RESOLUCIÓN 1897 2011 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
LLAMA A CONCURSO PARA CUBRIR CARGOS - INGRESO ÁREA DE INVESTIGACIÓN - PROFESIONALES DE LA SALUD
Publicación:
08/11/2011
Sanción:
27/10/2011
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 41.455 y el Decreto N° 2804/2003, y el Exp. N° 748.759/2011, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2.804/2003 se reglamentó la Carrera de Investigador en el marco de lo dispuesto en la Carrera de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455;
Que por el mencionado Decreto se aprobaron los reglamentos del Consejo de Investigación en Salud, de la Carrera de Investigador y se establecieron los requisitos para el ingreso a dicha Carrera;
Que mediante el Decreto N° 1.205/2001 se puso en marcha la Carrera de Investigador, con la designación de 34 investigadores, a la cual se hace necesario darle continuidad, con la incorporación de nuevos profesionales;
Que en el ejercicio presupuestario vigente se han previsto los recursos que permiten al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires disponer el llamado a concurso para la designación de diez (10) profesionales para ingresar al Área de Investigación;
Que el Consejo de Investigación en Salud propicia el llamado a concurso para cubrir las plazas precedentemente aludidas.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Llámase a concurso, para los profesionales amparados por la Carrera de Profesionales de la Salud, Ordenanza N° 41.455, para cubrir diez (10) cargos para ingresar al Área de Investigación prevista en el artículo 3°, punto 3.4, del Anexo I de la Ordenanza N° 41.455 y Decreto N° 2.804/2003, en la categoría de Investigador Asociado, de acuerdo a las bases y condiciones previstas en el citado Decreto.
Artículo 2°.- Apruébanse las normas operativas, para el llamado a concurso de diez (10) profesionales para ingresar a la Carrera de Investigación , conforme a lo establecido en los Anexos I, II, III, IV y V que a todos sus efectos forman parte integrante de la Presente.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado al Programa 12, inciso 5 del presupuesto vigente.
Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Representación de la Contaduría General en el Ministerio de Salud y a la Dirección General de Docencia e Investigación del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Lemus
ANEXOS