DISPOSICIÓN 22 2011 DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS

Síntesis:

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS - MODIFICA  LA DISPOSICIÓN 8-DGSEGUROS-10  - CONTRATACIÓN DE SEGUROS - TÉRMINOS Y PLAZOS OPERATIVOS

Publicación:

12/08/2011

Sanción:

04/08/2011

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS


VISTO:

la Ley N° 2095, los Decretos N° 2.075/GCABA/07, N° 424/GCABA/08, N° 590/GCABA/08, N° 754/GCABA/08, N° 241/GCABA/10, N° 556/GCABA/10 y sus modificatorios, las Disposiciones N° 11/DGSEGUROS/08 y 08/DGSEGUROS/2010, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.075/GCABA/07 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 424/GCABA/08 se creó la Dirección General de Seguros con dependencia orgánica del Ministerio de Hacienda, quedando modificado en tal sentido el Decreto N° 2.075/GCABA/07;

Que la mencionada norma define como misión de la citada unidad de organización centralizar la contratación, información total y administración de la operatoria de la totalidad de los seguros que operen en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 590/GCABA/08 se ampliaron los términos del Decreto N° 424/GCABA/08 en lo referente a la descripción de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Seguros, aprobando las mismas y modificando en tal sentido el Anexo 2/5 del Decreto N° 2.075/GCABA/07;

Que por Decreto N° 241/GCABA/10 se modifica y amplía la antes citada norma, siendo esta última el marco que completa el plexo normativo que es rector de esta unidad de organización.

Que luego del análisis efectuado sobre la metodología implementada por el dictado de la Disposición N° 8/DGSEGUROS/10, ampliatoria y modificatoria de la Disposición N° 11/DGSEGUROS/08, en materia de plazos y remisión de requisitos constitutivos de los elementos esenciales inherentes a las pólizas requeridas, según los diferentes riesgos y;

Que atento a las distintas necesidades es menester un orden organizacional al amparo de los aspectos temporales de las contrataciones, tanto sean ocasionales o eventuales, como así las que lo sean de tracto sucesivo o permanentes que pudieran ser gestionadas a través de los procedimientos contemplados en la Ley N° 2095 y sus normas reglamentarias, como así las que por su urgencia y necesidad lo deban ser a través del mecanismo normado por el Decreto N° 556/GCBA/10 y sus modificatorios, o por la normativa vigente en materia de Caja Chica y Caja Chica Especial y;

Que en mérito de la implementación de la operación trasversal de la ejecución de la partida 3.5.4. (Primas y gastos de Seguros), a cargo de éste núcleo administrativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo N° 2 del decreto N° 241/GCABA/10, es que se han acotado los términos y plazos operativos en lo que respecta a la operatoria de contratación, en todas sus modalidades, redundando en una notoria agilidad administrativa;

Que por tal, es menester adecuar algunos aspectos en materia de plazos, así como de requerimientos en mérito de lo expuesto precedentemente, tanto según los diferentes tipos y modalidades de contratación, como así también sus órganos requirentes.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGUROS

DISPONE:

Artículo 1°.- Modifíquese lo dispuesto en la Disposición N° 8/DGSEGUROS/10, a tenor de, proveer mayor celeridad en el tratamiento de las gestiones para la contratación de seguros por los que se encuentran detallados en los Anexos,que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establézcase la metodología detallada en la presente como de aplicación para aquellas contrataciones realizadas al amparo de los procedimientos contemplados en la Ley N° 2095, y su Decreto reglamentario N° 754/GCBA/08, así como las que por su necesidad y urgencia debidamente fundadas, se encuentren encuadradas en lo normado por el Decreto N° 556/GCBA/10 y sus modificatorios, o en la normativa vigente en materia de Caja Chica y Caja Chica Especial.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3726

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Disp.22-DGSEGUROS-11 modifica la Disp. 8-DGSEGUROS-10
REGLAMENTA
Disp. 22-DGSEGUROS-11 Establece quela metodología detallada aprobada es de aplicación para aquellas contrataciones realizadas al amparo de los procedimientos en la Ley 2095 y su Dec. reglamentario 754-GCBA-08.
MODIFICADA POR
Disp.60-DGSEGUROS-12 modifica la Disp.22-DGSEGUROS-12