RESOLUCIÓN 2874 2010 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 2416-MCGC-09 RESPECTO DE LA ACREDITACIÓN DE LA CANTIDAD DE LIBROS PUBLICADOS CON LA PRESENTACIÓN DE LOS ISBN OTORGADOS POR LA CÁMARA ARGENTINA DEL LIBRO - EXCEPTÚA A LOS ENSAYOS NO LITERARIOS Y A LAS EDICIONES DE AUTOR - RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD LITERARIA

Publicación:

22/09/2010

Sanción:

13/09/2010

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO:

la Ley N° 3.014, los Decretos N° 542/09 y N° 451/10, las Resoluciones N° 2.416-MCGC-09 y 1.275-MCGC-10 y el Expediente N° 24.560/2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.014 creó el Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma;

Que el Decreto N° 542-GCABA-09 faculta al Ministerio de Cultura, a dictar las normas complementarias e interpretativas que considere necesarias para la implementación del mencionado régimen;

Que por Resolución N° 2416-MCGC-2010 se creó la Coordinación Administrativa del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria estableciendo sus competencias;

Que por Decreto N° 451/10 se modifica la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, creándose la Subdirección Operativa de Regímenes de Promoción Cultural, quedando a su cargo la coordinación e implementación de todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria;

Que en el Art. 3° inc. c) la Ley N° 3.014, cuando menciona la palabra �ensayo�, no distingue el tipo que resulta ser apropiado para ser tenido en cuenta como antecedente distintivo de realización de actividad literaria, por parte del solicitante;

Que la falta de determinación del tipo de ensayo al que refiere la Ley, deja desprovisto al Comité de Evaluación de una norma que limite el universo de escritos que serían considerados como �actividad literaria�, situación que expone a la Administración a diversos planteos, cuando el Comité de Evaluación desestima determinados escritos por aplicación de sus criterios de evaluación;

Que el Art. 6° de la Resolución N° 2416-MCGC-2010 establece que �La cantidad de libros publicados se acredita con la presentación de los correspondientes ISBN otorgados por la Cámara Argentina del Libro�;

Que en la práctica se ha revelado que, cuando se trata de obras de edición de autor, la inscripción de las obras en la Cámara del Libro, obteniendo el ISBN respectivo, no resulta prueba contundente de su efectiva publicación;

Que las obras simplemente impresas o editadas por el propio interesado, genéricamente denominadas �ediciones de autor�, acreditan vocación de escritor, mas no su mérito o consenso social para otorgarle tal carácter;

Por el o y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 3.014 y el Decreto 542/GCABA/09,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 6° de la Resolución N° 2.416-MCGC-2009, el que queda redactado de la siguiente manera:

�La cantidad de libros publicados se acredita con la presentación de los correspondientes ISBN otorgados por la Cámara Argentina del Libro, quedando excluidos los siguientes:

a) los ensayos que el Comité de Evaluación considere no literarios, y

b) los que el Comité de Evaluación considere pertenecientes al conjunto de las llamadas genéricamente `ediciones de autor'.�

Artículo 2°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido archívese. Lombardi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 6637/MCGC/22 deroga la Resolución 2874/MCGC/10.</p>
MODIFICA
Res. 2874-10, Art. 1° modifica el Art. 6° de la Res. 2416-10 - Exceptúa a los Ensayos no literarios y a las Ediciones de Autor de acreditar la cantidad de libros publicados