DECRETO 543 2011

Síntesis:

 APRUEBA DOTACIÓN DIARIA - DEPARTAMENTO DE URGENCIA HOSPITAL FRANCISCO J MUÑIZ

Publicación:

26/10/2011

Sanción:

17/10/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

Los Decretos N° 5.919/83 y modificatorios N° 938/03, y el Expediente N° 143610/11, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 5.919/83, Anexo I, artículo 8°, se estableció la dotación diaria del Departamento de Urgencia del Hospital de Infecciosas �Francisco J. Muñiz�;

Que por el artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 938/03, en función de las necesidades de los servicios y mayor complejidad tecnológica y de prestaciones a cubrir, se sustituyó el articulo 8° del Anexo I del Decreto N° 5.919/83, adecuando la dotación diaria del Departamento de Urgencia de dicho establecimiento hospitalario;

Que el creciente volumen y complejidad en la demanda de atención en el Departamento de Urgencia del Hospital de Infecciosas �Francisco J. Muñiz� motiva el aumento de la dotación diaria de su Departamento de Urgencias;

Que el Hospital ha solicitado la ampliación de la dotación del Departamento de Urgencia a fin de adecuarla a las nuevas necesidades;

Que el establecimiento ha justificado la solicitud de ampliación, detallando los motivos, la producción estadística, el cálculo y proyección de la posible demanda y la trascendencia e impacto sanitario que tendría un aumento de dotación;

Que, entonces, el Ministerio de Salud estima pertinente y necesario modificar y adecuar la dotación de la guardia de día del establecimiento a fin de que cuente con el recurso humano suficiente;

Que el artículo 22 del Anexo I del Decreto N° 5.919/83 dispuso que las dotaciones de guardia allí establecidas podrán ser modificadas de acuerdo a lo que aconseje la ex Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente, hoy Ministerio de Salud, cuando así lo requieran las necesidades detectadas a través de la evaluación periódica de rendimiento de los respectivos sectores de urgencia.

Por ello, y en uso de facultades que le son propias y conforme lo establecido por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase la dotación diaria del Departamento de Urgencia del Hospital de Infecciosas �Francisco J. Muñiz�, el que como Anexo I forma parte integrante del presente, quedando en tal sentido modificado el Decreto N° 938/03.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a los Ministerios de Salud y de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3777

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 315/22 abroga el Decreto N° 543/11.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 543-11 aprueba dotaciòn diaria en Hospital Muñiz en el marco del Decreto 938-03.-</p>