DISPOSICIÓN 115 2011 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN DE PERFILES Y USUARIOS BAC DE ORGANISMOS CONTRATANTES - MINISTERIO DE HACIENDA - DIRECCIÓN GENERAL COMPRAS Y CONTRATACIONES - SISTEMA ELECTRÓNICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES CREANDO EL PORTAL WWW.BUENOSAIRESCOMPRAS.GOB.AR - PROCEDIMIENTO DE AUTENTICACIÓN DE LOS USUARIOS DE LOS PROVEEDORES DE BUENOS AIRES COMPRAS

Publicación:

13/05/2011

Sanción:

03/05/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Estado:

No vigente


VISTO:

la Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/2008, el Decreto N° 1145/GCABA/09 Reglamentario del Art. 83 de la Ley 2095, la Resolución N° 596/MHGC/2011, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 2095 promulgada por Decreto 1.772/06 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 establecen como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que mediante la citada ley se establecen entre las funciones del Órgano Rector “… b) Proponer el dictado de normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas y complementarias en la materia. c) Recopilar, ordenar y mantener actualizada la normativa vigente sobre las contrataciones del Sector Público de la Ciudad. … Proponer manuales de normas y procedimientos. …” (Art. 18 Ley 2095);

Que el artículo 83 de la Ley 2095 instaura una nueva modalidad, electrónica, para el desarrollo de las compras y contrataciones al decir que “Todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso.” prescribiendo que la reglamentación establecerá la regulación integral de las contrataciones informatizadas;

Que Ley 2095 en su cláusula transitoria primera refiere que “La reglamentación establecerá la regulación integral de las contrataciones informatizadas…”;

Que el Artículo 83 del Decreto 754/GCABA/2008 refiere que “El Órgano rector debe elaborar e implementar los procedimientos necesarios a efectos de que los sistemas informáticos se adecuen a los requerimientos de la presente reglamentación, y a la vez de solicitar el desarrollo o modificaciones de los sistemas electrónicos que considere necesarios, a fin de abarcar a través de su aplicación todas las instancias y actos administrativos del proceso.”

Que por Decreto N° 1145/GCABA/2009 se aprobó la reglamentación del Art. 83° de la Ley N° 2095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones creando el portal www.buenosairescompras.gob.ar, designándose al Ministerio de Hacienda como Autoridad de Aplicación del presente Decreto;

Que mediante Resolución N° 596/2011 del Ministerio de Hacienda se han aprobado tanto las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, como el Procedimiento de Autenticación de los Usuarios de los Proveedores de Buenos Aires Compras (BAC), de aplicación obligatoria para todos los usuarios de los proveedores que participen en los procesos de adquisiciones y contrataciones electrónicas, delegándose en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, la facultad de elaborar y aprobar el procedimiento de Administración de Perfiles y Usuarios Compradores de BAC dependientes del GCABA;

Que, considerando que el funcionamiento del sistema se basa en la interacción de “Usuarios” de las partes involucradas, sea los Organismos de Gobierno que procedan a instar los procedimientos de compras y contrataciones, como quienes deseen constituirse en proveedores de bienes y servicios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que el Procedimiento de Autenticación de los Usuarios de los Proveedores de Buenos Aires Compras (BAC), ya ha sido aprobado; esta Autoridad se ha avocado a la labor de definir los destinatarios de la administración de perfiles y usuarios, el procedimiento que se establezca y sus objetivos, las responsabilidades, el alcance, los documentos electrónicos a utilizar, la información necesaria para el alta de usuarios, para la baja de cuentas, la para la rehabilitación de usuarios bloqueados, para el caso de olvido de contraseña de acceso, etc;

Que se ha desarrollado un procedimiento en pos de reportar seguridades mínimas al Organismo comprador a quien representa el usuario, como a los proveedores de bienes y servicios interesados en contratar con el GCABA, quienes se relacionan a través del BAC;

Que el ideado se ha concebido como un procedimiento ágil y sencillo de inscripción, registro y autenticación de usuarios de las Unidades Operativas de Adquisiciones, que brinde certidumbre a la actuación desplegada desde el Gobierno como a la información ingresada al BAC, respondiendo a las exigencias de veracidad de lo comunicado y de transparencia en la gestión;

Que en mérito a todo lo expuesto, siendo que el establecimiento del procedimiento de administración de usuarios del Gobierno es esencial para el desarrollo, el óptimo funcionamiento y utilización del portal denominado Buenos Aires Compras, en ejercicio de sus prerrogativas

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1° - Apruébase el “Procedimiento de Administración de Perfiles y Usuarios BAC de los Organismos Contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.”, que como Anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de 3 (tres) días y en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese y remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Greco


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3663

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Dispos. 302-DGCYC-13 deja sin efecto la Dispsoc. 115-DGCYC-11 Procedimiento de Administración de Perfiles y Usuarios BAC de los Organismos Contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 115-DGCYC-11<strong> (DEROGADA) </strong>aprueba el Procedimiento de Administración de Perfiles y Usuarios BAC, implementado por Decreto 1145-09.</p>