RESOLUCIÓN 71 2011 SUBSECRETARIA DE USO DEL ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - DELEGA EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO  LA TAREA DE ORGANIZAR Y ADMINISTRAR EL REGISTRO ÚNICO DE EMPRESAS LICENCIATARIAS DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN POR CABLE Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS - EMPRESAS DE CABLE - TV - TENDIDO DE CABLES - PERMISIONARIO

Publicación:

16/08/2011

Sanción:

10/08/2011

Organismo:

SUBSECRETARIA DE USO DEL ESPACIO PUBLICO


VISTO:

La Ley 1877/2006 y su Decreto Reglamentario Nro. 208/07, la Ley 2506/07 y su Decreto Reglamentario Nro.2075/07, las Resoluciones Nros. 91/MEPGC/07 Y 467/MAYEPGC/11, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nro. 1877/2006, reglamentada por Decreto Nro. 208/07, regulo en la Ciudad de Buenos Aires la instalación de redes HFC afectadas a la prestación de servicios de televisión por cable y complementarios, designando como autoridad de aplicación al entonces Ministerio de Espacio Público;

Que, la Ley 2506/2007 sanciono la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y el Decreto Nro. 2075/07 aprobó su Estructura Orgánico Funcional, creando el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, estableciendo dentro de su jurisdicción la Subsecretaria de Uso del Espacio Público;

Que, asimismo, la Resolución Nro. 91/MEPGC/07 delego en la entonces Subsecretaria de Coordinación y Programación del Espacio Publico el tratamiento y la resolución de las cuestiones vinculadas a las presentaciones prestadoras del servicio de televisión por cable y complementarios;

Que, finalmente, la Resolución Nro.467/MAYEPGC/11 modifico el Articulo 1ro. de la Resolución Nro. 91/MAYEPGC/11, delegando en la Subsecretaria de Uso del Espacio Publico todas aquellas cuestiones relacionadas con presentaciones de las empresas prestadoras de televisión por cable y servicios complementarios;

Que, el Articulo 21° de la Ley 1877/MAYEPGC/11 creó el Registro Único de Empresas Licenciatarias del Servicio de Televisión por Cable y Servicios Complementarios (RUL) para la consolidación, mediante un sistema informatizado y actualizado, de todos los datos suministrados por las licenciatarias en sus presentaciones iniciales y complementarias de solicitud para el tendido de redes de transmisión por cable y complementarios;

Que, imprescindibles razones de ordenamiento público, ameritan la reconversión de las actuales instalaciones aéreas efectuadas por las licenciatarias del servicio de Televisión por Cable y Complementarios, hacia instalaciones por tendido subterráneo;

Que, asimismo, resulta necesario ordenar el espacio público, retirando paulatinamente los tendidos aéreos sobre postes de madera y columnas en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, razones de merito, oportunidad y conveniencia aconsejan darle un tratamiento dinámico y efectivo a la regulación de la instalación de infraestructuras de red HFC afectadas al servicio de televisión por cable y complementario, que permita un eficiente control de las instalaciones ejecutadas en la vía publica por las empresas operadoras de tales servicios;

Que, en virtud de sus competencias, corresponde que la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, dependiente de la Subsecretaria de Uso del Espacio Público, organice y administre el Registro Único de Empresas Licenciatarias del Servicio de Televisión por Cable y Servicios Complementarios, realizando su fiscalización y control;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

EL SUBSECRETARIO DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE:

Artículo 1° - Delegase en la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Publico la tarea de organizar y administrar el Registro Único de Empresas Licenciatarias del Servicio de Televisión por Cable y Servicios Complementarios (RUL), asesorando y recepcionando las solicitudes de inscripción en el mismo, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ley 1877/2006.

Artículo 2° - La Dirección General de Ordenamiento del Espacio Publico constituirá y administrara el registro de los respectivos permisionarios.

Articulo 3° - La Dirección General de Ordenamiento del Espacio Publico deberá elevar a la Subsecretaria de Uso del Espacio Publico las solicitudes de inscripción en el Registro Único de Empresas Licenciatarias de Televisión por Cable y Servicios Complementarios (RUL) de todas aquellas empresas que hayan cumplimentado los requisitos exigidos para tal fin, con el respectivo proyecto de resolución para la firma del Subsecretario de Uso del Espacio Público.

Articulo 4°- Delegase en la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público la facultad de realizar la fiscalización y control de las autorizaciones conferidas por el Artículo 2° de la presente resolución.

 Articulo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, remítase a la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público a los fines que le competen.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 71-SSUEP-11 delega en la DG de Ordenamiento y Espacio Público la tarea de organizar y administrar el Registro de Empresas de TV por Cable RUL previsto en el art. 21 de la Ley 1877, las facultades delegadas se sitúan en el marco del DEc. 2075-07 Estructura Organizativa del GCABA
COMPLEMENTA
<p>Res. 71-SSUEP-11 delega en la DG de Ordenamiento y Espacio Público la tarea de organizar y administrar el Registro de Empresas de TV por Cable RUL previsto en el art. 21 de la Ley 1877 reglamentada por Dec. 208-07</p>
COMPLEMENTA
Res. 71-SSUEP-11 delega en la DG de Ordenamiento y Espacio Público la tarea de organizar y administrar el Registro de Empresas de TV por Cable RUL,complementa disposiciones de la Res. 467-MAYEPGC-11