RESOLUCIÓN 25 2011 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE LA FECHA EN LA CUAL DISTINTOS ORGANISMO  DEBERÁN UTILIZAR EL MÓDULO SADE- GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES - GEDO -   COMO ÚNICO MEDIO DE CREACIÓN, REGISTRO Y ARCHIVO DE DISPOSICIONES - MINISTERIOS - SECRETARÍAS - AGENCIAS GUBERNAMENTALES

Publicación:

01/02/2011

Sanción:

26/01/2011

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3304, los Decretos N° 589/09, N° 287/10 y N° 6//11 y la Resoluciones N° 138/SECLyT/10 N° 1/SECLyT/11, N° 13/SECLYT/2011, N° 14/SECLYT/2011; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado “Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación”, en el punto 6.2 “Firma Electrónica y Digital”, se dispuso, entre las actividades a desarrollar, la creación de la infraestructura de firma digital y electrónica en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo, se fijó como uno de los objetivos el de “…Agilizar la gestión de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la firma digital”;

Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea como objetivo “Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones”;

Que en ese marco, la Ley plantea, entre otras actividades, “Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y actuaciones”;

Que, con anterioridad a la sanción de la Ley, ya se había iniciado un proceso de de Modernización de la Administración, con la progresiva incorporación de herramientas tecnológicas a los procedimientos administrativos,

Que, en dicho marco, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- y puso en marcha un servicio de plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión;

Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), primero mediante la Resolución N° 96/ SECLYT/09 y, luego, por Resolución N° 138-SECLYT-2010 modificó el “Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas;

Que dicho Reglamento define los tipos de documentación administrativa que utiliza la administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente entre expedientes y actuaciones administrativas;

Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el reglamento para la Generación de Documentos Electrónicos Oficiales- GEDO-;

Que, asimismo, por dicha norma se aprobó el procedimiento para las altas, bajas y modificaciones de usuarios del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos;

Que, en el artículo 3° de la mencionada resolución se estableció que ”…los Documentos Electrónicos Oficiales generados en -GEDO- son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.;”

Que siendo conveniente avanzar en la incorporación de las herramientas tecnológicas a distintos documentos involucrados en los trámites administrativos, mediante Decreto N° 6/11 se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo “GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO” como único medio de creación, registro y archivo de Disposiciones;

Que a fin de sistematizar ordenadamente la implementación antes referida, en dicho decreto se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a establecer las fechas en las cuales los organismos deberán comenzar a utilizar el Módulo “GEDO”, para la creación, registro y archivo de Disposiciones;

Que mediante Resolución 13/SECLYT/2011 esta Secretaría ordenó el reemplazo de los Libros rubricados utilizados para el registro de las Disposiciones llevados en cada Jurisdicción por la utilización del módulo -GEDO- del Sistema de Administración de Documentos Electronicos (SADE), conforme las fechas que dichos organismos deban utilizar dicho módulo para la creación, registración y archivo de Disposiciones.

Que a su vez, por Resolución N°14/SECLYT/2011 se estableció que a partir del 17 de enero de 2011 agunos organismos del Gobierno comenzarían a utilizar el módulo GEDO- del Sistema de Administración de Documentos Electronicos (SADE) como único medio de creación, registro y archivo de Disposiciones y resulta necesario reorganizar la incorporación de más áreas de gobierno para la utilización del mencionado módulo, en forma progresiva;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Art. 1°.- Establécese que deberán utilizar el Módulo “SADE- GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES-GEDO-“ como único medio de creación, registro y archivo de Disposiciones, los siguientes organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las fechas que se establecen a continuación:

A partir del 10 de febrero de 2011:

- Jefatura de Gabinete de Ministros, excepto la Subsecretaría de Atención Ciudadana.

- Ministerio de Desarrollo Urbano

- Ministeriode Desarrollo Económico

- Ministerio de Cultura

- Ministerio de Ambiente y Espacio Público

- Ministerio Educación

- Ministerio de Seguridad y Justicia

- Sindicatura General de la CABA

- Agencia de Sistemas de Información

- Agencia de Protección Ambiental

- Secretaría Legal y Técnica

A partir del 24 de febrero de 2011

- Ministerio de Desarrollo Social

- Ministerio de Hacienda

- Ministerio Salud

- Procuración General

- Agencia Gubernamental de Control

- Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos.

- Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

- Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros

Art. 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 14/SECLYT/2011.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Res. 25-SECLYT-11 establece la fecha en que los organismos del GCBA deben comenzar a utilizar el módulo GEDO del SADE para la generación de Disposiciones.</p>
DEROGA
Res. 25-SECLYT-11 art. 2 Deja sin efecto la Res. 14-SECLYT-11