RESOLUCIÓN 16 2011 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - TRAMITACIÓN DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS - PRESUPUESTO - MÓDULO EE - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - GOBIERNO ELECTRÓNICO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - GLOSARIO - TERMINOLOGÍA ESPECÍFICA - SIGLAS - PROCESO - PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO - PROCESO

Publicación:

02/12/2011

Sanción:

29/11/2011

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

Las Leyes N° 2.506 y N° 3.304, los Decretos N° 589/09, N° 196/11, N° 35/11, N° 178/11, la Resolución Conjunta N° 7-MJGGC-SECLYT/2011, la Resolución N° 192-SECLYT-2011 y el Expediente N° 2011-02077710-MGEYA-DGRA; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración;

Que la Ley N° 2.506 creó la Jefatura de Gabinete de Ministros, reconociéndose entre otras, la competencia de diseñar, proponer y coordinar la política de transformación y modernización del Estado, determinar los lineamientos estratégicos y proponer las normas reglamentarias en la materia;

Que asimismo le corresponde diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que desde este modelo de gestión se han impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el referido sistema constituye un avance en el desarrollo integral de tramitación de las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo dado que permite mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos, posibilita una única numeración y minimiza la utilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;

Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y funcionamiento del SADE y sus actuaciones;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se dispuso entre las actividades a implementar "….desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico";

Que el artículo 3° de la Ley establece que "La Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de aplicación del presente plan";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de la Ley de Modernización;

Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros, como autoridad de aplicación de la Ley de Modernización y a la Secretaría Legal y Técnica, como administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias a los fines de la aplicación del presente;

Que asimismo, expresó, en el artículo 3°, que las normas que se dicten en consecuencia deberán prever los trámites que utilizarán el expediente electrónico como herramienta de gestión administrativa, como así también los documentos electrónicos que deban vincularse al mismo, en qué etapa del proceso y qué autoridades administrativas deberán suscribirlos;

Que, con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia a fin de poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos;

Que en ese marco, y en relación al trámite de Modificación Presupuestaria previsto en los Decretos N° 35/2011 y 178/2011 se aprobó la Resolución Conjunta N° 7-MJGGC-SECLYT/2011 por la que se estableció que dicho proceso deberá tramitar por Expediente Electrónico utilizando el módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- de conformidad con el procedimiento detallado en su Anexo I;

Que posteriormente y de conformidad con el artículo 2° de dicha norma, mediante Resolución N° 192-SECLYT/2011 se instruyó a ciertos organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a utilizar el módulo "EE" del SADE a partir del 20 de Agosto del corriente;

Que luego de aprobadas dichas normas y ante la necesidad de readecuar el trámite detallado en el Anexo I de la Resolución Conjunta N° 7-MJGGC-SECLYT/2011, resulta oportuno aprobar un nuevo procedimiento receptando dichas medidas.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento para las Modificaciones Presupuestarias que deberá tramitar por el Módulo Expediente Electrónico EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- detallado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que la Secretaría Legal y Técnica determinará los organismos que, progresivamente, implementarán el Expediente Electrónico para tramitar las modificaciones presupuestarias.

Artículo 3°.- Deróganse la Resolución Conjunta N° 7-MJGGC-SECLYT/2011 y la Resolución N° 192-SECLyT/2011.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta - Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3803

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 153/SECLYT/22 aprueba la modificación presupuestaria conforme Resolución Conjunta N° 16/SECLYT/11.</p>
REGLAMENTA
Res 16-SECLYT-MJG-11 Aprueba el Procedimiento para las Modificaciones Presupuestarias que deberá tramitar por el Módulo Expediente Electrónico EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos
DEROGA
Art 3 de la Res 16-SECLYT-11 deroga la Resolución Conjunta 7-MJGGC-SECLYT-11
DEROGA
Art 3 de la Res 16-SECLYT-MJG-11 deroga la Resolución 192-SECLyT-11
REFERENCIA
Anexo Res 16-SECLYT-MJG-11 Referencia Res 223-SECLYT-11 - Procedimiento para las Modificaciones Presupuestarias Módulo Expediente Electrónico
INTEGRADA POR
Res. 297-SECLYT-11 Instruye a dependencias al uso del EE para tramitar modificaciones presupuestarias de acuerdo a lo dispuesto por Res. 16-MJGGC-SECLYT-11
INTEGRADA POR
Res. 319-SECLYT-11 Establece que los M. de Gobierno y de Modermización implementaran el EE para modificaciones presupuestarias dispuesta por Res. 16-MJGGC-SECLYT-11