LEY 3727 2010
Síntesis:
OTORGA UN PLAZO IMPRORROGABLE DE DOCE MESES A LA COMISIÓN LIQUIDADORA PARA LA LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DE LA EX CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MODIFICA LEY 2811
Publicación:
30/12/2010
Sanción:
13/12/2010
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/12/2010
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- A los fines de la liquidación definitiva de la ex Caja de Seguridad Social de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA), se le otorga un plazo improrrogable de doce (12) meses, a partir del 1° de agosto de 2010, a la Comisión Liquidadora creada por Ley 2811 para el cumplimiento de su cometido, con todas las facultades y obligaciones contenidas en las Leyes 2811 y 3133.
Art. 2°.- Deróganse los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley 2811.
Art. 3°- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez