, la Resolución N° 427/MDSGC/09, la Disposición N° 12/DGECS/09, la Resolución N° 101/SSFFYC/09, la Disposición N° 13/DGECS/09, la Resolución N° 1.419/MDSGC/09, la Resolución N° 82/MDSGC/10, la Disposición N° 68/DGECS/08, la Disposición N° 97/DGECS/08, la Disposición N° 002/DGECS/09, la Resolución N° 1.832/MDSGC/08, la Resolución N° 485/SSFFYC/09, la Resolución N° 169/MDSGC/10 y la Disposición N° 003/DGECS/10, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 578/08 se creó el Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), el cual tiene por objeto la inclusión social y laboral de las personas en situación de pobreza y con problemas de empleo, siendo sus finalidades la orientación laboral y el apoyo en la búsqueda de empleo, la formación y la capacitación laboral, y el apoyo económico, financiero y técnico para el desarrollo de unidades productivas;

Que por el Artículo 3° del decreto mencionado se facultó a este Ministerio de Desarrollo Social, como Autoridad de Aplicación del FIT, para dictar las normas reglamentarias y todo acto administrativo que fuere necesario para su implementación, como así también para la suscripción de los convenios que fueren menester para la implementación, cumplimiento y ejecución de dicho decreto;

Que por la Resolución N° 1.136/MDSGC/08 se aprobó la reglamentación del FIT;

Que el Artículo 7° de la referida Resolución N° 1.136/MDSGC/08 determinó: “Facúltase a los titulares de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y de la Dirección General de Economía Social, esta última en su carácter de Autoridad de Ejecución del Programa FIT, a dictar los actos administrativos reglamentarios y complementarios a la presente, así como a suscribir todos los instrumentos que posibiliten la concreción del presente programa. No obstante ello, los convenios a suscribirse con las instituciones capacitadoras serán suscriptos por el Ministro de Desarrollo Social”;

Que mediante la Disposición N° 85/DGECS/08 se aprobaron distintos formularios del programa referido y se determinó la instrumentación de un Registro de Instituciones Capacitadoras del FIT;

Que a través de la Disposición N° 96/DGECS/08 se aprobó el Procedimiento para Tramitación Interna de Solicitudes de Reconocimiento como Entidad Proveedora de Capacitación Formuladas en el Marco del FIT;

Que por la Resolución N° 427/MDSGC/09 se dio aprobación al Modelo de Convenio a suscribirse con las Instituciones Capacitadoras del Programa;

Que por la Disposición N° 12/DGECS/09 se formalizó la modificación y aprobación de sendos formularios de la Instancia de Capacitación del FIT;

Que por la Resolución N° 101/SSFFYC/09 se actualizaron instrumentos operativos de dicha Instancia de Capacitación, aprobándose los respectivos parámetros para la selección de empresas, asociaciones civiles, cámaras empresarias y asociaciones y federaciones sindicales como Instituciones Capacitadoras en el marco del Programa;

Que por conducto de la Disposición N° 13/DGECS/09 se adecuó el cúmulo de formularios de la Instancia de Capacitación del Programa, en orden a las aprobaciones citadas en el considerando inmediato precedente;

Que mediante la Resolución N° 1.419/MDSGC/09 se sustituyó el texto del Artículo 22 del Anexo I de la Resolución N° 1.136/MDSGC/08;

Que por la Resolución N° 82/MDSGC/10 se aprobó el Modelo de Convenio a suscribirse con las Instituciones de Microfinanzas (IMF), en el marco de la Operatoria de Microcréditos del FIT;

Que a través de la Disposición N° 68/DGECS/08 se aprobaron los respectivos formularios destinados a la presentación y la evaluación de solicitudes de asistencia económica (subsidio), en el marco del Programa;

Que por la Disposición N° 97/DGECS/08 se aprobaron los respectivos procedimientos para tramitación interna de solicitudes de asistencia económica (subsidio), formuladas en el marco del FIT por personas en condiciones de realizar apertura de caja de ahorro y por personas imposibilitadas de realizar tal apertura;

Que por la Disposición N° 002/DGECS/09 se aprobaron diversos formularios correspondientes a la Línea de Asistencia Económica (Subsidio) del Programa y se modificaron los procedimientos aprobados por la Disposición N° 97/DGECS/08;

Que mediante la Resolución N° 1.832/MDSGC/08 se instituyó, a partir del 1° de enero de 2009, en el marco del FIT, la Actividad Especial de Asistencia a Personas Integrantes de Emprendimientos Productivos de Contención Social, estableciéndose la incorporación a la mencionada Actividad Especial de las personas que a la fecha de la entrada en vigencia de dicha Resolución se encontraran incluidas en los talleres de tutorías del FIT, manteniéndose el importe mensual fijo de pesos doscientos cuarenta y cinco ($ 245) que las mismas perciben en concepto de apoyo económico no remunerativo mensual en carácter de beca;

Que a través de la Resolución N° 485/SSFFYC/09 se prorrogó la vigencia de los emprendimientos de la mencionada Actividad Especial de Asistencia a Personas Integrantes de Emprendimientos Productivos de Contención Social por un plazo de seis (6) meses, computable a partir del 1° de enero de 2010;

Que, en orden al impacto de la crisis económica actual, con el consecuente aumento de postulantes a la referida Actividad Especial de Asistencia a Personas Integrantes de Emprendimientos Productivos de Contención Social y la consiguiente necesidad de permitir su capacitación en distintas labores que resulten adecuadas y coadyuven a paliar su particular situación, por la Resolución N° 169/MDSGC/10 se instruyó a la Dirección General de Economía Social a recepcionar nuevos proyectos de dicha Actividad Especial, se facultó a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario a aprobar los proyectos y a incorporar los nuevos beneficiarios, previa verificación -por la Autoridad de Ejecución- de la documentación presentada, y se ordenó a la consignada Dirección General de Economía Social que procediera a modificar las condiciones operativas de la mencionada Actividad Especial de acuerdo a las pautas del Anexo I de la misma Resolución N° 169/MDSGC/10;

Que mediante la Disposición N° 003/DGECS/10 se dio aprobación a nuevas Condiciones de Desarrollo Operativo de la Actividad Especial de Asistencia a Personas Integrantes de Emprendimientos Productivos de Contención Social y se aprobaron diversos formularios de la misma;

Que, subsecuentemente, surge la necesidad de actualizar y organizar en un solo acto administrativo distintos preceptos básicos correspondientes a la reglamentación del FIT.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE

Artículo 1.- Sustitúyese el texto del Anexo I de la Resolución N° 1.136/MDSGC/08 por el texto del Anexo I de la presente Resolución, el cual, a todos los efectos, forma parte integrante de la misma.

Artículo 2.- En orden a lo establecido en el Artículo 1 de la presente Resolución, la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y la Dirección General de Economía Social arbitrarán las medidas y los instrumentos formales que les compete a los fines de la operativización del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT).

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y a la Dirección General de Economía Social; cumplido, archívese .


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3499

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1  Resolución 955-MHYDHGC-18 deja sin efecto la Resolución 613-MDSGC-10.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1702-MDSGC-12, deja sin efecto el Anexo I de la Resolución 613-MDSGC-10.</p>
MODIFICA
Res. 613-MDSGC-10 art. 1, sustituye anexo I de la Res. 1136-MDSGC-08