RESOLUCIÓN 1058 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

MODIFICA   EL DECRETO ORDENANZA  10.407-47 -  ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - INVIERTE   MANO ÚNICA  - TRAMOS DE CALLES -  ESPINOSA  DESDE AV. RIVADAVIA HASTA YERBAL  -  VÍCTOR MARTÍNEZ -  DESDE JOSÉ BONIFACIO HASTA AVENIDA RIVADAVIA 

Publicación:

28/12/2001

Sanción:

14/12/2001

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Registro N° 408/SSTyT/2001 caratulado Expediente N° 74.563/2001 mediante el cual la Cámara de Empresarios del Transporte Automotor de Personas (C.E.T.A.P.) hace referencia a los inconvenientes que plantea al desenvolvimiento de las líneas números. 26, 103 y 180 la circulación por la calle Emilio Mitre de las formaciones de la Línea A de subterráneos y solicita se estudie una vía alternativa, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 38/SSTyT/95, la cual no fue implementa-da, encuentra aprobado un reordenamiento circulatorio tendiente a optimizar la fluidez del tránsito proveniente del norte a través de la calle Rojas cruzando el ferrocarril Sarmiento y del este por Avenida Rivadavia el que actualmente se concentra únicamente en la calle Centenera;

Que dicho ordenamiento contempla la inversión del sentido circulatorio de la calle Nicolás Repetto de Yerbal a Avenida Rivadavia de sur a norte y la apertura de la plazoleta central de Primera Junta con lo cual se logra continuar hacia el sur por la calle Cachimayo, como así también el giro a la izquierda del tránsito que proviene del este por Avenida Rivadavia;

Que lo solicitado se contrapone a lo descripto precedentemente, considerándose que lo aprobado brinda solución al tránsito que proviene del Norte y se encuentra demorado en el cruce de las vías del ferrocarril Sarmiento;

Que en un plano del sector puede observarse que la calle Cachimayo corre paralela a la derecha de Emilio Mitre y sólo se vinculan en Valle, pues, las siguientes (Hualfin y J. B. Alberdi), son contramano y que tampoco resultaría conveniente concretar un cambio de mano desde José Bonifacio ya que ésta también es contramano y el uso como escape de la Avenida Pedro Goyena obligaría a un giro a la izquierda sobre la Avenida, en infracción a las normas vigentes;

Que al realizarse un análisis de la problemática expuesta se estudiaron distintas variantes hasta lograr una medida factible para dar solución a la misma, consistente en invertir el sentido de circulación de la calle Víctor Martínez entre Avenida Rivadavia y José Bonifacio, como así también de su continuación, o sea, Espinosa entre Avenida Rivadavia y Yerbal;

Que así se logrará que según la ubicación del tramo congestionado los automovilistas y servicios de transporte se desvíen por José Bonifacio, por Avenida Pedro Goyena, por Hualfin o por Avenida Juan B. Alberdi para continuar por Víctor Martínez evitando afectar los proyectos preestablecidos para la calle Cachimayo, como aliviadora de Del Barco Centenera y continuadora de la calle Repetto;

Que ese tramo de la calle Víctor Martínez carece de medios de transporte de pasajeros por lo que la medida propiciada no afectará a ninguna prestataria del sistema, siendo de mencionar, por otra parte, que la puesta en práctica será concretada previa comunicación a la comunidad de la fecha de aplicación del nuevo sentido;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y a la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, invirtiéndose la mano única a los siguientes tramos de arteria en la forma que se indica:

- Espinosa, desde Avenida Rivadavia hasta Yerbal de sur a norte.

- Víctor Martínez, desde José Bonifacio hasta Avenida Rivadavia de sur a norte.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las Cámaras de Empresarios del Transporte Automotor de Personas, Empresaria de Autotransporte de Pasajeros y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Art. 1 Disp. 195-DGTYT-02 Implementa Res. 1058-SOYSP-01. Calles de mano única: Fija día y hora de implementación.
MODIFICA
Res. 1058-SOYSP-01 asigna sentido único de circulación tramo calles Espinosa y Víctor Martínez, modifica Dec. Ord. 10407-47
MODIFICADA POR
Res. 1043-SOYSP-02 prorroga alcances de la Res. 1058-SOYSP-01
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1320 modifica los términos del texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, asignando o invirtiendo la mano única a Espinosa y Víctor Martínez, previamente establecido por Resolución 1058-SOYSP-01.</p>