RESOLUCIÓN 2463 2001 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
ESTABLECE EL ALCANCE DE LA EXCLUSIÓN DE LA REFINANCIACIÓN DE REGÍMENES DE FACILIDADES DE PAGO CADUCOS, CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 1651-SHYF-01, Y DE LA REDUCCIÓN DE TASAS DE INTERÉS SURGIDAS DEL ARTÍCULO 9° DE LA RESOLUCIÓN N° 1651-SHYF-01 Y DEL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 1944-SHYF-01
Publicación:
23/11/2001
Sanción:
16/11/2001
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto lo dispuesto en los Arts. 1° y 9° de la Resolución N° 1.651-SHyF-2001 (B.O. N° 1279) y 1° de la Resolución N° 1.944-SHyF-2001; y,
CONSIDERANDO:
Que es menester precisar el alcance de la exclusión de la refinanciación de regímenes de facilidades de pago caducos, contenida en el artículo 1° de la Resolución N° 1.651-SHyF-2001, relacionada con la Resolución N° 15.733-SHyF-1997 (B.O. N° 342), fijando expresamente que comprende a todas las obligaciones en poder de los mandatarios respecto a las cuales exista un plan de facilidades de pago caduco, sea que la caducidad haya operado con anterioridad a la transferencia de la deuda o que correspondiera a un plan otorgado por el propio Mandatario;
Que asimismo, resulta necesario establecer que la reducción de tasas de interés, que surge tanto del artículo 9° de la Resolución N° 1.651-SHyF-2001 cuanto del artículo 1° de la Resolución N° 1.944-SHyF-2001, no alcanza a los planes vigentes otorgados por los Mandatarios ni a los que éstos concedan entre el 1° de octubre de 2001 y el 31 de marzo de 2002, respectivamente;
Que consecuentemente y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 104 del Código Fiscal (Separata B.O. N° 1124) y el Decreto N° 1.708/97 (B.O. N° 339),
Artículo 1° - La exclusión contenida en el Art.1° de la Resolución N° 1.651-SHyF-2001, relativa a las deudas regidas por la Resolución N° 15.733-SHyF-1997, alcanza a todas las obligaciones en poder de los Mandatarios con un plan caduco, sea que la caducidad haya operado con anterioridad a la transferencia de la deuda o que correspondiera a un plan otorgado por el propio Mandatario.
Artículo 2° - Las reducciones de tasas de interés fijadas en el Art.9° de la Resolución N° 1.651-SHyF-2001 y en el Art.1° de la Resolución N° 1.944-SHyF-2001, no alcanzan respectivamente, ni a los planes vigentes otorgados por los Mandatarios, ni a los que éstos concedan entre el 1° de octubre de 2001 y el 31 de marzo de 2002.
Artículo 3° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Comuníquese a la Dirección General de Rentas y a la Dirección General de Investigación y Análisis Fiscal para su conocimiento y demás efectos.