RESOLUCIÓN 2137 2010 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE INCORPORAN AGENTES DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES A LA PLANTA PERMANENTE
Publicación:
21/10/2010
Sanción:
06/10/2010
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 471, el Acta Paritaria N° 11/2009, las Resoluciones Nros. 663/MHGC/2010 y 268/SUBRH/2010, la Nota N° 921631/SUBRH/2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Título II de la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se establece el marco jurídico bajo el cual se debe regir la Negociación Colectiva en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este contexto, se han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y de este Gobierno, en relación a la incorporación a la Planta Permanente del personal comprendido bajo el Régimen de Contrato por Tiempo Determinado en los términos del Decreto N° 948/2005 y la Resolución N° 1924/MHGC/2007;
Que estas negociaciones concluyeron en la suscripción del Acta Paritaria N° 11/2009, mediante la cual se acordó la implementación de un proceso de incorporación a la Planta Permanente del personal mencionado;
Que dicha Acta Paritaria fue instrumentada por Resolución N° 663/MHGC/2010, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471 y el Decreto N° 465/2004, reglamentario del mismo;
Que de conformidad con lo acordado, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, actualmente dependiente de la Secretaría de Recursos Humanos dictó la Resolución N° 268/SUBRH/2010 por la cual se establecieron las pautas del proceso de incorporación del referido personal;
Que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto manifestó que no existen objeciones de índole presupuestaria para dar cumplimiento con lo dispuesto en la presente Resolución;
Por ello, y a los fines de dar cumplimiento con lo acordado en la referida Acta,
Articulo 1°.- Dispónese que el personal comprendido bajo el Régimen de Contrato por Tiempo Determinado en los términos del Decreto N° 948/2005 y la Resolución N° 1924/MHGC/2007, cuya nómina se adjunta como Anexo I, a partir del 1 de marzo de 2010 continuará su desempeño con los alcances establecidos en la Ley N° 471 y en el Acta Paritaria N° 11/2009.
Articulo 2°.- Establécese que la incorporación del personal conforme lo prescripto por el artículo 1 de la presente, que no posea Certificado de Aptitud Médica y Reincidencia, emitidos durante el transcurso de los años 2009-2010, quedará supeditada a la presentación actualizada de los mismos en un plazo de seis (6) meses a contar a partir de la fecha de la presente norma legal, ante la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a fin de cumplimentar debidamente las condiciones de ingreso comprendidas en la Ley N° 471.
Articulo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Orlowski de Amadeo - Grindetti - Rodriguez Larreta
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3529