RESOLUCIÓN 954 2011 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

INCORPORA LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) “BUENOS AIRES CAPITAL MUNDIAL DEL LIBRO 2011” A LOS ANEXOS I, II Y III DE LA RESOLUCIÓN N° 149-MHGC-11 - RÉGIMEN DE FONDOS DE CAJA CHICA COMÚN -  SUBSECRETARÍA DE CULTURA

Publicación:

23/06/2011

Sanción:

15/06/2011

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

El Decreto N° 67/10, reglamentado por las Resoluciones N° 51-MHGC-10 y N° 149-MHGC-11 y modificatorias, el Decreto N° 146/10 y el Expediente N° 351.495/11, y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de la referencia, el Ministerio de Cultura solicita que la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Buenos Aires Capital Mundial del Libro 2011”, dependiente de la Subsecretaría de Cultura, sea incorporada al régimen del Decreto N° 67/10 y su reglamentación, a los efectos de poder afrontar los gastos corrientes que hacen a las diversas actividades que la misma debe desarrollar diariamente;

Que dicha UPE fue creada mediante Decreto N° 146/10, bajo la órbita de la Secretaría de Cultura, designándose a su responsable “con rango, remuneración, responsabilidades y facultades equivalentes a Director General” (art. 4°);

Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos bajo el sistema de caja chica o con sujeción al sistema de compras y contrataciones, con destino a las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que constituyen Unidades de Organización o que, sin serlo, sean expresamente incorporadas por el Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 7° del Anexo I de la referida norma establece que esta Jurisdicción fija, entre otros ítems, los montos de las cajas chicas comunes y los importes máximos de gastos por comprobante;

Que en el artículo 2° de la Resolución N° 149-MHGC-11 se incorporan al citado régimen de fondos diversas reparticiones que no constituyen Unidades de Organización, siendo enumeradas en el Anexo I de la misma;

Que en el artículo 3° de la mencionada Resolución se disponen los montos de las cajas chicas comunes para las diversas reparticiones del Gobierno, los que obran en el Anexo II de dicho acto administrativo;

Que su artículo 4° determina los importes máximos por comprobante conforme el Anexo III de la Resolución indicada;

Que el Sr. Subsecretario de Gestión y Administración Financiera presta su expresa conformidad con el pedido en cuestión, razón por la cual se entiende procedente incorporar a la mencionada UPE al régimen de caja chica común, asignándosele los montos correspondientes.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/10,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórase a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Buenos Aires Capital Mundial del Libro 2011”, dependiente de la Subsecretaría de Cultura del Ministerio de Cultura, a los Anexos I, II y III de la Resolución N° 149-MHGC-11, teniéndose por ampliada la misma en tal sentido.

Artículo 2°.- Fíjase en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) el monto de la caja chica común correspondiente a la repartición mencionada en el artículo precedente, teniéndose por ampliado en tal sentido el Anexo II de la Resolución N° 149-MHGC-11.

Artículo 3°.- Fíjase en la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000) el monto máximo de gastos por comprobante relativo a la caja chica indicada, teniéndose por ampliado en tal sentido el Anexo III de la Resolución N° 149-MHGC-11.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Cultura y a la Dirección General de Contaduría y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. N° 954-MHGC-11 incorpora a la UPE Buenos Aires Capital Mundial del Libro 2011 al régimen de caja chica común, en el marco del Decreto N° 67-10
MODIFICA
Res. N° 954-MHGC-11 amplía la Res. N° 149-MHGC-11, incorporando la UPE Buenos Aires Capital Mundial del Libro 2011, al régimen de caja chica común que estipula dicha norma - Anexos I, II y III