RESOLUCIÓN 14 2011 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - FE DE ERRATAS - ESTABLECE FECHA DE INICIO DE USO DEL MÓDULO SADE - GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES - GEDO COMO ÚNICO MEDIO DE CREACIÓN, REGISTRO Y ARCHIVO DE DISPOSICIONES
Publicación:
18/01/2011
Sanción:
17/01/2011
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley N° 3304, los Decretos N° 589/09, N° 287/10 y N° 6//11 y la Resoluciones N° 138/SECLyT/10 y 1/SECLyT/11; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación, en el punto 6.2 Firma Electrónica y Digital, se dispuso, entre las actividades a desarrollar, la creación de la infraestructura de firma digital y electrónica en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que asimismo, se fijó como uno de los objetivos el de Agilizar la gestión de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la firma digital;
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea como objetivo Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que en ese marco, la Ley plantea, entre otras actividades, Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y actuaciones;
Que, con anterioridad a la sanción de la Ley, ya se había iniciado un proceso de de Modernización de la Administración, con la progresiva incorporación de herramientas tecnológicas a los procedimientos administrativos,
Que, en dicho marco, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- y puso en marcha un servicio de plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión;
Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), primero mediante la Resolución N° 96/ SECLYT/09 y, luego, por Resolución N° 138-SECLYT-2010 modificó el Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas;
Que dicho Reglamento define los tipos de documentación administrativa que utiliza la administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente entre expedientes y actuaciones administrativas;
Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el reglamento para la Generación de Documentos Electrónicos Oficiales- GEDO-;
Que, asimismo, por dicha norma se aprobó el procedimiento para las altas, bajas y modificaciones de usuarios del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos;
Que, en el artículo 3° de la mencionada resolución se estableció que los Documentos Electrónicos Oficiales generados en -GEDO- son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.;
Que siendo conveniente avanzar en la incorporación de las herramientas tecnológicas a distintos documentos involucrados en los trámites administrativos, mediante Decreto N° 6/11 se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO como único medio de creación, registro y archivo de Disposiciones;
Que a fin de sistematizar ordenadamente la implementación antes referida, en dicho decreto se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a establecer las fechas en las cuales los organismos deberán comenzar a utilizar el Módulo GEDO, para la creación, registro y archivo de Disposiciones;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Art. 1°.- Establécese que, a partir del 17 de enero de 2011, deberán utilizar el Módulo SADE- GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES-GEDO como único medio de creación, registro y archivo de Disposiciones, los siguientes organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de Desarrollo Urbano, Ministerio de Ambiente y Espacio Publico, Agencia de Protección Ambiental, Ministerio de Seguridad y Justicia, Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, exceptuando a la Subsecretaria de Atención Ciudadana.
Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Clusellas
La presente norma tiene incorporada la fe de erratas publicada en el BOCBA 3587 del 19/01/2011