CONVENIO 22 2001 SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO

Síntesis:

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO Y LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO DE LA U.B.A. (FADU) PARA LA OBRA "CORREDOR VERDE DEL OESTE", 2A ETAPA.

Publicación:

11/12/2001

Sanción:

28/11/2001

Organismo:

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO


Entre la Secretaría de Planeamiento Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante "LA SECRETARÍA", con domicilio en Carlos Pellegrini 211, 8° Piso, de esta Ciudad, representada por su Secretario Arq. Enrique García Espil, por una parte, y la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo dependiente de la Universidad de Buenos Aires, en adelante "LA FACULTAD", con domicilio en Ciudad Universitaria, Pabellón III, 4° Piso, de esta Ciudad, representada por su Decano, Arq. Berardo Dujovne, por la otra, acuerdan el presente convenio específico, anexo al Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Universidad de Buenos Aires, con fecha 11/3/97, registrado con el N° 5/97 (B.O.C.B.A. N° 161), y al Convenio Marco entre la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, de fecha 18/3/97, registrado por Resolución N° 117-SPUyMA-97, que las partes manifiestan conocer y que estará sujeto a los siguientes considerandos y cláusulas:

CONSIDERANDOS:

Que "LA SECRETARÍA" requiere continuar con una 2° etapa de propuestas del sector urbano denominado Corredor Verde del Oeste, con el fin de profundizar los estudios realizados para su posterior implementación en obra pública;

Que la Universidad Nacional de Buenos Aires, consultora preferencial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra en condiciones de brindar la asistencia necesaria, sobre la base del excelente nivel académico del plantel docente y técnico de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo;

Que resulta oportuno y conveniente para "LA SECRETARÍA" contar con la asistencia de dicha casa de altos estudios.

CLÁUSULAS:

PRIMERA: OBJETO:

En virtud de las necesidades detectadas en la 1° etapa, el presente convenio comprende:

1. Losas de cerramiento ("tapas"). Confección del Pliego de Licitación para la construcción de las losas de cerramiento - obra de soterramiento del FFCC Sarmiento.

Tareas a realizar

Serán todas las necesarias para la confección de la Ingeniería Básica para la licitación prevista para la adjudicación de la obra de referencia: Corredor Verde del Oeste desde Sánchez de Bustamante a Gascón, de Gascón a Campichuelo y desde Campichuelo hasta Hidalgo.

A manera informativa se detallan las tareas a realizar divididas en los siguientes ítems:

a) Plan altimétrico

- Se deberá confeccionar un relevamiento del área:

Estado actual.

Estudio de los muros existentes, tapas laterales, y su viabilidad para ser usadas como apoyos de las nuevas losas.

Niveles topográficos existentes: fondo trinchera, nivel de calles de borde, nivel de los terrenos de bordes, nivel de los puentes.

- 18 perfiles de nivelación transversal con siete puntos.

- Perfil longitudinal con individualización progresiva de los perfiles.

b) Estructura resistente - influencia básica

- Verificación de la resistencia de los muros existentes.

Relevamiento de las situaciones de coronamiento de muros, para el proyecto de los distintos tipos de apoyo de cubierta del túnel.

Relevamiento de los espesores de muros, materiales, características de los suelos linderos (no incluye estudios de suelos), cargas de muros, en el caso que hubiese que reforzar los mismos.

- Proyecto y cálculo de estructuras resistentes, para completar y ampliar puentes existentes. Cantidad 13 puentes.

Medidas aproximadas de 30m x 20m.

Total aproximado de m², 600 ml x 13 = 7.800 m²

- Proyecto y cálculo de estructura resistente para cubrir el corredor en varios tramos:

Tramo A:

Losa con maceteros, escalonadas en los extremos desde los puentes.

A1. Medidas aproximadas promedio, 100 m x 20 m. Cantidad: 6.

A2. Medidas aproximadas promedio, 200 m x 20 m. Cantidad: 2.

Total aproximado de metros lineales, 1.000 ml.

Total aproximado de metros², 1.000 ml x 20 m = 20.000 m²

Tramo B:

Losa con césped, escalonadas en los extremos desde los puentes.

Espesor de la capa de tierra aproximadamente 0.30 m.

Medidas aproximadas promedio de 100 m x 20 m. Cantidad: 1.

Total aproximado de metros lineales, 100 ml.

Total aproximado de metros², 100 ml x 20 = 2.000 m².

Pliego de especificaciones técnicas generales y particulares.

c) Solados

- En puentes:

Sector peatonal, sobre losa nueva.

Sector calle vehicular, sobre puente existente.

-En calle Venancio Flores:

Tramo calle existente desde Río de Janeiro a Campichuelo.

Tramo calle existente desde Acoyte a Hidalgo.

-Tramo calle nueva sobre terraplén existente desde Eleodoro Lobos a Acoyte.

- En bicisenda:

Tramo desde Sánchez de Bustamante a Gascón.

Tramo desde Campichuelo hasta Hidalgo.

- En caminos peatonales:

Tramo de Acoyte a Hidalgo.

- En plazas sobre las losas nuevas Tipo A incluyendo los maceteros.

d) Mobiliario urbano

-Tratamiento para la conservación del equipamiento urbano a preservar.

- Teléfonos públicos.

- Bolardos.

- Bancos.

- Parador con bancos y cubierta.

- Casillas de seguridad.

- Elemento para publicidad.

- Semáforos.

- Desagües, badenes, alcantarillas.

- Bordes de arbolados.

- Soporte de la señalización.

e) Señalización

Tipos a desarrollar.

- Orientadora.

- Informativa.

- Direccional.

- Indentificativa.

- Reguladora.

Se realizará un estudio para poder evaluar diseño, costos y mantenimiento futuro, determinando:

- Tamaño.

- Posición en relación al campo visual.

- Iluminación ambiental.

- Color.

- Simbología.

- Texto.

f) Iluminación

Se realizará un estudio de iluminación, para poder evaluar luxes, diseño, costos. Tipos a desarrollar:

- Columnas múltiples.

- Apliques.

- Suspendida.

- Sobre piso.

g) Paisaje

- Relevamiento de la vegetación existente en zonas afectadas por la traza del ferrocarril.

- Desarrollo del proyecto de parquización.

- Cómputo de la vegetación.

- Presupuesto estimativo de la propuesta de parquización.

- Definición de las áreas de equipamiento comunitario.

- Cubierta vegetal (profundidad, tipos de especies vegetales).

- Red Corredor Verde del Oeste, la integración del corredor al sistema de parques urbanos.

h) Cómputo métrico y presupuesto

Se realizará un cómputo métrico y un presupuesto estimativo que incluya el estudio de cada uno de los componentes que forman parte de este proyecto.

Estructura Resistente, Solados, Mobiliario Urbano, Señalética, Iluminación, Paisaje.

i) Documentación a entregar

De todas estas tareas se realizará la Ingeniería Básica, para poder realizar la Licitación correspondiente. En el pliego se solicitará la realización de la Ingeniería de Detalle a la empresa adjudicataria.

j) Pliego

Se confeccionará un pliego de especificaciones técnicas para la licitación correspondiente y se colaborará con el profesional del GCBA que confeccione el Pliego de condiciones, para que finalmente todo lo elaborado conforme una unidad.

2. Costo de la operación ferroviaria.

Esta colaboración estará orientada a la ingeniería del proyecto, en particular en lo referente a la definición del método constructivo que permita asegurar la prestación permanente del servicio ferroviario durante la ejecución de las obras.

Asimismo estará relacionada con otros aspectos de la ingeniería del proyecto en lo relativo a soluciones constructivas y las exigencias de los sistemas ferroviarios sobre lo cual se efectuarán recomendaciones para su optimización.

Finalmente se definirán criterios acerca de las relaciones funcionales entre las nuevas estaciones ferroviarias y los centros de transbordo existentes a nivel, de modo de orientar su refunciona-lización y ordenamiento.

A continuación se detallan las tareas a encarar:

a) Análisis del proyecto desde el punto de vista del concesionario.

1. Análisis conceptual de obras temporarias de vía necesarias para permitir la ejecución de las obras.

2. Identificación de tareas a realizar por parte del concesionario que pueden afectar el ritmo de las obras si no se resuelven antes de comenzar las tareas.

3. Estimación de costos del proyecto ferroviario (infraestructura vía, señales, etc.).

4. Asesoramiento al equipo de arquitectura sobre temas relacionados con el funcionamiento de las nuevas estaciones y centros de transbordo.

b) Análisis del proyecto de obras civiles.

1. Análisis de proyecto estructural propuesto para el túnel/trinchera (no incluye estaciones.

2. Análisis de método constructivo previsto (teniendo en cuenta el ferrocarril).

3. Revisión conceptual del presupuesto de obra civil.

4. Identificación de ítems faltantes o con precios fuera de mercado.

c) Informe final

1. Conclusiones del análisis.

2. Presupuesto de las obras ajustado.

3. Recomendaciones sobre aspectos que deben ser estudiados con mayor profundidad.

SEGUNDA: REPRESENTANTES:

A fin de establecer canales permanentes y fluidos de comunicación, ambas partes, podrán designar representantes. Los representantes designados acordarán los detalles finales de la publicación. A tal efecto "LA SECRETARIA" designa al Arq. Jorge Iribarne y al Arq. Heriberto Allende. La representación de "LA FACULTAD" la ejercerá la Secretaría de Posgrado y Relaciones Institucionales.-

TERCERA: PLAZOS DE EJECUCIÓN - INFORMES:

"LA FACULTAD" se compromete a entregar a los representantes de "LA SECRETARÍA" dos Informes de Avance dentro de los treinta (30) y los sesenta (60) días, del comienzo de las tareas. El Informe Final se entregará a los noventa (90) días del comienzo de las tareas, juntamente con la impresión y edición de 150 ejemplares y 4 juegos de paneles de 1.00 x. 070.m.

Una copia del Informe Final y un ejemplar deberán presentarse en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de "LA SECRETARÍA".

CUARTA: RECURSOS HUMANOS:

Las tareas establecidas en este acuerdo no podrán afectar las actividades científicas y académicas de los profesores e investigadores de la Universidad de Buenos Aires involucrados.

QUINTA: REUNIONES DE TRABAJO:

Se acordarán reuniones de trabajo entre el representante de "LA SECRETARÍA", mencionado en la cláusula segunda, y el equipo de trabajo encargado de desarrollar el estudio objeto del presente convenio.

SEXTA: PRESUPUESTO - FORMA DE PAGO:

Monto total por todo concepto es de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000). El presente monto incluye los contratos de los profesionales asignados, los materiales para la producción del proyecto y otros gastos.

Forma de Pago:

- 50% del monto total, pesos setenta y cinco mil ($ 75.000) dentro de los treinta (30) días de la firma del convenio.

- 25% del monto total, pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500) dentro de los treinta (30) días de aprobado por los representantes de "LA SECRETARÍA" el Informe de Avance descripto en la cláusula TERCERA.

- 25% del monto total, pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500) dentro de los treinta (30) días de aprobado por "LA SECRETARÍA" el Informe Final descripto en la cláusula TERCERA.

SÉPTIMA: FACTURACIÓN:

Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P) y presentadas en original y una copia en el Centro Único de Recepción de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General Contaduría sita en Avda. Belgrano 852, P.B., de esta Ciudad de Buenos Aires, dentro del horario de 9:30 a 15:30 horas o en el lugar donde oportunamente se indique; juntamente con una copia autenticada del presente convenio y la conformidad expresa de "LA SECRETARÍA". Junto con la presentación de facturas deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Texto Art. 1° de la Ordenanza N° 33.588 (B.M. N° 15.541)), conforme a lo dispuesto en el Art. 3° de la Ordenanza N° 33.440 (B.M. N° 15.493 - A.D. 350.29). En cada una de las facturas que se presenten deberá consignarse el número de inscripción del impuesto sobre los Ingresos Brutos, a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza N° 40.434 (B.M. N° 17.460 - A.D. 350.30).

De tratarse de un contribuyente exento, se deberá adjuntar la documentación que avale tal condición. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires depositará los montos establecidos en la cláusula precedente en la Cuenta Corriente N° 25988/4 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, que "LA FACULTAD" tiene abierta en cumplimiento de lo dispuesto por la Ordenanza N° 52.236 - Decreto N° 1.616-GCBA-97 (B.O.C.B.A. N° 329) y Decreto N° 1.693-GCBA-97 (B.O.C.B.A. N° 337), CUENTA ÚNICA DEL TESORO.

OCTAVA: DURACIÓN:

El presente convenio tendrá una duración de tres (3) meses a partir de la fecha de inicio de las tareas, la que se tendrá como válida a partir de la firma del presente convenio.

NOVENA: DOCUMENTACIÓN EN PODER DE "LA SECRETARÍA":

"LA SECRETARÍA" pondrá a disposición de "LA FACULTAD" la documentación, antecedentes y todos aquellos elementos que posea, que sean considerados necesarios por "LA FACULTAD" para la ejecución de los programas de trabajos derivados del presente convenio, con anterioridad a su iniciación. "LA FACULTAD" queda eximida de toda responsabilidad por la ejecución fuera de término de cualquiera de las prestaciones u obligaciones asumidas, que requieran para su cumplimiento de documentación, antecedentes y o elementos que "LA SECRETARÍA" no le remita oportunamente.

DÉCIMO : PROPIEDAD INTELECTUAL:

Si en virtud del presente convenio se obtuviesen resultados utilizables comercialmente o que constituyan fuentes de recursos económicos, sin perjuicio del reconocimiento de los autores, su utilización y explotación será establecida entre ambas partes. Los resultados de los trabajos que se realicen, podrán ser publicados siempre que conste en dichas publicaciones que dichos resultados surgieron a consecuencia del presente convenio. En cualquier publicación o documento producido unilateralmente, se deberá mencionar a sus autores, así como su grado de participación. Las partes deberán dejar constancia de la colaboración prestada por la otra; sin que ello signifique responsabilidad alguna para ésta, respecto del contenido de la misma.

DÉCIMO PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:

El presente convenio podrá ser denunciado, sin expresión de causa alguna, por las partes y mediante la notificación escrita efectuada con una anticipación no menor de treinta (30) días. Esta denuncia no dará derecho a reclamo alguno para ninguna de las partes, quienes acuerdan que cualquier divergencia derivada del presente convenio, será sometida a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Buenos Aires, constituyendo domicilios especiales en los indicados en el encabezamiento del presente; dejando constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberán ser realizadas en Uruguay 440, 2° Piso, Of. "27" conforme a lo establecido por el Decreto N° 3.758/85 (B.M. N° 17.540 - A.D. 280.4) y Oficio N° 868-CSJN-87, y Decreto N° 294-GCBA-97 (B.O.C.B.A. N° 168).

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares (el primero para el registro de "LA SECRETARÍA", el segundo para el registro de "LA FACULTAD", y el tercero para su remisión a la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento del Dto. N° 8.258-MCBA-88 y la Resolución N° 2-SSLyT-95), del mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de noviembre del año 2.001.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Convenio Específico SPU-FADU.
REFERENCIA
La Cláusula Séptima del Convenio 22 referencia al Artículo 1° de la Ordenanza 33.588
REFERENCIA
La Cláusula Séptima del Convenio 22 referencia al Decreto N° 1616.
REFERENCIA
La Cláusula Séptima del Convenio 22 referencia al Artículo 3° de la Ordenanza 33440