RESOLUCIÓN 314 2011 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

NORMA DEROGADA - LLAMA  A CONCURSO CERRADO A TODAS LAS UNIDADES DE ORGANIZACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE TITULARES DE LA CARRERA DE PROFESIONALES DE LA SALUD - CARGOS DE DIRECTORES DEL ÁREA TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y ASISTENCIAL - HOSPITAL ÁLVAREZ - HOSPITAL ALVEAR - HOSPITAL ARGERICH - HOSPITAL BORDA - HOSPITAL DURAND - HOSPITAL ELIZALDE - HOSPITAL ELIZALDE - HOSPITAL GUTIERREZ - HOSPITAL LAGLEYZE - HOSPITAL MARÍA CURIE - HOSPITAL MARÍA FERRER - HOSPITAL MOYANO - HOSPITAL MUÑIZ - HOSPITAL DUEÑAS - HOSPITAL RAMÓN CARRILLO - HOSPIAL QUINQUELA MARTÍN - HOSPITAL PASTEUR - HOSPITAL PENNA - HOSPITAL PIROVANO - HOSPITAL RAMOS MEJÍA - HOSPITAL ROCCA - HOSPITAL SANTA LUCÍA - HOSPITAL SANTOJANI - HOSPITAL SARDÁ - HOSPITAL TORNÚ - HOSPITAL UDAONDO - HOSPITAL VÉLEZ SARSFIELD - HOSPITAL ZUBIZARRETA - TALLERES PROTEGIDOS  DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE SALUD - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA - SUBSECRETARÍA DE SISTEMAS DE SALUD

Publicación:

21/02/2011

Sanción:

17/02/2011

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

La Ordenanza N° 41.455 y sus modificatorias, el Decreto reglamentario N° 2.745/87 y sus modificatorios, los Decretos N° 561/10 y 86/11, el Convenio Colectivo de trabajo en el marco de la Comisión Negociadora Paritaria Sectorial GCBA-AMM de diciembre de 2010 y el Expediente N° 209750/2011, y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto N° 561/10 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto N° 2075/07 y sus modificatorios, creándose la Subsecretaria de de Planificación Sanitaria y la Dirección General de Desarrollo y Planeamiento Sanitario dependiente de aquella;

Que asimismo mediante Decreto N° 86/11 el Sr. Jefe de Gobierno ha dispuesto el llamado a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial, en los Establecimientos Asistenciales del Ministerio de Salud y los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, en el Nivel Central del Ministerio de Salud, todos ellos en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario 2.745/87 y modificatorios;

Que resulta necesario fortalecer la calidad institucional y promover la cobertura de cargos a través de procesos concursales que tengan en mira la capacidad técnica y científica de los aspirantes a desempeñar un cargo en la Administración Pública;

Que conforme ello, el mecanismo de concursos redundará en claro beneficio del Sistema Público de Salud, dotando de mayor transparencia a las designaciones que así se produzcan;

Que en tal sentido, y en el marco de la instrucción impartida, este Ministerio da inicio a las gestiones tendientes a concretar el llamado a concurso, dentro de los lineamientos establecidos en el arts. 1.7 y 10°, y del cumplimiento de los requisitos determinados en los art. 3.7.1 inc. d) y e); 3.7.4.2 y 10.1.2 de las citadas normativas;

Que, en ese orden de ideas, se entiende conveniente delegar la facultad de dictar las normas operativas, interpretativas y actos necesarios en las etapas previas a la incorporación y designación de los profesionales de la salud que resulten seleccionados para cubrir los cargos en el concurso que se propicia por los presentes actuados a la Dirección de Planificación y Concursos de la Carrera de Profesionales de la Salud, dependiente de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos;

Por ello, en uso de las facultades que le confiere el art. 10° de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario N° 2.745/87 y modificatorias;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo.1°.- Llámase a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial, en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario 2.745/87 y modificatorios, en los Establecimientos Asistenciales del Ministerio de Salud que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Llámase a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario 2.745/87 y modificatorios, en el Nivel Central del Ministerio de Salud, que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Facúltase a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos de este Ministerio de Salud a dictar las normas operativas, ejecutivas y especificaciones de profesión y perfil para la concreción del presente llamado a concurso.

Artículo 4°.- El llamado a concurso deberá convocarse de acuerdo a los arts. 1.7; 10; 10.1.2; 3.7.1 inc. d) y e) y 3.7.4.2 de la Carrera de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455 y Decreto Reglamentario N° 2.745/87 y modificatorios.

Artículo 5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las carteleras correspondientes de este Ministerio de Salud, dependencias y establecimientos asistenciales para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos de este Ministerio de Salud y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Lemus


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3610

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTADA POR
Disp. 154-11 establece el período para la inscripción a Concurso Cerrado para cubrir cargos de Director en diversas DG del MSGC, aprobado por Res. 314-11
MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 337-MS-11 Deja sin efecto lo dispuesto en el art 3 de la Res 314-MS-11- Art 3 de la Res 337-MS-11 Deja sin efecto el período de inscripción a los Concursos Cerrados establecidos en la Disp 154-DGAYDRH-11- Art 4 establece nueva fecha
DEROGADA POR
Art 1 de la Res 222-MS-12 deja sin efecto el Concurso llamado por Res 314-MS-11