RESOLUCIÓN 22 2011 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE ESTABLECE FECHA DE INICIO PARA UTILIZAR EL MÓDULO GEDO A DIVERSOS ORGANISMOS A PARTIR DEL 22 DE ENERO DE 2011 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Publicación:
21/01/2011
Sanción:
20/01/2011
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley N° 3.304, los Decretos N° 589/09, N° 287/10 y N° 765//10 y las Resoluciones N° 96/SECLyT/09, 138/SECLyT/10 y 209/SECLyT; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación, en el punto 6.2 Firma Electrónica y Digital, se dispuso, entre las actividades a desarrollar, la creación de la infraestructura de firma digital y electrónica en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que asimismo, se fijó como uno de los objetivos el de Agilizar la gestión de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la firma digital;
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea como objetivo Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que en ese marco, la Ley plantea, entre otras actividades, Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y actuaciones;
Que, con anterioridad a la sanción de la Ley, ya se había iniciado un proceso de de Modernización de la Administración, con la progresiva incorporación de herramientas tecnológicas a los procedimientos administrativos,
Que, en dicho marco, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- y puso en marcha un servicio de plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión;
Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), primero mediante la Resolución N° 96/ SECLYT/09 y, luego, por Resolución N° 138-SECLYT-2010 modificó el Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas;
Que dicho Reglamento define los tipos de documentación administrativa que utiliza la administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente entre expedientes y actuaciones administrativas;
Que siendo conveniente avanzar en la incorporación de las herramientas tecnológicas a distintos documentos involucrados en los trámites administrativos, mediante Decreto N° 287/10 se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo COMUNICACIONES OFICIALES como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;
Que al ser preciso sistematizar ordenadamente los organismos que incorporarán la tecnología mencionada, se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a fijar las fechas en que cada organismo utilizará el módulo COMUNICACIONES OFICIALES, para la creación, comunicación y archivo de las notas y memorandos;
Que, posteriormente, y en aras de continuar con el proceso de modernización administrativa aplicada a los distintos trámites que se gestionan ante el Gobierno de la Ciudad, se dictó el Decreto N° 765/10;
Que por dicha norma se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) el módulo GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-, como medio de creación, registración y archivo de informes y providencias;
Que a fin de proteger los datos de la clave de los usuarios del sistema e impedir su divulgación, por el artículo 2° de dicho decreto se expresó que los informes y providencias confeccionados a través del módulo GEDO, serán firmados con tecnología de firma digital y tienen el mismo valor legal y eficacia jurídica que los informes y providencias en soporte papel;
Que asimismo se estableció por el artículo 3° que los usuarios del sistema serán responsables del resguardo y control de su clave de usuario, debiendo salvaguardar la confidencialidad de los datos e impedir su divulgación;
Que, al ser preciso sistematizar ordenadamente los organismos que incorporarían la tecnología mencionada, por artículo 4° del mencionado decreto, se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a establecer las fechas y los organismos que comenzarán a utilizar el Módulo GEDO;
Que mediante Resolución N° 209/SECLYT/2010 se estableció que, a partir del 29 de Diciembre de 2010, algunos organismos del Gobierno comenzaran a utilizar el módulo GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES-GEDO- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como único medio de creación, registro y archivo de Informes y Providencias y resulta necesario que más áreas de gobierno utilicen el módulo mencionado;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Art. 1°.- Establécese que, a partir del 22 de enero de 2011, deberán utilizar el módulo GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES-GEDO- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como único medio de creación, registro y archivo de Informes y Providencias, los siguientes organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
- Jefatura de Gabinete de Ministros, excepto la Subsecretaría de Atención Ciudadana.
- Ministerio de Desarrollo Urbano
- Ministerio de Ambiente y Espacio Público
- Ministerio de Seguridad y Justicia
Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Clusellas