RESOLUCIÓN 1075 2010 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

 DELEGACIÒN DE FACULTADES -  FACULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL A SUSCRIBIR PROYECTOS DE MANTENIMIENTO O MEJORA EDILICIA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ASOCIADA - BENEFICIARIOS - SUBSIDIOS - MONTOS - ORGANIZACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO

Publicación:

30/11/2010

Sanción:

03/11/2010

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


VISTO:

el Decreto N° 598/07, la Resolución Reglamentaria N° 1601/MDSGC/08, y el expediente N° 1287008/2010, y

CONSIDERANDO:

Que, el referido Decreto crea el Programa de Gestión Asociada, con el objeto de llevar a cabo labores vinculadas con el mantenimiento y la mejora edilicia en los inmuebles donde prestan servicios diversos programas sociales en el ámbito de la Dirección General de Infraestructura Social de la ex Subsecretaría de Promoción e Integración Social, actual Ministerio de Desarrollo Social;

Que asimismo esa norma promueve, en el universo de las organizaciones civiles sin fines de lucro que tengan por objeto social, precisamente, tareas vinculadas al mantenimiento y a la mejora edilicia, la posibilidad de realizar experiencias guiadas, aportándoles soporte técnico profesional en el marco de una gestión asociada, con la el objetivo mediato puesto además, en la creación de fuentesde trabajoy lainclusión de la poblaciónmás vulnerableen el mercado laboral;

Que mediante la Resolución N° 1601/MDSGC/08 se reglamentó el Decreto N° 598/07, estableciéndose, entre otras cuestiones el carácter de beneficiarios del Programa a las organizaciones sociales sin fines de lucro, siempre que se encuentren debidamente registradas en el mismo;

Que como consecuencia de lo descrito en los considerando precedentes, resulta necesario ampliar lo estipulado en la mencionada Resolución, con el objeto de optimizar el funcionamiento del Programa de Gestión Asociada y al mismo tiempo, dotar de mayor precisión y sistematización al conjunto de disposiciones que atañen al desempeño de los beneficiarios;

Que en función de lo manifestado, corresponde aprobar las condiciones generales y requisitos que deben cumplir las organizaciones de la sociedad civil inscriptas y adjudicatarias de las obras y además, establecer los procedimientos internos para la ejecución del Programa de Gestión Asociada;

Que finalmente, y en virtud de las atribuciones concedidas por el Decreto N° 598/07, resulta imprescindible establecer el monto máximo de quinientas mil (500.000) unidades de compra por las que podrá contratar la Autoridad de Aplicación del Programa de Gestión Asociada, debiendo obtener la autorización previa del superior, los proyectos en los que el monto de la obra supere dicha cifra;

Por todo lo expuesto, en virtud de lo establecido por el artículo 4o del Decreto N° 598/07 y en uso de facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1o.- Facúltase a la Dirección General de Infraestructura Social como Autoridad de Ejecución del Programa de Gestión Asociada, a suscribir los proyectos de mantenimiento o mejora edilicia que tengan un valor de hasta las quinientas mil (500.000) unidades de compra, debiendo ser autorizado previamente por la máxima autoridad de esta jurisdicción cualquier otro proyecto cuyo presupuesto oficial supere dicha suma.

Artículo 2°.- Apruébanse las condiciones generales que deben cumplir las organizaciones de la sociedad civil inscriptas en el Programa de Gestión Asociada, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Apruébanse los Procedimientos para la Ejecución del Programa de Gestión Asociada, que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

 Articulo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Infraestructura Social. Cumplido. Archívese


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3554

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 1075-MDSGC-10 modifica y complementa disposiciones referidas a la reglamentación del Prog. de Gestión Asociada dispuesta por Res. 1601-MDSGC-08
REGLAMENTA
Res. 1075-MDSGC-10 aprueba las condiciones generales y requisitos que deben cumplir las organizaciones inscriptas y adjudicatarias de las obras y además, establece procedimientos internos para la ejecución del Prog. Gestión Asociada, aprueba montos. Reglamenta Dec. 598-07