RESOLUCIÓN 1461 2011 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBAN PROCEDIMIENTOS A FIN DE CUMPLIMENTAR LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE CONTABILIDAD PATRIMONIAL - FACULTA AL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE SALUD A DICTAR NORMAS COMPLEMENTARIAS Y-O ACLARATORIAS EMITIDAS POR EL ORGANO RECTOR EN LA MATERIA
Publicación:
13/09/2011
Sanción:
29/08/2011
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ley 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, el Decreto 263/10, las Disposiciones N° A 82/DGCG/10, N° A 83/DGCG/10, N° 181/DGC/10; N° A 44/DGCG/11 y el Expediente N° 1.457.868/11 y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley 70 se fijaron los sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Publico en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por el Decreto 263/10 se creó el sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por la mencionada norma se estableció que la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda es el Organo Rector de dicho Sistema, pudiendo en consecuencia dictar las normas reglamentarias y complementarias que hagan a la ejecución del mencionado régimen;
Que, en consecuencia, a través de la Disposición N° A 82/DGCG/10 se reglamentó el Decreto 263/10;
Que, mediante la Disposición N A 83/DGCG/10 se reglamentó el Artículo 13 Inc. B) del Anexo del Decreto 263/10 en relación a los conceptos de Altas y Bajas;
Que, mediante las Disposiciones N° A 181/DGC/10 y A 44/DGCG/11 se establecieron procedimientos para las altas de bienes adquiridos a través del régimen aprobado por Decreto 67/GCBA/10 y sus normas complementarias y modificatorias;
Que, en consecuencia, resulta necesario que este Ministerio dicte las normas de procedimiento que permitan cumplimentar con la normativa vigente en la materia;
Por lo expuesto, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébase en el ámbito del Ministerio de Salud, los procedimientos inherentes a cumplimentar la normativa vigente en materia de Contabilidad Patrimonial establecida por Decreto 263/10 y sus normas reglamentarias y complementarias, detalladas en el Anexo a la presente , la que a todos los efectos forma parte de la misma.-
Artículo 2°.- Facúltase al Sr. Subsecretario de Administración del Sistema de Salud a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que surjan por reglamentaciones que pudiera emitir el Organo Rector en la materia.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarias le Atención Integrada de la Salud, de Administración del Sistema de Salud y de Planificación Sanitaria, a las Direcciones Generales que le dependen y al Instituto de Trasplante y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Contaduría. Lemus