RESOLUCIÓN 250 2011 SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Síntesis:

OTORGA RECONOCIMIENTO PARA SU FUNCIONAMIENTO A BACHILLERATOS POPULARES DE JÓVENES Y ADULTOS - 2 DE DICIEMBRE - CASA ABIERTA - GERMÁN ABDALA - 20 FLORES - DARÍO SANTILLÁN BARRACAS

Publicación:

19/07/2011

Sanción:

13/07/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA


VISTO:

El Expediente N° 1.159.140/11, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, establece en su artículo 13 que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce, autoriza y supervisa el funcionamiento de instituciones educativas de gestión privada, confesionales o no confesionales, de gestión cooperativa y de gestión social;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avala el derecho social a la educación por constituir un pilar fundamental de su gestión, reconociendo en las instituciones de gestión social la loable labor desarrollada, que se trasunta en la gratuidad de sus servicios y la atención de sectores de la población en situación de vulnerabilidad social;

Que dichas instituciones son impulsadas y autogestionadas por organizaciones sociales, asociaciones civiles sin fines de lucro, fábricas y/o empresas recuperadas, o cooperativas que adecuen su funcionamiento en base a una propuesta educativa centrada en la pedagogía de la Educación Popular y que en relación con el nivel secundario se los ha denominado “Bachilleratos Populares de Jóvenes y Adultos“;

Que este Ministerio de Educación mediante las Resoluciones N° 669/MEGC/08 y N° 528/MEGC/2010 reconoció el funcionamiento de distintas instituciones con el carácter de Bachilleratos Populares que brindan educación integral a jóvenes, adultos y adultos mayores, atendiendo sus necesidades educativas y reconociendo los saberes socialmente productivos;

Que han surgido nuevas instituciones de gestión social, tales como el Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos “2 de Diciembre“, el Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos “Casa Abierta“, el Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos “Germán Abdala“, el Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos “20 Flores“, y el Bachillerato Popular de Jóvenes y Adultos “Darío Santillán-Barracas“;

Que dichas instituciones, y las que en el futuro se constituyan, deben inscribirse en el Registro creado por Resolución N° 279/MEGC/2010 en el ámbito de la Dirección General de Planeamiento Educativo;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo, a fin de que dichas instituciones adopten los mecanismos legales, de acuerdo con la normativa vigente, que garanticen el cumplimiento de pautas generales establecidas por el Estado, que es quien, en definitiva, acredita, evalúa, regula y controla su gestión, de modo indelegable;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR

Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase reconocimiento para su funcionamiento a los Bachilleratos Populares de Jóvenes y Adultos, cuya nómina se indica en el Anexo, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Establécese que los Bachilleratos Populares reconocidos en el artículo 1, deberán completar inscripción en el Registro de Bachilleratos Populares creado por Resolución N° 279/MEGC/2010 en el ámbito de la Dirección General de Planeamiento Educativo.

Artículo 3.- Determínase que las propuestas educativas de los Bachilleratos Populares mencionados, deberán ajustarse a los lineamientos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el personal docente que se desempeñe en dichas instituciones, deberá poseer los títulos exigidos por la normativa vigente.

Artículo 4.- Establécese que el reconocimiento para su funcionamiento, no implica el otorgamiento automático ni retroactivo de aporte estatal ni de su financiamiento por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, y a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese. Ravaglia


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res. 238-SSIEYCP-11 Establece que los Bachilleratos Populares creados, deberán completar inscripción en el Registro de Bachilleratos Populares creado por Res. 279-MEGC-10
INTEGRADA POR
Dto. 406-11 establece que los bachilleratos reconocidos por Res. 250-11 funcionarán como Unidades de Gestión Educativa Experimental