RESOLUCIÓN 4405 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DESESTIMA VERIFICACIÓN DE CRÉDITO INTERPUESTA POR LA FIRMA ANTONIK PERFORACIONES DE MARIO ROBERTO ANTONIK

Publicación:

11/02/1999

Sanción:

04/11/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 2.004-CVD ex MCBA-97 y,

CONSIDERANDO:

Que por dicho Registro, en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96 y dentro del plazo establecido por el Decreto N° 1.480-GCBA-97, la firma Antonik Perforaciones de Mario Roberto Antonik, gestionó la verificación de un presunto crédito por la suma de pesos seis mil ocho con 12/00 ($ 6.008,12) -saldo pendiente de pago- por la perforación entubada, con filtros de acero inoxidable de 80.000 litros de agua/h en el Parque Dorrego,

Que la Dirección General de Contaduría no verificó la acreencia pretendida habida cuenta de los antecedentes administrativos agregados,

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas informó que los saldos de marras debieron ser abonados en su totalidad, al amparo de la autorización de fondos acordada por Resolución N° 2.480-SHyF-92 y que las prestaciones relacionadas con el reclamo fueron realizadas durante la vigencia del mentado acto administrativo,

Que por ello y ante la inexistencia de deuda exigible corresponde no hacer lugar a la verificación intentada,

Que así lo han entendido la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires las intervenciones formalizadas el 21 de octubre de 1998 y el 26 de agosto de 1998, respectivamente, en cumplimiento de lo estipulado por los Arts. 7° y. 8° del Decreto N° 225-GCBA-96,

Por ello, y en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Desestímase la verificación de crédito interpuesta por la firma Antonik Perforaciones de Mario Roberto Antonik, en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 2° Notifíquese a la interesada.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y Contaduría.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
RATIFICADA POR
Dec. 1921-00 desestima el recurso presentado contra la Res. 4405-SHyF-98 ratificándola en todos sus términos