DISPOSICIÓN 2 2011 UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR PLANOS SEGÚN LEY 2189 - ESCUELAS DE GESTIÓN PRIVADA ELÉCTRICAS - ELECTROMECÁNICAS - TÉRMICAS - SANITARIAS - ESCUELAS SEGURAS - OBRAS NUEVAS - REGLAMENTACIONES
Publicación:
05/08/2011
Sanción:
28/07/2011
Organismo:
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA
VISTO:
Las Leyes N° 2189 y N° 2522; el Decreto N° N° 538/09, la Resolución N° 6269-MEGC-MJYSGC/09, las Disposiciones N° 1-UERESGP/2010 y N° 3-UERESGP/2010 y los Dictámenes PG N° 075889/10 y N° 083957/10, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas leyes se estableció el Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada;
Que el Decreto N° 538/09 ha facultado a la Unidad Ejecutora a determinar los circuitos y procedimientos necesarios para la implementación del Régimen a su cargo;
Que, la Unidad Ejecutora, en cuanto de autoridad de aplicación, se encuentra facultada para interpretar las normas respecto de su aplicación a los casos particulares;
Que la Disposición N° 1-UERESGP/2010 reglamentó la presentación de planos establecida en el artículo 16 del Decreto N° 538/09 a los fines de ser tenidos en cuenta con los alcances allí definidos;
Que la Disposición N° 3-UERESGP/2010 aclaró y especificó los alcances del sellado otorgado a dichos planos por parte de la Unidad Ejecutora;
Que a los fines de posibilitar las adecuaciones progresivas de los edificios escolares que se encuentren en funcionamiento prevista en el marco de la plataforma de escuelas seguras resulta necesario especificar los procedimientos a seguir tanto por las instituciones educativas como por las distintas áreas involucradas;
Que conforme lo dictaminado por la Procuración General las disposiciones de la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada resultan vinculantes para los organismos que la componen;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por artículo 8° de la Ley N° 2.189 y del artículo 13 del Decreto 538/09.
Por ello,
Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento que como Anexo I forma parte integrante de la presente disposición y registrado en GEDO como DI-2011-01193554-UERESGP.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.