RESOLUCIÓN 297 2011 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

 ESTABLECEN LOS ORGANISMOS DEL PODER EJECUTIVO QUE DEBERÁN UTILIZAR EL  MÓDULO EXPEDIENTE ELECTRÓNICO  - EE - DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - PARA TRAMITAR LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - DEPENDENCIAS - CENTRALIZADAS - DESCENTRALIZADAS - CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS - MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

Publicación:

13/12/2011

Sanción:

01/12/2011

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304; los Decretos N° 589/09, N° 35/11, N° 178/11 y N° 196/11, la Resolución Conjunta N° 16-MJGGC-SECLYT/11 y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración;

Que la Ley N° 2.506 creó la Jefatura de Gabinete de Ministros, reconociéndose entre otras, la competencia de diseñar, proponer y coordinar la política de transformación y modernización del Estado, determinar los lineamientos estratégicos y proponer las normas reglamentarias en la materia;

Que asimismo le corresponde diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que desde este modelo de gestión se han impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el referido sistema constituye un avance en el desarrollo integral de tramitación de las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo dado que permite mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos, posibilita una única numeración y minimiza la utilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;

Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y funcionamiento del SADE y sus actuaciones;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se dispuso entre las actividades a implementar "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico";

Que el artículo 3° de la Ley establece que "La Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de aplicación del presente plan";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de la Ley de Modernización;

Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros, como autoridad de aplicación de la Ley de Modernización y a la Secretaría Legal y Técnica, como administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias a los fines de la aplicación del presente;

Que asimismo, expresó, en el artículo 3°, que las normas que se dicten en consecuencia deberán prever los trámites que utilizarán el expediente electrónico como herramienta de gestión administrativa, como así también los documentos electrónicos que deban vincularse al mismo, en qué etapa del proceso y qué autoridades administrativas deberán suscribirlos;

Que, con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia a fin de poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos;

Que en ese marco, y en relación al trámite de Modificación Presupuestaria previsto en los Decretos N° 35/2011 y 178/2011 se aprobó la Resolución Conjunta N° 16-MJGGC-SECLYT/2011 por la que se estableció que dicho proceso deberá tramitar por Expediente Electrónico utilizando el módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-de conformidad con el procedimiento detallado en su Anexo I;

Que, asimismo, y a fin de sistematizar ordenadamente la implementación antes referida, en dicha Resolución se estableció que la Secretaría Legal y Técnica determinaría los organismos que, progresivamente, deberán implementar el Expediente Electrónico para el trámite de Modificación Presupuestaria;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que, a partir del día 5 de Diciembre 2011, los siguientes organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán utilizar el Módulo Expediente Electrónico del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-para tramitar las Modificaciones Presupuestarias:

- Jefatura de Gabinete de Ministros

- Procuración General

- Secretaría de Medios

- Secretaría de Comunicación Social

- Secretaría General

- Secretaría Legal y Técnica

- Ministerio de Justicia y Seguridad

- Ministerio de Desarrollo Urbano

- Ministerio de Ambiente y Espacio Público

- Ministerio de Salud

- Ministerio de Desarrollo Social

- Ministerio de Hacienda

- Ministerio de Cultura

- Ministerio de Desarrollo Económico

- Ministerio de Educación

- Sindicatura General

- Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

- Instituto de la Vivienda

- Instituto Espacio para la Memoria

- Instituto Superior de Seguridad Pública

- Ente de Regulación de Servicios Públicos

- Ente de Mantenimiento Urbano Integral

- Ente de Higiene Urbana

- Ente de Turismo

- Ente Administración Teatro Colón

- Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos

- Agencia de Protección Ambiental

- Agencia de Sistemas de Información

- Agencia Gubernamental de Control

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 297-SECLYT-11 establece utilización del Módulo EE por parte de todos los organismos y entes descentralizados, a partir del 5-12-11, para las modificaciones presupuestarias
INTEGRA
Res. 297-SECLYT-11 Instruye a dependencias al uso del EE para tramitar modificaciones presupuestarias de acuerdo a lo dispuesto por Res. 16-MJGGC-SECLYT-11