ORDENANZA 33588 1977
Síntesis:
MODIFICA INCISO B) DEL ARTÍCULO 2° DE LA ORDENANZA N° 33.440/77
Publicación:
16/06/1977
Sanción:
13/06/1977
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
13/06/1977
Visto el expediente N° 30.636/77, por el cual se propicia la modificación del inc. b), del Art. 2°, de la Ordenanza N° 33.440 (B.M. número 15.493), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante dicha norma se estableció que los contratistas y proveedores de esta Municipalidad, al presentar facturas para su cobro, deberán hacerlo acompañando el comprobante de pago correspondiente al último vencimiento del Impuesto por el Ejercicio de Actividades con Fines de Lucro o sobre los Ingresos Brutos, según corresponda;
Que, teniendo en cuenta que dicha documentación se extiende exclusivamente al contribuyente y, que tratándose de un comprobante original, debe conservarlo en su poder para proceder, cuando las circunstancias lo requieran, a acreditar el cumpliminto de su obligación fiscal, resulta conveniente modificar el requisito exigido, aceptando en su reemplazo una fotocopia de debidamente autenticada, en la que se deberá verificar que la fecha de pago del gravamen, corresponda a la del vencimiento establecido para cada categoría;
Por ello, atento lo aconsejado por la Secretaría de Economía y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 21.314 (B.M. N° 15.270) y su modificatoria N° 21.557 (B.M. N° 15.500),
Artículo 1° - Modificase el inciso b), del artículo 2°, de la Ordenanza N° 33.440 (B.M. N° 15.493), el que quedará redactado en la siguiente forma:
Inc. b) Junto con la presentación de facturas, deberá acompañar la fotocopia debidamente autenticada, del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento del impuesto por el Ejercicio de Actividades con fines de Lucro, o sobre los Ingresos Brutos, según corresponda.
Art. 2° - Dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Suministros.