DISPOSICIÓN 19 2011 DIRECCIÓN GENERAL DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Síntesis:
MODIFICACIÓN - REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE ACCIÓN COMUNITARIA - ROAC - DIRECCIÓN GENERAL DE DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - RELEVAMIENTO - RECONOCIMIENTO OFICIAL - ACTUALIZACIÓN DE DATOS
Publicación:
04/10/2011
Sanción:
30/09/2011
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
VISTO:
la Ley N° 2.506y sus Decretos Reglamentarios N° 2.075/07y N° 179/10, las Disposiciones N° 06/DGDPCIU/10 y N° 8/DGDPCIU/10, el Expediente N° 1616316/2011, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto N° 179/10 estableció las responsabilidades primarias de la Dirección General de Descentralización y Participación Ciudadana, entre las que se encuentra, la de �Administrar el Registro de Organización de Acción Comunitaria con asiento o actuación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de otorgarles un reconocimiento�;
Que, entre los objetivos del ROAC se encuentran los de: �Relevar las instituciones intermedias que actúan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y otorgarles el reconocimiento oficial del Gobierno�, �Contribuir a canalizar las demandas de las organizaciones de la comunidad hacia las áreas correspondientes y coordinar las tareas necesarias para dar respuesta en tiempo y forma�, �Actuar como un soporte de información para otras organizaciones y para las áreas del Gobierno que trabajan e interactúan con ellas�, �Conocer y difundir las actividades de las organizaciones de acción comunitaria� y �Colaborar con los mecanismos de participación implementados por el Gobierno�;
Que, a través de la Disposición N° 06/DGDPCIU/10, se aprobaron los requisitos necesarios para la inscripción y actualización de datos en el ROAC;
Que, posteriormente, a través de la Disposición N° 08/DGDPCIU/10 se modificaron los requisitos para la inscripción y actualización de datos en el Registro de Organizaciones de Acción Comunitarias;
Que, corresponde proceder a perfeccionar y agilizar el procedimiento de recepción, recopilación y actualización de la información solicitada a las distintas organizaciones de acción comunitaria, y preparar una futura instancia de digitalización;
Que, por todo ello, y con el objeto de facilitar la inscripción y la actualización de datos de las organizaciones de Acción Comunitaria en el registro, resulta pertinente el dictado del presente Acto Administrativo;
Que, la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención propia de su competencia.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Modifíquese los requisitos para la inscripción en el Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria, los que como Anexo I DI-2011-01721578 DGDPCIU forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Modifíquese los requisitos para la actualización de datos en el Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria, los que como Anexo II DI-2011-01721868 DGDPCIU forman parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria. Cumplido, archívese. Grana